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Documento BOE-A-1980-7955

Resolución de la Dirección General de Transportes Terrestres por la que se amplía el anejo a la Orden ministerial de 27 de septiembre de 1978 y su modificación de 10 de julio de 1979.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 92, de 16 de abril de 1980, páginas 8261 a 8261 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Transportes y Comunicaciones
Referencia:
BOE-A-1980-7955
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/1980/03/04/(1)

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con los datos proporcionados por la Dirección General de Carreteras del Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo, comunicados a la Dirección General de Transportes Terrestres, se amplía el anejo a la Orden ministerial de 27 de septiembre de 1978 («Boletín Oficial del Estado» de 4 de octubre) y su modificación por resolución de 10 de julio de 1979 («Boletín Oficial del Estado» de 4 de agosto), que afecta a las provincias que en el anexo adjunto se detallan.

Madrid, 4 de marzo de 1980. El Director general, Pedro González-Haba González.

ANEXO QUE SE CITA

Alicante

A-100 (RR) Camino de Muro a Beniarrés. Se deberá circular con precaución y a velocidad máxima de 40 km/h.

A-102 (RR) Ramal de A-100 a Alcocer de Planes. Se deberá circular con precaución y a velocidad máxima de 40 km/h.

A-131 (RR) Enlace de N-332 con C-3311. Se deberá circular con precaución y a velocidad máxima de 5o km/h.

A-142 (RR) Ramal de C-3318 a Alcalalí. Se deberá circular con precaución y a velocidad máxima de 40 km/h.

A-184 (RR) Ramal de N-332 a N-340. Se deberá circular con precaución y a velocidad máxima de 40 km/h.

A-220 (RR) Camino de San Vicente a Agost.

A-302 (RR) Enlace de la N-332 con C-3321.

A-304 (RR) Camino de Orihuela a Almoradí.

A-311 (RR) Ramal de A-304 a Callosa de Segura. Se deberá circular con precaución y a velocidad máxima de 50 km/h.

A-321 (RR) Camino de Orihuela a Callosa de Segura.

A-322 (RR) Acceso de la N-340 a Orihuela. Se deberá circular con precaución y a velocidad máxima de 40 km/h.

A-323 (RR) Enlace de la N-340 con A-321. Se deberá circular con precaución y a velocidad máxima de 40 km/h.

A-330 (RR) Camino de Orihuela al límite de Murcia. Se deberá circular con precaución y a velocidad máxima de 40 km/h.

A-340 (RR) Ramal de C-3321 a Montesinos.

A-341 (RR) Ramal de A-332 a Montesinos.

A-353 (RR) Ramal de la N-332 a Rebate. Tramo N-332 Pilar de la Horadada.

A-400 (RR) Ramal de la C-3314 al límite con Albacete.

A-401 Ramal de la N-330 a Salinas. Se deberá circular con precaución y a velocidad máxima de 50 km/h.

Burgos

C-110 (RR) Salas de los Infantes a Palencia por Lerma. Puente de Peral de Arlanza, km. 77: lo toneladas.

Se autoriza la circulación por las siguientes carreteras:

BU-101 (RR) Camino de Villahoz a Santa María del Campo.

BU-102 (RR) Camino de Santa María del Campo a Pampliega,

BU-103 (RR) Ramal de N-620 a Pampliega.

BU-110 (RR) Ramal de N-I a La Horra.

BU-111 (RR) Camino de La Horra a Roa de Duero.

BU-120 (RR) Ramal de N-122 a Roa de Duero.

BU-122 (RR) Camino de Fuentecén a Roa.

BU-130 (RR) Ramal de Roa -c, N-122.

BU-400 (RR) Camino de Melgar de Fernamental a Castrogeriz.

BU-401 (RR) Camino de Castrogeriz a Villaquirán de los Infantes.

BU-510 (RR) Camino de Briviesca a Cornudilla. Puente cortado al tráfico en Briviesoa, km. 2, desvío por el casco urbano.

BU-530 (RR) Camino de Trespademe a Puentelarrá.

BU-531 (RR) Ramal de N-232 a Trespademe. Sobre el río Nela, km. 7, puente metálico limitado a 30 toneladas.

BU-540 (RR) Camino de Trespademe a Medina de Pomar.

BU-541 (RR) Camino de Medina de Pomar al Crucero de Montija.

BU-542 (RR) Camino del Crucero de Montija a Espinosa de los Monteros.

BU-543 (RR) Enlace de C-629 con C-6318.

BU-560 (RR) Camino de Villarcayo a Medina de Pomar.

BU-564 (RR) Camino de Cilleruelo de Bezana a Soncilloi

BU-042 (RR) Camino de Cilleruelo de Bezana a Arija.

BU-703 (RR) Camino de Castil de Peones a Villafranca-Montes de Oca.

BU-740 (RNC) Camino de Miranda de Ebro a la N-232.

BU-743 (RR) Accesos de N-I a Miranda de Ebro. Puente bajo el ferrocarril, limitado a 3,70 metros de altura.

Castellón

CS-851 (FIFI) Camino de Cervera del Maestre a San Jorge. Se permite la circulación de los vehículos cuyo peso total en carga supere los 16.000 kilogramos.

Logroño

CN-232 (RNB) Se suprime la limitación antes existente de 30 toneladas de carga máxima en el puente sobre el río Cidacos, en Calahorra, subsistiendo las siguientes limitaciones:

1.ª Velocidad-máxima de 20 km/h.

2.ª Prohibición de cruce de dos vehículos pesados.

3.ª Prohibición, de circulación de los vehículos que sobrepasen los pesos máximos autorizados por el Decreto 1216/1967.

Sevilla

Se autoriza la circulación, sin limitación de peso, por la carretera local SE-523 (RR), de N-431 a Aznalcóllar, que anteriormente se encontraba limitada a 10 toneladas por eje.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 04/03/1980
  • Fecha de publicación: 16/04/1980
  • Fecha de derogación: 18/04/1997
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

Referencias anteriores
Materias
  • Circulación vial
  • Código de la Circulación
  • Transportes terrestres
  • Vehículos de motor

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