De conformidad con lo dispuesto en el articulo 86. 2, de la Constitución, el Congreso de los Diputados, en su sesión del día 17 de los corrientes, acordó convalidar el Real Decreto-ley 2/ 1981, de 16 de enero, por el que se transfiere a la Junta de Canarias las competencias y funciones atribuidas a la Junta Económica Interprovincial de Canarias y a la Junta Interprovincial de Arbitrios Insulares y se crea un Fondo transitorio Interinsular.
Palacio del Congreso de los Diputados, 23 de febrero de 1981.‒El Presidente, Landelino Lavilla Alsina.
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