PROXIMOS A PUBLICARSE LOS REALES DECRETOS POR LOS QUE SE ESTABLECEN DERECHOS ARANCELARIOS TEMPORALES PARA DIVERSOS PRODUCTOS Y MERCANCIAS Y SE MODIFICA LA ESTRUCTURA DEL ARANCEL DE AUDANAS, SE HACE NECESARIA LA ADAPTACION DE NUESTRA ESTADISTICA SOBRE COMERCIO EXTERIOR A LAS VARIACIONES QUE DEBERAN ENTRAR EN VIGOR EL DIA 1 DE JULIO PROXIMO.
EN CONSECUENCIA, ESTA DIRECCION GENERAL, EN USO DELAS ATRIBUCIONES QUE TIENE CONFERIDAS, HA TENIDO A BIEN ACORDAR:
PRIMERO.-INTRODUCIR EN NUESTRA ACTUAL ESTRUCTURA ESTADISTICA LAS MODIFICACIONES QUE SE RECOGEN EN EL ANEJO UNICO.
SEGUNDO.-LA FECHA DE ENTRADA EN VIGOR DE LA PRESENTE CIRCULAR SERA LA DE SU PUBLICACION EN EL "BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO".
MADRID, 27 DE JUNIO DE 1985.-EL DIRECTOR GENERAL, MIGUEL ANGEL DE VALLE Y BOLAÑO.
(ANEXO OMITIDO)
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid