LA PROXIMA PUBLICACION EN EL "BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO" DE UN REAL DECRETO QUE MODIFICARA ARANCELARIAMENTE LAS ESTRUCTURAS, ENTRE OTRAS, DE LAS PARTIDAS ARANCELARIAS 84.10 Y 90.28, HACEN NECESARIA LA ADAPTACION ESTADISTICA A DICHAS MODIFICACIONES.
EN CONSECUENCIA, ESTA DIRECCION GENERAL, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE TIENE CONFERIDAS, HA TENIDO A BIEN ACORDAR:
PRIMERO.- INTRODUCIR EN NUESTRA ACTUAL ESTRUCTURA ESTADISTICA LAS MODIFICACIONES QUE SE ESPECIFICAN EN EL ANEJO UNICO.
SEGUNDO.- LA FECHA DE ENTRADA EN VIGOR DE LAS MODIFICACIONES A LAS QUE SE HACE REFERENCIA EN EL APARTADO ANTERIOR SERA LA DEL REAL DECRETO QUE MODIFIQUE ARANCELARIAMENTE LAS PARTIDAS 84.10 Y 90.28.
MADRID, 12 DE MARZO DE 1985.- EL DIRECTOR GENERAL, MIGUEL ANGEL DEL VALLE Y BOLAÑO.
(ANEXO OMITIDO)
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