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Documento BOE-A-1984-11054

Orden de 21 de mayo de 1984 por la que se aprueba el programa de actuaciones de la Administración del Estado para 1984 en orden a la simplificación de trámites administrativos.

Publicado en:
«BOE» núm. 122, de 22 de mayo de 1984, páginas 14119 a 14120 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Presidencia del Gobierno
Referencia:
BOE-A-1984-11054
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1984/05/21/(1)

TEXTO ORIGINAL

Por Acuerdo del Consejo de Ministros de fecha 21 de diciembre de 1983 se aprobaron los criterios generales para la articulación de Programas de Simplificación de Trámites Administrativos en el ámbito de la Administración del Estado. El artículo 9. de este Acuerdo faculta al Ministerio de la Presidencia para desarrollar el Programa de Simplificación de Trámites Administrativos correspondientes al año 1984, en aplicación de los criterios generales contenidos en el mismo.

Cumplidas las actuaciones previas de propuesta de objetivos por parte de los Departamentos Ministeriales y evaluados oportunamente los estudios realizados al efecto este Ministerio de la Presidencia procede a dar publicidad oficial al actual Programa a cuyo fin dispongo lo siguiente:

Primero.-Se aprueba el Programa de Simplificación de Trámites Administrativos de la Administración del Estado para 1984, que figura como anexo a la presente Orden.

Segundo.-A partir de la entrada en vigor de esta Orden, los Departamentos Ministeriales pondrán en marcha Grupos de Trabajo para el análisis y propuesta de medidas de revisión de los distintos objetivos que integran la parte singular de Programa.

Cuando la índole del objetivo lo aconseje podrán tomar parte en los citados Grupos de Trabajo aquellas organizaciones de sectores de ciudadanos o de Sindicatos que tengan intereses sectoriales concretos en el objetivo elegido.

Tercero.-La Secretaría del Estado para la Administración Pública cordinará la realización de este Programa velando por su adecuado cumplimiento y dictará cuantas instrucciones sean precisas para su ejecución e instrumentacion. Asimismo cuidará del desarrollo de la parte general del mismo y de la dirección de los Grupos de Trabajo para aquellos objetivos de interés común a varios Departamentos.

Cuarto.-El Programa de Simplificación de Trámites Administrativos correspondientes a 1984 deberá quedar concluido en fecha 31 de diciembre.

Quinto.-La presente Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el <Boletín Oficial del Estado>.

Madrid 21 de mayo de 1984.-MOSCOSO DEL PRADO Y MUNOZ

ANEXO QUE SE CITA

Programa de simplificación de trámites administrativos para 1984

A) Parte general.

Esta parte del Programa de Simplificación de Trámites Administrativos será común para todos los Departamentos ministeriales y se halla integrada por tres grupos de acciones, que corresponden a los siguientes enunciados:

Uno. Revisión y control de formularios en uso.

A los efectos de cumplimiento de este objetivo común, cada Departamento ministerial elaborará su catálogo de los formularios en uso en los distintos Organismos Centros Unidades y Servicios que compongan su estructura administrativa atendiendo a los siguientes criterios:

-Del conjunto total de formularios en uso en cada Departamento ministerial se escogerán aquellos de más amplia utilización que tengan una proyección más directa hacia el público (modelos de solicitud, cuestionarios, liquidaciones, recibos. etc.).

-En relación con cada formulario incluido en el catálogo se obtendrán los datos básicos sobre utilización y destino, a los efectos de valorar su necesidad y adecuación; para lo cual se tendrán en cuenta las opiniones del público y de los funcionarios en relación con los problemas que se suscitan con ocasión de su cumplimiento y tratamiento.

-Realizadas las anteriores operaciones se confrontarán los formularios existentes con las necesidades reales del procedimiento, estudiando para cada caso las posibles soluciones, que podrán ir desde la supresión del formulario a la agrupación de un conjunto disgregado de éstos en un único documento múltiple o a la introducción de cambios que afecten a su contenido, diseño, formatos, costes etc.

Dos. Mejora de las relaciones entre los ciudadanos y la Administración.

Continuando con la línea emprendida por el Ministerio de la Presidencia durante el año anterior, los distintos Departamentos desarrollarán actuaciones tendentes a mejorar las comunicaciones recíprocas entre la Administración y los ciudadanos, especialmente sugeridas en torno a algunos de los siguientes puntos:

-Apertura, nueva instalación, potenciación de medios personales y funcionales de las Oficinas de Información y Asistencia al Ciudadano en Departamentos ministeriales, grandes Unidades administrativas, Servicios públicos y Centros dependientes de cada Ministerio.

-Edición de publicaciones divulgativas orientadas a informar a los ciudadanos sobre sus derechos y deberes en relación con la Administración del Estado y sobre aquellas actuaciones sectoriales de los distintos Departamentos que más puedan afectarles o interesarles.

-Presencia de la Administración del Estado en los medios de comunicación social, especialmente en aquellos espacios, programas o emisiones radiofónicas o televisivas que traten de la actuación de la Administración Pública en sus aspectos de servicio público.

-Exposición de publicaciones oficiales editadas por la Administración del Estado.

La Secretaría de Estado para la Administración Pública impulsará y coordinará estas actuaciones a través de la Comisión Interministerial de Información Administrativa.

Tres. Medidas de racionalización de la gestión.

Los distintos Departamentos promoverán la realización de estudios, experiencias y aplicaciones tendentes a renovar los procesos y métodos de gestión utilizados en la Administración y a revisar el funcionamiento real de las Unidades para adecuar el mismo a las necesidades de los usuarios. Entre los objetivos propuestos dentro de este enunciado se citan con preferencia los siguientes:

-Funcionamiento de las Oficinas de Registro de Entrada y Salida de Documentos.

-Revisión de los plazos de tramitación y resolución de los expedientes.

-Revisión de las actuaciones internas de la Administración, especialmente de aquellas que supongan un exceso de controles formales sin aportar garantías ulteriores para los administrados.

-Aplicación de soluciones informáticas a procesos administrativos convencionales.

-Incorporación selectiva de la Ofimática a tipos de organizaciones administrativas específicas.

Cada Departamento comunicará al Ministerio de la Presidencia los objetivos concretos elegidos dentro de este enunciado general que correspondan a su peculiar estructura y funcionamiento.

B) Parte singular.

Esta parte está integrada por los siguientes objetivos, que se refieren a procedimientos, trámites y tipos de organización específicos a revisar por los respectivos Departamentos ministeriales.

Uno. Procedimientos.

-Aeropuertos. Tramitación de concesiones de terrenos (Ministerio de Transportes, Turismo y Comunicaciones).

-Aeropuertos. Tramitación de concesiones de locales (Ministerio de Transportes, Turismo y Comunicaciones).

-Convalidación de estudios extranjeros de todos los niveles educativos por sus equivalentes españoles (Ministerio de Educación y Ciencia).

-Documento nacional de identidad. Expedición y modernización (Ministerio del Interior).

-Equipamiento de Centros docentes. Revisión del procedimiento (Ministerio de Educación y Ciencia).

-Gestión tributaria. Procedimientos (Ministerio de Economía y Hacienda).

-Jubilación. Procedimiento de reconocimiento y clasificación de haberes (Ministerio de Economía y Hacienda).

-Marina Mercante. Subvenciones al gasóleo (Ministerio de Transportes, Turismo y Comunicaciones)

-Minusválidos. Racionalización del proceso de reconocimiento de su condición (Ministerio de Trabajo y Seguridad Social).

-Pasaportes. Expedición (Ministerio del Interior/Ministerio de Justicia).

-Pensiones a viudas huérfanos y retirados de las Fuerzas Armadas (Ministerio de Defensa).

-Seguridad Social. Modificación del sistema de concesión de aplazamientos de pagos (Ministerio de Trabajo y Seguridad Social).

-Servicio militar. Reclutamiento y cumplimiento en cada una de sus situaciones (Ministerio de Defensa).

-Títulos. Expedición de los de Graduado Escolar, Bachiller, Formación Profesional de primero y segundo grado y certificados de escolaridad (Ministerio de Educación y Ciencia).

-Vehículos. Matriculación (Ministerio del Interior)

-Vehículos. Transferencias (Ministerio del Interior).

Dos. Trámites:

-Certificados de excepción (Ministerio de Industria y Energía) .

-Comunicaciones inter-registrales. Supresión de trámites en las comunicaciones entre Registros Consulares y Registros Civiles en España (Ministerio de Asuntos Exteriores/Ministerio de Justicia).

-Denuncias Formulación en dependencias de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado (Ministerio del Interior).

-Documentos notariales consulares. Supresión de la legalización ministerial (Ministerio de Asuntos Exteriores/Ministerio de Justicia).

-IRPF. Devolución de las cantidades retenidas en la fuente y los ingresos a cuenta, si superan la cuota a ingresar (Ministerio de Economía y Hacienda).

-Pago de subvenciones (Ministerio de Industria y Energía).

-Pensionistas. Ingresos en Residencias de la Tercera Edad (Ministerio de Trabajo y Seguridad Social).

-Presentación de documentos en Misiones Diplomáticas y Oficinas Consulares de España en el extranjero. Supresión de trámites (artículo 66, párrafo 4. LPA) (Ministerio de Asuntos Exteriores).

-Subastas y enajenaciones. Anuncios en el <Boletín Oficial del Estado> (Ministerio de Economía y Hacienda).

-Transporte internacional de viajeros. Mejora de los permisos de lanzadera (Ministerio de Transportes Turismo y Comunicaciones) .

Tres. Tipos de Organización:

-Fondo de Garantía Salarial (FOGASA). Plan de racionalización de las prestaciones (Ministerio de Trabajo y Seguridad Social).

-Instituto Nacional de Meteorología. Reorganización de los Servicios centrales y periféricos (Ministerio de Transportes Turismo y Comunicaciones).

-Oficinas de Empleo. Estudio de la interacción entre el diseño funcional teórico de las Oficinas del INEM, el sistema integrado de gestión y la práctica de las Oficinas de Empleo (Ministerio de Trabajo y Seguridad Social).

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 21/05/1984
  • Fecha de publicación: 22/05/1984
  • Fecha de entrada en vigor: 23/05/1984
Referencias anteriores
  • CITA Ley sobre procedimiento administrativo, de 17 de julio de 1958 (Gazeta) (Ref. BOE-A-1958-11341).
Materias
  • Administración Civil del Estado
  • Aeropuertos y aeródromos
  • Centros de enseñanza
  • Contratación de la Administración del Estado
  • Cotización a la Seguridad Social
  • Discapacidad
  • Documento Nacional de Identidad
  • Empleo
  • Establecimientos residenciales para la Tercera Edad
  • Estudios extranjeros
  • Fondo de Garantía Salarial
  • Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
  • Instituto Nacional de Empleo
  • Instituto Nacional de Meteorología
  • Jubilación
  • Marinas Mercante y de Pesca
  • Pasaportes
  • Pensiones
  • Procedimiento administrativo
  • Registro Civil
  • Secretaría de Estado para la Administración Publica
  • Seguridad Social
  • Servicio Militar
  • Sistema tributario
  • Subvenciones
  • Títulos académicos y profesionales
  • Vehículos de motor

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