Advertidos errores en el texto del Real Decreto 845/1984, de 29 de febrero, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 110, de 8 de mayo de 1984, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:
En la página 12456, artículo 1.º, línea tercera, donde dice: «… podrían incluir en sus Planes…», debe decir: «… podrán incluir en sus Planes…».
En la misma página, artículo 2.º, número 2, última línea, donde dice: «… Real Decreto 1773/1981, de 3 de julio.», debe decir: «… Real Decreto 1673/1981, de 3 de julio.».
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