Advertidos errores en el texto remitido para su publicación del mencionado Real Decreto, inserto en el "Boletin Oficial del Estado" número 129, de fecha 30 de mayo de 1984, se transcriben a continuación las oportunas modificaciones:
En el anexo I, apartado B), subapartado b), párrafo segundo,donde dice: "... Confederaciones Hidrográficas Competentes Tajo, Ebro y Norte, a cuyos órganos de gobierno se incorporará un representante de la Comunidad en las del Tajo y Norte y cuatro en la del Ebro», debe decir: "... Confederaciones Hidrográficas Competentes Tajo, Ebro, Norte y Duero, a cuyos órganos de gobierno se incorporará un representante de la Comunidad en las del Tajo, Ebro y Norte y cuatro en la del Duero".
En el artículo 1.º, donde dice: "...encauzamientos, defensa de márgenes y regadíos a la Comunidad...", debe decir: "... encauzamientos y defensa de márgenes de ríos a la Comunidad...".
En el artículo 2.º, 2, donde dice, "En el anexo I", debe decir: "En el anexo II".
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