LA ORDEN DE 31 DE OCTUBRE DE 1985 POR LA QUE SE REGULAN LOS TRATAMIENTOS DE DESHABITUANTES A CORTO Y LARGO PLAZO CON METADONA DE LOS TOXICOMANOS DEPENDIENTES DE OPIACEOS INDICA EN SU ARTICULO 3.4, QUE LA DIRECCION GENERAL DE SALUD PUBLICA ESTABLECERA MEDIANTE RESOLUCION LAS PAUTAS DE DOSIFICACION CON METADONA, EN VIRTUD DE LO CUAL ESTA DIRECCION GENERAL ACUERDA:
1. LAS PAUTAS DE DOSIFICACION EN LA PRESCRIPCION DE METADONA EN LOS TRATAMIENTOSDE TOXICOMANOS DEPENDIENTES DE OPIACEOS SE ESTABLECERAN CON ARREGLO A LOS SIGUIENTES CRITERIOS:
1.1 LAS PAUTAS DE DOSIFICACION SE ESTABLECERAN TENDIENDO A ESTABILIZAR AL PACIENTE EN LAS DOSIS MINIMAS NECESARIAS. LAS DOSIS EN NINGUN CASO PODRAN SUPERAR LOS 40 MILIGRAMOS DIARIOS, SALVO AUTORIZACION EXPRESA DE LA COMISION TERRITORIAL INTERESADA EN EL CASO, VISTAS LAS CIRCUNSTANCIAS EXCEPCIONALES.
1.2 DURANTE LOS TRES PRIMEROS MESES DE TRATAMIENTO, COMO MINIMO, EL INDIVIDUO ENTRATAMIENTO INGERIRA LA DOSIS CORRESPONDIENTE DE METADONA EN EL PROPIO CENTRO O SERVICIO SANITARIO DONDE ESTA SIENDO TRATADO, INCLUYENDO DIAS FESTIVOS, EN PRESENCIA DE UNO DE LOS MIEMBROS DEL EQUIPO RESPONSABLE DE ESTE PROGRAMA, O EN SU CASO, EN LAS DEPENDENCIAS QUE PUEDAN HABILITARSE POR LOS SERVICIOS PERIFERICOS DEL MINISTERIO DE SANIDAD Y CONSUMO.
1.3 SI A JUICIO DEL MEDICO RESPONSABLE DEL PROGRAMA DE TRATAMIENTO, LA EVOLUCIONCLINICA DEL INDIVIDUO TRATADO LO PERMITE, A PARTIR DE LOS TRES MESES DE TRATAMIENTO, PODRA PRESCRIBIR HASTA UN MAXIMO DE DOSIS PARA TRES DIAS, QUE NUNCASERA SUPERIOR A 15 MILIGRAMOS POR DIA, PREVIA AUTORIZACION DE LA COMISION TERRITORIAL.
2. LA POBLACION ATENDIDA A TRAVES DE TRATAMIENTOS DE DESHABITUACION CON METADONADEBERA RESPONDER A LOS CRITERIOS QUE, CON CARACTER ORIENTATIVO, SE SEÑALAN A CONTINUACION:
SER MAYOR DE DIECIOCHO AÑOS.
DEPENDENCIA DE, AL MENOS, TRES AÑOS DE OPIACEOS.
COMPLICACIONES ORGANICAS GRAVES, QUE ACONSEJEN SU INCLUSION EN EL PROGRAMA.
NO CONCOMITANCIA CON POLITOXICOMANIAS GRAVES (ALCOHOL, FARMACOS,...).
AUSENCIA DE PATOLOGIA PSIQUIATRICA GRAVE.
GARANTIA DE HABER REALIZADO AL MENOS DOS TRATAMIENTOS LIBRES DE DROGAS.
3. ESTA RESOLUCION ENTRARA EN VIGOR EL DIA SIGUIENTE AL DE SU PUBLICACION EN EL "BOLETIN OFICIALDEL ESTADO".
MADRID, 22 DE NOVIEMBRE DE 1985.-EL DIRECTOR GENERAL, MIGUEL ANGEL DE LA CAL LOPEZ.
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