Está Vd. en

Documento BOE-A-1985-15567

Recurso de inconstitucionalidad número 613/1985, promovido por la Junta de Galicia contra determinados preceptos de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local.

Publicado en:
«BOE» núm. 178, de 26 de julio de 1985, páginas 23724 a 23724 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Tribunal Constitucional
Referencia:
BOE-A-1985-15567

TEXTO ORIGINAL

EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL, POR PROVIDENCIA DE 10 DE JULIO ACTUAL, HA ADMITIDO A TRAMITE EL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD NUMERO 613/1985, PROMOVIDO POR LA JUNTA DE GALICIA, CONTRA LOS ARTICULOS 3, PARRAFO SEGUNDO, APARTADOS A) Y B); 5, APARTADO A); 13, PARRAFOS SEGUNDO Y TERCERO; 14, PARRAFO PRIMERO; 20, PARRAFO SEGUNDO, Y, POR CONEXION, EL APARTADO C) DEL PARRAFO PRIMERO; 28, Y POR CONEXION, EL PARRAFO SEGUNDO DE LA DISPOSICION TRANSITORIA SEGUNDA; 32, PARRAFO SEGUNDO; 36, PARRAFO SEGUNDO, Y POR CONEXION, EL 59, 1., PARRAFO SEGUNDO; 42, PARRAFOS SEGUNDO, TERCERO Y CUARTO; 45, Y POR CONEXION, EL APARTADO B) DEL PARRAFO SEGUNDO DEL ARTICULO 47; 47, 2., APARTADO C), Y 47.3, APARTADO B) 48; 50, PARRAFO PRIMERO; 58; 62; 68, PARRAFO TERCERO; 83; 99, PARRAFO PRIMERO; 106, PARRAFO TERCERO; 117, Y POR CONEXION, LOS 118, 119 Y LA DISPOSICION TRANSITORIA SEXTA, EN SUS NUMEROS PRIMERO Y TERCERO; DISPOSICION FINAL PRIMERA Y DISPOSICION TRANSITORIA PRIMERA -EN LA PARTE DE CADA UNO DE DICHOS PRECEPTOS, Y CON EL ALCANCE QUE SE REFLEJAN EN LA DEMANDA- DE LA LEY 7/1985, DE 2 DE ABRIL, REGULADORA DE LAS BASES DE REGIMEN LOCAL.

LO QUE SE PUBLICA PARA GENERAL CONOCIMIENTO.

MADRID A 10 DE JULIO DE 1985.-EL SECRETARIO DE JUSTICIA (FIRMADO Y RUBRICADO).

ANÁLISIS

  • Rango: Providencia
  • Fecha de disposición: 10/07/1985
  • Fecha de publicación: 26/07/1985
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DECLARA no haber lugar a la SUBSANACión del fallo de la SENTENCIA, por Auto de 16 de enero de 1990 (Ref. BOE-A-1990-3547).
  • SE DICTA en el mismo y declara que son inconstitucionales los preceptos mencionados, que es constitucional el art. 2.2 rectamente interpretado y que el art. 45.2.B) no tiene carácter básico en el sentido indicado, por Sentencia 214/1989, de 21 de diciembre (Ref. BOE-T-1990-624).
Referencias anteriores
  • Recurso promovido contra determinados preceptos de la Ley 7/1985, de 2 de abril (Ref. BOE-A-1985-5392).
Materias
  • Administración Local
  • Alcalde
  • Áreas Metropolitanas
  • Ayuntamientos
  • Cabildos Insulares
  • Comarcas
  • Comisión Nacional de Administración Local
  • Comunidades Autónomas
  • Consejos Insulares
  • Diputaciones Provinciales
  • Funcionarios de la Administración Local
  • Galicia
  • Haciendas Locales
  • Instituto de Estudios de Administración Local
  • Mancomunidades Interinsulares
  • Municipios
  • Oposiciones y concursos
  • Provincias
  • Tribunal Constitucional

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid