Advertidos errores en el texto remitido para su publicación de la mencionada Orden, inserta en el «Boletín Oficial del Estado» número 290, de fecha 4 de diciembre de 1984, página 34930, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:
Apartado tercero, donde dice: «del Estado, será reducido de esta cuenta...», debe decir: «... del Estado, será deducido de esta cuenta…».
Apartado quinto, donde dice: «… El Banco de España dará tratamiento homogéneo, como cuenta de depósito…», debe decir: «… El Banco de España dará tratamiento homogéneo, como cuentas de depósito…».
Apartado séptimo, donde dice: «Séptimo. 1.», debe decir: «1.».
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