Advertidos errores en el texto de la citada Orden, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 97, de 22 de abril de 1980, páginas 8677, 8678 y 8679, se transcriben a continuación las rectificaciones oportunas:
En el artículo 7.º, apartado 1.1, quinta línea, deberá agregarse al final del mismo: «…, y disposiciones de aplicación…».
En el artículo 7.º, apartado 1.5, primera línea, donde dice: «…documento que sea exigible para concertar un contrato…», debe decir: «…documento en que se formalice un contrato…».
En el artículo 17, apartado 1, primera línea, donde dice: «La Constitución, a efectos y…», debe decir: «La Constitución, efectos y…».
En el artículo 19, apartado 1.2, tercera línea, donde dice: «sucesiva, se estime…», debe decir: «…sucesiva y se estime…».
En el artículo 21, apartado 1.1, segunda línea, donde dice: «…a favor de la Administración por los daños…», debe decir: «…a favor de la Administración o de terceros por los daños...».
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