Vacantes, por renuncia de sus titulares, dos de los escaños de Senador en representación de la provincia de Almería y uno de la de Sevilla, procede convocar elecciones parciales para completar la representación de dichas provincias en el Senado, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos veintiocho, apartado primero, y veintinueve, apartados segundo y tercero, del Real Decreto-ley veinte/mil novecientos setenta y siete, de dieciocho de marzo, sobre normas electorales.
En su virtud, a propuesta del Presidente del Gobierno, previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día tres de mayo de mil novecientos ochenta,
DISPONGO:
Se convocan elecciones parciales para cubrir dos escaños de Senador en representación de la provincia de Almería y uno de la de Sevilla, por el tiempo que resta de la presente legislatura.
La elección se celebrará el día veintisiete de noviembre de mil novecientos ochenta, con sujeción a cuanto se establece en el Real Decreto-ley veinte/mil novecientos setenta y siete, de dieciocho de marzo, sobre normas electorales.
Dado en Madrid a tres de mayo de mil novecientos ochenta.
JUAN CARLOS R.
El Presidente del Gobierno,
ADOLFO SUAREZ GONZALEZ
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