La Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos, en su reunión del día 9 de abril de 1984, estableció la nueva normativa sobre los créditos a conceder por el Banco de Crédito Industrial para financiar la adquisición de vehículos de transporte por carretera. Anteriormente esta normativa estaba establecida en la Orden de este Departamento de 21 de diciembre de 1981, en lo relativo a vehículos de transporte regular de viajeros y en la de 10 de marzo de 1982 para los vehículos de transporte de mercancías, disposiciones que es necesario derogar.
El artículo 9. del acuerdo mencionado establece que por el Ministerio de Economía y Hacienda se adoptarán las disposiciones precisas en relación con estas Ordenes.
En su virtud, este Ministerio ha tenido a bien disponer:
Artículo único. Quedan derogadas las Ordenes de este Departamento de 21 de diciembre de 1981, sobre financiación por el crédito oficial de vehículos de transporte regular de viajeros por carretera, y la de 10 de marzo de 1982, sobre financiación de vehículos de transporte de mercancías por carretera.
Madrid, 11 de junio de 1984. -BOYER SALVADOR.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid