El Tribunal Constitucional, por providencia de 7 de noviembre corriente, ha admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad número 728/1984, planteado por el Consejo Ejecutivo de la Generalidad de Cataluña, contra los artículos 1, 1, párrafo primero; 4, 3; 5, apartado 2; 6; 7; 8, 3, proposición 2; 13, 2, última proposición; 14; 15; 16; 17; 19; 20; 22, excepto el apartado 5; 23; 24; 30; 36, 2; 39 y 40 de la Ley 26/1984, de 19 de julio, General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios.
Lo que se publica para general conocimiento.
Madrid, 7 de noviembre de 1984.- El Secretario de Justicia.- Firmado y rubricado.
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