La Ley Orgánica número nueve/mil novecientos ochenta, de seis de noviembre, de Reforma del Código de Justicia Militar, dispone en el artículo doce que en el plazo de tres meses, a partir de su entrada en vigor, se crearán necesariamente en cada cabecera de circunscripción jurisdiccional los Juzgados Togados Militares de Instrucción que en ella se establecen. Asimismo, en su artículo primero se reforma el artículo ciento treinta y seis del Código de Justicia Militar, en el que se dispone que también se constituirán Juzgados Togados Militares de Instrucción en aquellas plazas que, por su importancia y densidad de guarnición, se considere necesario.
En su virtud, a propuesta del Ministerio de Defensa, de acuerdo con el informe del Ministerio de Hacienda, con la aprobación de la Presidencia del Gobierno y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día cinco de febrero de mil novecientos ochenta y uno,
DISPONGO:
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo doce y concordantes de la Ley Orgánica de Reforma del Código de Justicia Militar, se crean los Juzgados Togados Militares de Instrucción que figuran relacionados en el anexo al presente Real Decreto, con la constitución y funciones señaladas en la Ley.
Los puestos de Juez Instructor y de Secretario Relator serán desempeñados por Jefes y Oficiales de los Cuerpos Jurídicos de los Ejércitos de Tierra, de la Armada y del Aire, según sea su jurisdicción, con el empleo y el número que el anexo determina.
A los efectos de provisión de vacantes, las de Jueces Togados Militares de Instrucción serán de libre designación y las de Secretarios Relatores, de provisión normal.
La competencia territorial de cada Juzgado Togado Militar de Instrucción será la circunscripción jurisdiccional en la que radique, sin perjuicio de lo previsto en el artículo ciento cuarenta y tres del Código de Justicia Militar.
Se autoriza al Ministerio de Defensa para dictar las disposiciones necesarias para el cumplimiento de este Real Decreto.
El presente Real Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Dado en Madrid a cinco de febrero de mil novecientos ochenta y uno.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Defensa,
AGUSTIN RODRIGUEZ SAHAGUN
Ejército de Tierra
Primera Región Militar:
Plaza de Madrid:
Juzgado Togado Militar Permanente de Instrucción número 1.
Juez: Un Coronel Auditor. Secretarios Relatores: Un Capitán Auditor y un Teniente Auditor.
Juzgado Togado Militar Permanente de Instrucción número 2.
Juez: Un Capitán Auditor. Secretario Relator: Un Teniente Auditor.
Plaza de Cáceres:
Juzgado Togado Militar Permanente de Instrucción número 3.
Juez: Un Capitán Auditor. Secretario Relator: Un Teniente Auditor.
Segunda Región Militar:
Plaza de Sevilla:
Juzgado Togado Militar Permanente de Instrucción número 1.
Juez: Un Teniente Coronel Auditor. Secretarios Relatores: Un 1 Capitán Auditor y un Teniente Auditor.
Plaza de Ceuta:
Juzgado Togado Militar Permanente de Instrucción número 2.
Juez: Un Comandante Auditor. Secretario Relator: Un Capitán Auditor.
Tercera Región Militar:
Plaza de Valencia:
Juzgado Togado Militar Permanente de Instrucción número 1.
Juez: Un Comandante Auditor. Secretario Relator Un Capitán Auditor.
Juzgado Togado Militar Permanente de Instrucción número 2.
Juez: Un Capitán Auditor. Secretario Relator: Un Teniente Auditor.
Cuarta Región Militar:
Plaza de Barcelona:
Juzgado Togado Militar Permanente de Instrucción número 1.
Juez: Un Teniente Coronel Auditor. Secretario Relator: Un Capitán Auditor.
Juzgado Togado Militar Permanente de Instrucción número 2.
Juez: Un Capitán Auditor. Secretario Relator: Un Teniente Auditor.
Quinta Región Militar:
Plaza de Zaragoza:
Juzgado Togado Militar Permanente de Instrucción número 1.
Juez: Un Comandante Auditor Secretario Relator: Un Capitán Auditor.
Juzgado Togado Militar Permanente de Instrucción número 2.
Juez: Un Capitán Auditor. Secretario Relator: Un Teniente Auditor.
Sexta Región Militar:
Plaza de Burgos:
Juzgado Togado Militar Permanente de Instrucción número 1.
Juez: Un Comandante Auditor. Secretario Relator: Un Capitán Auditor.
Plaza de Pamplona:
Juzgado Togado Militar Permanente de Instrucción número 2.
Juez: Un Capitán Auditor. Secretario Relator: Un Teniente Auditor.
Séptima Región Militar.
Plaza de Valladolid:
Juzgado Togado Militar Permanente de Instrucción número 1.
Juez: Un Comandante Auditor. Secretarios Relatores: Un Capitán Auditor y un Teniente Auditor.
Octava Región Militar:
Plaza de La Coruña:
Juzgado Togado Militar Permanente de Instrucción número 1.
Juez: Un Comandante Auditor. Secretarios Relatores: Un Capitán Auditor y un Teniente Auditor.
Novena Región Militar:
Plaza de Granada:
Juzgado Togado Militar Permanente de Instrucción número 1.
Juez: Un Comandante Auditor. Secretario Relator: Un Capitán Auditor.
Plaza de Melilla:
Juzgado Togado Militar Permanente de Instrucción número 2.
Juez: Un Comandante Auditor. Secretario Relator: Un Capitán Auditor.
Baleares:
Plaza de Palma de Mallorca:
Juzgado Togado Militar Permanente de Instrucción número 1.
Juez: Un Comandante Auditor. Secretarios Relatores: Un Capitán Auditor y un Teniente Auditor.
Canarias:
Plaza de Santa Cruz de Tenerife:
Juzgado Togado Militar Permanente de Instrucción número 1.
Juez: Un Teniente Coronel Auditor. Secretarios Relatores: Un Capitán Auditor y un Teniente Auditor.
Armada
Zona Marítima del Cantábrico:
Plaza de El Ferrol del Caudillo:
Juzgado Togado Militar Permanente de Instrucción número 1.
Juez: Un Comandante Auditor. Secretarios Relatores: Un Capitán Auditor y un Teniente Auditor.
Zona Marítima del Estrecho:
Plaza de San Fernando (Cádiz):
Juzgado Togado Militar Permanente de Instrucción número 1.
Juez: Un Comandante Auditor. Secretarios Relatores: Un Capitán Auditor y un Teniente Auditor.
Zona Marítima del Mediterráneo:
Plaza de Cartagena:
Juzgado Togado Militar Permanente de Instrucción número 1.
Juez. Un Comandante Auditor Secretarios Relatores: Un Capitán Auditor y un Teniente Auditor.
Zona Marítima de Canarias:
Plaza de Las Palmas de Gran Canaria:
Juzgado Togado Militar Permanente de Instrucción número 1.
Juez: Un Comandante Auditor. Secretario Relator: Un Capitán Auditor.
Jurisdicción de la Flota:
Plaza de El Ferrol del Caudillo:
Juzgado Togado Militar Permanente de Instrucción número 1.
Juez: Un Comandante Auditor. Secretario Relator: Un Capitán Auditor.
Jurisdicción Central:
Plaza de Madrid:
Juzgado Togada Militar Permanente de Instrucción número 1.
Juez: Un Coronel Auditor. Secretario Relator: Un Capitán Auditor.
Ejército del Aire
Primera Región Aérea:
Plaza de Madrid:
Juzgado Togado Militar Permanente de Instrucción número 1.
Juez: Un Comandante Auditor. Secretarios Relatores: Un Capitán Auditor y un Teniente Auditor.
Segunda Región Aérea:
Plaza de Sevilla:
Juzgado Togado Militar Permanente de Instrucción número 1.
Juez: Un Comandante Auditor. Secretarios Relatores: Un Capitán Auditor y un Teniente Auditor.
Tercera Región Aérea:
Plaza de Zaragoza:
Juzgado Togado Militar Permanente de Instrucción número 1.
Juez: Un Comandante Auditor. Secretarios Relatores: Un Capitán Auditor y un Teniente Auditor.
Zona Aérea de Canarias:
Plaza de Las Palmas de Gran Canaria:
Juzgado Togado Militar Permanente de Instrucción número 1.
Juez: Un Comandante Auditor. Secretario Relator: Un Capitán Auditor.
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