A LA VISTA DE LA EVOLUCION DE LA EXPORTACION DE DETERMINADOS PRODUCTOS AGRARIOS, Y TENIENDO EN CUENTA LAS PECULIARIDADES DE SUS SISTEMAS DE COMERCIALIZACION,
ESTA DIRECCION GENERAL HA RESUELTO LA INCLUSION DE LOS PRODUCTOS QUE A CONTINUACION SE SEÑALAN EN LA LISTA DE LOS QUE PUEDEN ACOGERSE AL SISTEMA DE LICENCIA GLOBAL, EN VIRTUD DE LO DISPUESTO EN LA RESOLUCION DE 14 DE MARZO DE 1983 ("BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO" DEL 25):
PARTIDA ARANCELARIA: EX. 06.02. MERCANCIA: PLANTAS ORNAMENTALES. CAMPAÑA: 1 DE ENERO AL 31 DE DICIEMBRE. INSPECCION COMERCIAL: SOIVRE. PLAZO MAXIMO DE COBRO:
NOVENTA DIAS.
CONDICIONES ESPECIALES: LAS SOLICITUDES DE LICENCIA DEBERAN IR ACOMPAÑADAS DE CERTIFICADO EMITIDO POR EL INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS Y PLANTAS DE VIVERO.
MADRID, 28 DE MAYO DE 1985.-EL DIRECTOR GENERAL, APOLONIO RUIZ LIGERO.
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