El Tribunal Constitucional, por auto de 26 de septiembre actual, dictado en el recurso de inconstitucionalidad número 405/1985, interpuesto por el Abogado del Estado, en representación del Presidente del Gobierno, ha acordado tener a éste por desistido en el presente recurso de inconstitucionalidad, interpuesto contra la disposición adicional tercera de la Ley 1/1985, de 23 de enero, del Parque Regional de la cuenca alta del Manzanares, del Parlamento de la Comunidad Autónoma de Madrid, levantándose en consecuencia la suspensión de dicha disposición que fue acordada por providencia de este Tribunal de 22 de mayo último.
Lo que se publica para general conocimiento.
Madrid, 26 de septiembre de 1985.-El Presidente, Manuel García-Pelayo y Alonso.
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