Padecidos errores en la inserción de la citada Orden, publicada en el «Boletín Oficial del Estado», número 179, de fecha 27 de julio de 1985, páginas 23774 a 23780, se transcriben a continuación las correcciones oportunas.
En el preámbulo de la Orden, párrafo primero, donce dice: «en el Ministerio de Real Defensa», debe decir: «en el Ministerio de Defensa».
En el apartado 3.3.1, donde dice: «En enlace entre la Contabilidad de Gastos Públicos y la Tesorería», debe decir: «El enlace entre la Contabilidad de Gastos Públicos y la de Tesorería».
En el apartado 3.3.5, donde dice: «El Debe se comprobará con el Haber en la Cuenta de Tesorería», debe decir: «El Debe comprobará con el Haber de la Cuenta de Tesoreria».
En el apartado 4.2, a), donde dice: «... con distinción de los presupuestos previstos legalmente», debe decir: «... con distinción de los supuestos previstos legalmente».
En el último párrafo del apanado 4.2. donde dice: «... en base a los citados créditos del Presupuesto en los demás casos, quien podrá delegar esta función en el Subdirector general de Presupuestos», debe decir.. «... en base a los créditos del Presupuesto aprobado para el ejercicio o, en su caso, a los del Presupuesto prorrogado».
En el cuadro del apartado 4.3, columna de «firma que lo autoriza» correspondiente a la fila de los documentos O y O/, donde dice: «... correspondiente y proponente ...», debe decir: «... correspondiente proponente». En la misma columna, fila correspondiente a los documentos P,P/, OP, OP/, ADOP, ADOP/, OP-J y ADOP-J, donde dice: «... correspondiente al proponente», debe decir: «... correspondiente proponente».
En el apartado 7.4, párrafo segundo, donde dice: «La toma de razón de Contabilidad ...», debe decir: «La toma de razón en Contabilidad ...».
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