Ilustrísimo señor:
El artículo 2.º del Decreto 1225/1970, de 16 de abril, que regula la desgravación fiscal a la exportación, establece que por el Ministerio de Hacienda, a propuesta del de Economía y Comercio, se determinará la mercancía cuya exportación haya de gozar de los beneficios de la desgravación, así como de la cuantía y demás características de la devolución.
Por Ordenes de la Presidencia del Gobierno y del Ministerio de Economía y Comercio se han derogado las disposiciones sobre concesión de carta de exportador sectorial, así como las disposiciones reguladoras de los Registros Especiales de Exportadores de Mejillones y Ostras en Fresco, Alcaparras y Trufas, por lo que procede establecer el tipo de la desgravación fiscal a la exportación al mismo nivel que dichas mercancías venían disfrutando hasta la fecha, para no irrogarles el perjuicio que se derivaría de la permanencia del tipo reducido actualmente vigente para las firmas que no se hubieran acogido a la ordenación comercial.
En su virtud, este Ministerio, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7.º del Decreto 1255/1970, a propuesta del de Economía y Comercio, ha tenido a bien disponer lo siguiente:
Se modifica la tarifa de la desgravación fiscal a la exportación de los productos que a continuación se indican, que quedarán fijados en los porcentajes que para cada uno de ellos se señala:
Partida arancelaria | Mercancía |
Tipo de desgravación – Porcentaje |
---|---|---|
03.03.51 | Ostras. | 4,50 |
03.03.52 | Mejillones. | 4,50 |
07.01.90.3 | Trufas en fresco o refrigeradas. | 3,– |
07.03.02 a 07 | Alcaparras en salmuera o presentadas en agua. | 4,50 |
20.02.05 | Alcaparras en envases herméticamente cerrados. | 10,– |
20.02.08 | Trufas en envases herméticamente cerrados. | 10,– |
20.02.95 | Alcaparras en otros envases. | 9,– |
Quedan derogadas las siguientes Ordenes de este Departamento:
– Orden de 14 de febrero de 1967 («Boletín Oficial del Estado» del día 27) por la que se modifica el tipo de desgravación fiscal a la exportación de alcaparras.
– Orden de 7 de diciembre de 1968 («Boletín Oficial del Estado» del día 17) por la que se modifica el tipo de desgravación fiscal a la exportación de trufas.
– Orden de 28 de octubre de 1975 («Boletín Oficial del Estado» del día 29 de noviembre) por la que se modifica el tipo de desgravación fiscal a la exportación de mejillones y ostras en fresco.
Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y demás efectos.
Madrid, 3 de febrero de 1981.
GARCIA AÑOVEROS
Ilmo. Sr. Director general de Aduanas e Impuestos Especiales.
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid