De conformidad con lo dispuesto en el Decreto 3565/1972, de 23 de diciembre (<Boletín Oficial del Estado>. De 15 de enero de 1973), Real Decreto 1650/1977, de 10 de junio (<Boletín Oficial del Estado> de 9 de julio) y Orden de 4 de julio de 1983 (<Boletín Oficial del Estado> De 4 de agosto), a propuesta de la Dirección General de Arquitectura y Vivienda y previo informe del Ministerio de Industria y Energía y del Consejo de Obras Públicas y Urbanismo,
Este Ministerio ha resuelto:
Artículo. 1. Se aprueba la norma tecnológica de la edificación NTE-ICI. <Instalaciones de Climatización>. Individuales,.
Art. 2. La presente norma tecnológica de la edificación regula las actuaciones de diseño, cálculo, construcción, control, valoración y mantenimiento.
Art. 3. La presente norma, a partir de su publicación en el <Boletín Oficial del Estado>, podrá ser utilizada a efectos de lo establecido en el Decreto 3565/1972, de 23 de diciembre, con la excepción prevista en la disposición adicional tercera del Real Decreto 1650/1977, de 10 de junio, sobre normativa de la Edificación.
Art, 4. En el plazo de seis meses, a partir de la publicación de la presente Orden ministerial en el <Boletín Oficial del Estado>, podrán ser remitidas a la Dirección General de Arquitectura y Vivienda (Subdirección General de Edificación Servicio de Normativa) las sugerencias y observaciones que puedan mejorar el contenido o aplicación de la presente norma.
Art, 5. Estudiadas y, en su caso, consideradas las sugerencias remitidas, y a la vista de la experiencia derivada de su aplicación, la Dirección General de Arquitectura y Vivienda propondrá a este Ministerio las modificaciones pertinentes a la norma aprobada por la presente Orden.
Madrid, 15 de noviembre de 1984.-CAMPO SAINZ DE ROZAS
Tablas omitidas.
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