LAS VARIACIONES CUANTITATIVAS EN EL COMERCIO DE EXPORTACION EN QUE DETERMINADOS PRODUCTOS HAN TENIDO UN AUMENTO SIGNIFICATIVO, DEJANDO OTROS, EN CAMBIO, DE TENER ENTIDAD, ACONSEJAN MODIFICAR LA RELACION DE PRODUCTOS SOMETIDOS A CONTROL E INSPECCION SOIVRE
POR TANTO EN VIRTUD DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE EL DECRETO 3901/1963, DE 21 DE NOVIEMBRE
ESTA DIRECCION GENERAL HA TENIDO A BIEN DISPONER LO SIGUIENTE:
PRIMERO.-A PARTIR DE LA FECHA DE PUBLICACION DE LA PRESENTE RESOLUCION QUEDAN SOMETIDOS A CONTROL E INSPECCION SOIVRE LOS PRODUCTOS RELACIONADOS A CONTINUACION
SEGUNDO.-QUEDA DEROGADA LA RESOLUCION DE 30 DE NOVIEMBRE DE 1970 SOBRE PRODUCTOS SOMETIDOS A CONTROL E INSPECCION SOIVRE
MADRID, 25 DE ENERO DE 1984.-EL DIRECTOR GENERAL, APOLONIO RUIZ LIGERO
(RELACION OMITIDA)
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