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Documento BOE-A-1985-4831

Real Decreto 383/1985, de 20 de marzo, por el que se prorroga por seis meses el plazo concedido por el Real Decreto 1723/1984 para su entrada en vigor en lo que se refiere a los transportes en régimen de distribución y reparto de mercancías peligrosas por carretera.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 73, de 26 de marzo de 1985, páginas 7875 a 7875 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Transportes, Turismo y Comunicaciones
Referencia:
BOE-A-1985-4831
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/1985/03/20/383

TEXTO ORIGINAL

EL REAL DECRETO 1723/1984, DE 20 DE JUNIO, ESTABLECIO EN SU DISPOSICION FINAL SEXTA LA ENTRADA EN VIGOR DEL MISMO DIA SIGUIENTE A SU PUBLICACION EN EL "BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO" DE 25 DE SEPTIEMBRE DE 1984, SALVO EN LO REFERENTE A LOS TRANSPORTES EN REGIMEN DE DISTRIBUCION Y REPARTO PARA LOS QUE LA FECHA DE ENTRADA EN VIGOR SE FIJABA A LOS SEIS MESES DE DICHA PUBLICACION.

EL ESTUDIO Y TRAMITACION DE LAS SOLICITUDES Y ESCRITOS RECIBIDOS EN RELACION CON DICHO SECTOR ESPECIFICO DEL TRANSPORTE ACONSEJA PRORROGAR EL PLAZO CONCEDIDO.

EN SU VIRTUD, A PROPUESTA DEL MINISTRO DE TRANSPORTES, TURISMO Y COMUNICACIONES, CON LA CONFORMIDAD DE LOS RESTANTES MINISTERIOS COMPETENTES, DE ACUERDO CON EL INFORME DE LA COMISION INTERMINISTERIAL DE COORDINACION DEL TRANSPORTE DE MERCANCIAS PELIGROSAS, Y PREVIA DELIBERACION DEL CONSEJO DE MINISTROS EN SU REUNION DEL DIA 20 DE MARZO DE 1985, DISPONGO:

ARTICULO UNICO.- SE PRORROGA POR SEIS MESES EL PLAZO ESTABLECIDO EN LA DISPOSICION FINAL SEXTA DEL REAL DECRETO 1723/1984, DE 20 DE JUNIO, PARA LA ENTRADA EN VIGOR DEL MISMO EN LO QUE SE REFIERE A LOS TRANSPORTES EN REGIMEN DE DISTRIBUCION Y REPARTO. EL PRESENTE REAL DECRETO ENTRARA EN VIGOR EL MISMO DIA DE SU APLICACION EN EL "BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO".

DADO EN MADRID A 20 DE MARZO DE 1985.- JUAN CARLOS R.- EL MINISTRO DE TRANSPORTES, TURISMO Y COMUNICACIONES, ENRIQUE BARON CRESPO.

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto
  • Fecha de disposición: 20/03/1985
  • Fecha de publicación: 26/03/1985
  • Fecha de entrada en vigor: 26/03/1985
  • Fecha de derogación: 28/10/1990
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DEROGA, por Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre (Ref. BOE-A-1990-24442).
Referencias anteriores
  • PRORROGA por Seis Meses el plazo de Entrada en Vigor del Real Decreto 1723/1984, de 20 de junio, en lo que se refiere a los Transportes en régimen de Distribución y Reparto (Ref. BOE-A-1984-21980).
Materias
  • Conductores de vehículos de motor
  • Energía nuclear
  • Explosivos
  • Fósforos y cerillas
  • Gas
  • Mercancías
  • Pirotecnia
  • Plásticos
  • Productos químicos
  • Transportes terrestres
  • Vehículos de motor

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