Inserto con error preveniente del original remitido al «Boletín Oficial del Estado» el artículo 6.º 1, párrafo primero de la mencionada disposición, publicada en el número 305, de 22 de diciembre de 1963, páginas 34293-94, se rectifica, en los términos que siguen: En la línea cuarta, donde dice: « (Artículos 4.°, 5º punto 2, 6.° y 7.°) », debe decir: . «(Artículos 4.°, quinto, puntos 2 y 3, 5 .° y 7.°)»
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