El Tribunal Constitucional, por providencia de 7 de septiembre actual, ha admitido a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 620/84, planteada por el Capitán General de la Quinta Región Militar, por posible inconstitucionalidad del párrafo que, en el artículo 13.1 de la Ley Orgánica 9/1980, de 6 de noviembre, de Reforma del Código de Justicia Militar, reza así: <Superior a tres años de duración en una de ellas o en varias de las impuestas a un mismo condenado>.
Madrid, 7 de septiembre de 1984.- El Secretario de Justicia. Firmado y rubricado.
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