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Documento BOE-A-1982-1235

Ley 11/1981, de 7 de diciembre sobre el patrimonio de la Generalidad de Cataluña.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 15, de 18 de enero de 1982, páginas 1148 a 1151 (4 págs.)
Sección:
V. Comunidades Autónomas y Entes Preautonómicos
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-1982-1235
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es-ct/l/1981/12/07/11

TEXTO ORIGINAL

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ANÁLISIS

  • Rango: Ley
  • Fecha de disposición: 07/12/1981
  • Fecha de publicación: 18/01/1982
  • Fecha de entrada en vigor: 31/12/1981
  • Publicada en el DOGC núm. 184, de 11 de diciembre de 1981.
  • Fecha de derogación: 31/03/2017
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DEROGA, por Ley 5/2017, de 28 de marzo (Ref. BOE-A-2017-7353).
  • SE DICTA EN RELACIÓN, aprobando el texto refundido: Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de diciembre (Ref. DOGC-f-2002-90022).
  • SE MODIFICA:
    • los arts. 17, 19 y 21, por Ley 21/2001, de 28 de diciembre (Ref. BOE-A-2002-1485).
    • los arts. 7, 10, 12, 14 y 32 bis, por Ley 15/2000, de 29 de diciembre (Ref. BOE-A-2001-1616).
    • los arts. 13, 14, 28 y se añaden las disposiciones adicionales 2 y 3, por Ley 4/2000, de 26 de mayo (Ref. BOE-A-2000-11470).
    • los arts. 10, 12, 13 y SE AÑADE una disposición adicional, por Ley 25/1998, de 31 de diciembre (Ref. BOE-A-1999-2521).
    • el art. 15, por Ley 9/1997, de 23 de junio (Ref. BOE-A-1997-16990).
    • el art. 37, por Decreto Legislativo 15/1994, de 26 de julio (Ref. DOGC-f-1994-90016).
    • los arts. 7, 9 a 11, 17 y 29, por Ley 13/1988, de 31 de diciembre (Ref. BOE-A-1989-2067).
  • SE DESARROLLA, por Decreto de 14 de julio de 1983 (Ref. BOE-A-1984-1669).
  • SE DECLARA en el Recurso 74/1982, la inconstitucionalidad y nulidad del art. 11, por Sentencia 58/1982, de 27 de julio (Ref. BOE-T-1982-21102).
  • SE MODIFICA la disposición final, por Ley 9/1982, de 12 de julio (Ref. BOE-A-1982-22462).
  • Recurso 74/1982 planteado en relación con los arts. 7.3; 9.3; 11 e inciso indicado del art. 21.2, con suspensión, desde el 22 de marzo, de vigencia y aplicación de los preceptos impugnados y, desde el 9 de marzo, para las partes legitimadas (Ref. BOE-A-1982-6635).
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con el art. 43 del Estatuto aprobado por Ley Orgánica 4/1979, de 18 de diciembre (Ref. BOE-A-1979-30178).
Materias
  • Cataluña
  • Patrimonio de las Comunidades Autónomas

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