Excmos. Sres.: De Orden delegada por el excelentísimo señor Ministro, se publica para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos el fallo de la sentencia dictada en fecha 17 de octubre de 1984 por la Sala Tercera del Tribunal Supremo en el recurso contencioso- administrativo número 306.766/1982, promovido por la Asociación de Padres de Alumnos del Colegio de Magisterio "Nuestra Señora del Pilar de Zaragoza", contra disposición de Presidencia del Gobierno, publicada en el "Boletín Oficial del Estado" de 17 de junio de 1982, sobre corrección de errores del Real Decreto 992/1982, de 14 de mayo, por el que se establece por la MUFACE la promoción para estudios dentro de la prestación de servicios sociales, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
"Fallamos: Estimar el recurso contencioso-administrativo interpuesto en representación de la "Asociación de Padres de Alumnos del Colegio de Magisterio de Nuestra Señora del Pilar de Zaragoza", declarando nulo y sin efectos por ser contrario a Derecho, el último párrafo de la disposición final tercera del Real Decreto 992/1982, publicado como corrección de errores en el "Boletín Oficial del Estado" correspondiente al día 17 de junio de 1982, como disposición número 14.748, en cuanto altera la situación jurídica, individualizada de los beneficiarios de la Mutualidad Nacional de Enseñanza Primaria que reúnan las condiciones establecidas antes del día 31 de diciembre de 1973 para ingresar en el Colegio de Magisterio "Nuestra Señora del Pilar de Zaragoza".
Dios guarde a VV. EE.
Madrid, 28 de marzo de 1985.- El Subsecretario, Francisco Javier Díe Lamana.
Excmos. Sres. ...
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