LA LEY 41/1974, DE 28 DE NOVIEMBRE, ESTABLECE EL ASCENSO A LOS EMPLEOS DE SARGENTO O DE TENIENTE DEL CUERPO DE POLICIA NACIONAL, POR CONCURSO-OPOSICION, YSU DESARROLLO SE HA REALIZADO, DE FORMA PARCIAL, POR DIVERSAS ORDENES MINISTERIALES.
LA PRESENTE ORDEN PERMITIRA REFUNDIR, EN UN TEXTO UNICO AQUELLAS DISTINTAS NORMAS POR LAS QUE VENIAN RIGIENDOSE ESTAS PRUEBAS SELECTIVAS, A LA VEZ QUE SE ADAPTAN A LA NUEVA ESTRUCTURA ORGANICA Y FUNCIONAL DE LA DIRECCION GENERAL DE LAPOLICIA QUE ESTABLECE EL REAL DECRETO 669/1984, DE 28 DE MARZO.
PERMITE, TAMBIEN, ESTA NUEVA NORMA, LA VALORACION OBJETIVA DE LOS MERITOS Y DEMERITOS PROFESIONALES Y LA RACIONALIZACION DE LOS CONTENIDOS DE LAS PRUEBAS SELECTIVAS, QUE POSIBILITEN LA PROMOCION DE PROFESIONALES CON UNOS NIVELES IDONEOS DE PREPARACION CULTURAL Y TECNICA, ADECUADOS A LAS FUNCIONES ASIGNADAS ALOS EMPLEOS RESPECTIVOS.
EN SU VIRTUD, Y EN EL EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE ME CONFIERE EL ARTICULO 5 DE LA LEY 41/1974, DE 28 DE NOVIEMBRE, HE TENIDO A BIEN DISPONER:
ARTICULO 1. LAS PRUEBAS SELECTIVAS ESTABLECIDAS EN LA LEY 41/1974, DE 28 DE NOVIEMBRE, SOBRE ASCENSO A SARGENTO Y TENIENTE DEL CUERPO DE POLICIA NACIONAL, SE REGIRAN POR LAS NORMAS FIJADAS EN LA PRESENTE ORDEN.
ART. 2. EL DIRECTOR GENERAL DE LA POLICIA, PREVIA APROBACION DEL DIRECTOR DE LA SEGURIDAD DEL ESTADO, CONVOCARA, CON TRES MESES AL MENOS DE ANTELACION A LA FECHA DE INICIO DE LAS PRUEBAS CORRESPONDIENTES:
1. PRUEBAS SELECTIVAS PARA LA PROVISION, POR CONCURSO-OPOSICION, DE HASTA EL 20 POR 100 DE LAS VACANTES EN EL EMPLEO DE SARGENTO DEL CUERPO DE LA POLICIA NACIONAL. PODRAN CONCURRIR LOS CABOS PRIMERO QUE LLEVEN COMO MINIMO DOS AÑOS DE SERVICIOS EN ESTE EMPLEO Y EN EL DE CABO, OBSERVEN INTACHABLE CONDUCTA, ESTEN BIEN CONCEPTUADOS Y REUNAN LAS CONDICIONES QUE SE SEÑALEN.
2. PRUEBAS SELECTIVAS PARA LA PROVISION, POR CONCURSO-OPOSICION, DE HASTA EL 20 POR 100 DE LAS VACANTES EN EL EMPLEO DE TENIENTES DEL CUERPO DE LA POLICIA NACIONAL. PODRAN CONCURRIR LOS SUBOFICIALES QUE LLEVEN COMO MINIMO DOS AÑOS DE SERVICIOS EFECTIVOS COMO TALES SUBOFICIALES, OBSERVEN INTACHABLE CONDUCTA, ESTENBIEN CONCEPTUADOS Y REUNAN LAS CONDICIONES QUE SEÑALEN.
ART. 3. LA DIRECCION GENERAL DE LA POLICIA DICTARA LAS BASES DE CADA CONVOCATORIA, QUE SE HARAN PUBLICAS EN LA ORDEN GENERAL DE LA PROPIA DIRECCION GENERAL DE POLICIA Y QUE SE AJUSTARAN A LO DISPUESTO EN LA LEY 41/1974, DE 28 DENOVIEMBRE, Y EN LA PRESENTE ORDEN, DEBIENDO CONTENER, NECESARIAMENTE: NUMERO DE PLAZAS QUE SE CONVOCAN; FASES DEL PROCESO SELECTIVO; TEMARIO DE LA OPOSICION; SISTEMA DE DESIGNACION DEL TRIBUNAL CALIFICADOR Y BASES PARA LA CALIFICACION. LASOLICITUD PARA PARTICIPAR EN LAS PRUEBAS SELECTIVAS, DEBERA PRESENTARSE EN EL PLAZO DE VEINTE DIAS NATURALES A PARTIR DEL SIGUIENTE AL DE LA PUBLICACION DE LACONVOCATORIA RESPECTIVA EN LA ORDEN GENERAL.
ART. 4. EL DIRECTOR GENERAL DE POLICIA, A LA VISTA DE LOS ANTECEDENTES PERSONALES, HISTORIAL PROFESIONAL E INFORMES DE CONDUCTA Y CONCEPTUACION DE LOS ASPIRANTES, EMITIDOS POR SUS JEFES, RESOLVERA LO PROCEDENTE, PUBLICANDOSE SEGUIDAMENTE, EN LA ORDEN GENERAL, LA LISTA PROVISIONAL DE ADMITIDOS Y EXCLUIDOSY CONCEDIENDOSE UN PLAZO DE QUINCE DIAS HABILES PARA RECLAMACIONES POR EXCLUSION, QUE SERAN RESUELTAS POR EL DIRECTOR GENERAL DE LA POLICIA, PUBLICANDOSE EN CONSECUENCIA LA LISTA DEFINITIVA DE ADMITIDOS. CONTRA LA RESOLUCION QUE FIJE LA LISTA DEFINITIVA DE ADMITIDOS, PODRA INTERPONERSE, EN EL PLAZO DE QUINCE DIAS HABILES DESDE SU PUBLICACION, RECURSO DE ALZADA ANTE EL DIRECTOR DE LA SEGURIDAD DEL ESTADO, CON ARREGLO A LO DISPUESTO EN LA LEY DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO.
ART. 5. EL TRIBUNAL CALIFICADOR, EN CADA CONCURSO-OPOSICION DE ASCENSO A SARGENTO O TENIENTE, SERA DESIGNADO POR EL DIRECTOR GENERAL DE LA POLICIA, DE ACUERDO CON LO QUE ESTABLECEN LAS NORMAS VIGENTES.
ART. 6. EN LA FASE DE CONCURSO, EL TRIBUNAL CALIFICADOR APLICARA EL BAREMO DE MERITOS Y DEMERITOS QUE SE PUBLICA COMO ANEXO A LA PRESENTE ORDEN, SIENDO NECESARIO PARA PASAR A LA FASE DE OPOSICION UN MINIMO DE TRES PUNTOS EN LAS DE ASCENSO A SARGENTO Y DE CUATRO PUNTOS EN LAS DE ASCENSO A TENIENTE.
AR. 7. 1. LA FASE DE OPOSICION VERSARA SOBRE LAS MATERIAS CONTENIDAS EN EL PROGRAMA QUE SE PUBLIQUE EN CADA CONVOCATORIA, O AL QUE ESTA REMITA, REALIZANDOSE LAS SIGUIENTES PRUEBAS POR EL ORDEN QUE CADA CONVOCATORIA ESTABLEZCA:
PRIMERA.-RECONOCIMIENTO MEDICO Y PRUEBAS PSICOTECNICAS EN ORDEN A LA SELECCION PARA EL EMPLEO A QUE SE CONCURRE.
SEGUNDA.-CONOCIMIENTOS CULTURALES ADAPTADOS AL EMPLEO A QUE SE CONCURRE. DE ESTEEJERCICIO QUEDARAN EXENTOS QUIENES ESTEN EN POSESION DE LA TITULACION ACADEMICA EXIGIDA PARA INGRESO EN LOS CUERPOS DE LA ADMINISTRACION CIVIL DEL ESTADO DEL MISMO INDICE DE PROPORCIONALIDAD QUE EL ASIGNADO AL EMPLEO A QUE SE CONCURRE.
TERCERA.-PRUEBAS DE APTITUD FISICA ADECUADAS AL EMPLEO Y GRUPO DE EDADES.
CUARTA.-CONOCIMIENTOS PROFESIONALES, TEORICOS Y PRACTICOS, ADECUADOS AL NIVEL DEEMPLEO A QUE SE CONCURSA.
QUINTA.-EJERCICIO VOLUNTARIO DE IDIOMAS.
2. LAS PRUEBAS PRIMERA, SEGUNDA, TERCERA Y CUARTA SON ELIMINATORIAS. LA QUINTA ES COMPLEMETARIA, A EFECTOS DE MEJORA DE PUNTUACION DE QUIENES HAYAN SUPERADO LAS ELIMINATORIAS.
3. LAS PRUEBAS PRIMERA, SEGUNDA Y TERCERA SE CALIFICARAN DE "APTO" O "NO APTO". LAS RESTANTES SERAN OBJETO DE PUNTUACION A TENOR DE LO QUE ESTABLEZCA CADA CONVOCATORIA.
4. LAS PLAZAS NO CUBIERTAS EN EL CONCURSO-OPOSICION PARA ASCENSO A SARGENTO O TENIENTE SE ACUMULARAN A LOS RESPECTIVOS TURNOS DE ASCENSO POR ANTIGUEDAD.
5. LAS FASES DE CONCURSO-OPOSICION PARA SARGENTO Y TENIENTE SOLO PODRAN PRESENTARSE LOS ASPIRANTES UN MAXIMO DE TRES VECES PARA CADA EMPLEO.
AR. 8. 1. EL TRIBUNAL PUBLICARA LA LISTA DE APROBADOS, SIN QUE ESTOS PUEDAN REBASAR EL NUMERO DE PLAZAS CONVOCADAS, Y ELEVARA AL DIRECTOR GENERAL DE LA POLICIA PROPUESTA DE INGRESO DE LOS MISMOS EN EL CORRESPONDIENTE CENTRO DOCENTE DE LA ESCUELA GENERAL DE POLICIA, PARA EFECTUAR EL REGLAMENTARIO CURSO DE APTITUD.
2. LA PRELACION EN LA LISTA DE APROBADOS VIENE DETERMINADA POR LA SUMA DE BAREMOACREDITADO EN EL CONCURSO Y LA CALIFICACION RESPECTIVA DE LOS APROBADOS EN LA OPOSICION.
ART. 9. 1. AL FINALIZAR EL CURSO DE APTITUD PARA ASCENSO A SARGENTO, TODOS AQUELLOS CABOS PRIMERO QUE LO HUBIEREN SUPERADO SERAN DECLARADOS APTOS PARA EL EMPLEO DE SARGENTO, ESCALAFONANDOSE A CONTINUACION DE LOS CABO PRIMERO MAS ANTIGUOS QUE TENGAN EN ESE MOMENTO LA APTITUD PARA DICHO EMPLEO. EL ORDEN ESCALAFONAL SERA EL QUE RESULTE DE LA PUNTUACION OBTENIDA EN EL CONCURSO- OPOSICION Y EL CURSO DE APTITUD. EL ASCENSO A SARGENTO SE PRODUCIRA CON OCASION DE VACANTE, DE ACUERDO CON LAS DISPOSICIONES REGLAMENTARIAS.
2. AL FINALIZAR EL CURSO DE APTITUD PARA ASCENSO A TENIENTE, TODOS AQUELLOS SUBOFICIALES QUE LO HUBIEREN SUPERADO SERAN DECLARADOS APTOS PARA EL EMPLEO DE TENIENTE, ESCALAFONANDOSE A CONTINUACION DE LOS SUBOFICIALES MAS ANTIGUOS QUE TENGAN EN ESE MOMENTO LA APTITUD PARA DICHO EMPLEO. EL ORDEN ESCALAFONAL SERA ELQUE RESULTE DE LA PUNTUACION OBTENIDA EN EL CONCURSO-OPOSICION Y EN EL CURSO DE APTITUD. EL ASCENSO A TENIENTE SE PRODUCIRA CON OCASION DE VACANTE, DE ACUERDO CON LAS DISPOSICIONES REGLAMENTARIAS.
3. LOS QUE NO SUPEREN EL RESPECTIVO CURSO DE APTITUD EN LAS PRUEBAS ORDINARIAS OEN UNICA CONVOCATORIA EXTRAORDINARIA PODRAN REPETIRLO, POR UNA SOLA VEZ, PERO ESCALAFONANDOSE CON LA PROMOCION EN QUE LO REALICEN.
ART. 10. LA PRESENTE ORDEN ENTRARA EN VIGOR EL DIA DE SU PUBLICACION EN EL "BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO".
DISPOSICION DEROGATORIA
QUEDAN DEROGADOS LAS ORDENES DE 19 DE JULIO DE 1977 ("BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO" NUMEROS 193 Y 240), LA ORDEN DE 23 DE SEPTIEMBRE DE 1978 ("BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO" NUMERO 251) Y CUANTAS NORMAS, DE IGUAL O INFERIOR RANGO SE OPONGAN A LA PRESENTE.
MADRID, 30 DE MARZO DE 1985.-BARRIONUEVO PEÑA.
ANEXO A LA ORDEN MINISTERIAL DE 30 DE MARZO DE 1985
BAREMO PARA ASCENSO, POR CONCURSO-OPOSICION, A LOS EMPLEOS DE SARGENTO O DE TENIENTE EN EL CUERPO DE POLICIA NACIONAL.
1. RECOMPENSAS PROFESIONALES
A) MEDALLA DE ORO AL MERITO POLICIAL 6,00
B) MEDALLA DE PLATA AL MERITO POLICIAL 5,00
C) CRUZ AL MERITO POLICIAL CON DISTINTIVO ROJO 4,00
D) CRUZ AL MERITO POLICIAL CON DISTINTIVO BLANCO 2,50
E) GALON DE MERITO 1,00
F) FELICITACION PUBLICA CON PREMIO EN METALICO 0,25
G) FELICITACION PUBLICA 0,15
2. CONDECORACIONES CIVILES O MILITARES OTORGADAS POR LA CONDICION DE MIEMBRO DE LA POLICIA NACIONAL, CADA UNA
DESDE 0,15
HASTA 6,00
PARA SU BAREMACION, EL TRIBUNAL CALIFICADOR EVALUARA LOS MERITOS POLICIALES CONTRAIDOS PARA SU CONCESION Y LA CATEGORIA DE LA CONDECORACION.
3. SERVICIOS PROFESIONALES ESPECIFICOS
A) POR CADA AÑO DE SERVICIO EN EL GRUPO DE OCUPACIONES ESPECIALES, GEO 0,60
B) POR CADA AÑO DE SERVICIO EN UNIDADES DE DESACTIVACION DE EXPLOSIVOS, UDE 0,60
C) POR CADA AÑO DE SERVICIO EN ALAVA, GUIPUZCOA, VIZCAYA O NAVARRA 0,40
D) POR CADA AÑO DE SERVICIO EN COMPAÑIA DE RESERVA GENERAL 0.50
E) POR CADA TRIENIO DE SERVICIO EN PUESTOS DE TRABAJO DE MAYOR RIESGO O PELIGROSIDAD EVIDENTE O RESPONSABILIDAD:
DE CARACTER INDIVIDUAL, HASTA 1,00
DE CARACTER GENERAL, HASTA 0,50
F) POR CADA AÑO DE SERVICIO EN OTRAS UNIDADES O DESTINOS 0,15
4. MERITOS CULTURALES ACADEMICOS
A) POSESION DE DOCTORADO 5,00
B) POSESION DE LICENCIATURA UNIVERSITARIA O ENSEÑANZA TECNICA SUPERIOR 4,00
C) POSESION DE TITULACION UNIVERSITARIA DE GRADO MEDIO, DE APRECIACION EXCLUSIVAPARA ASPIRANTE A SARGENTO 2,50
D) GRADUADO SUPERIOR EN CRIMINOLOGIA 2,00
E) DIPLOMADO SUPERIOR EN CRIMINOLOGIA 1,50
LA APRECIACION DE CUALQUIERA DE ESTOS TITULOS, EXCLUYE LA DE LOS INFERIORES DE LA MISMA ESPECIALIDAD.
5. MERITOS CULTURALES DE CARACTER PROFESIONAL
A) CURSO DE TECNICO EN DESACTIVACION DE ARTEFACTOS EXPLOSIVOS (TEDAX) 1,25
B) CURSO DE GRUPO DE OPERACIONES ESPECIALES (GEO) 1,25
C) CURSO DE INSTRUCTORES DE TIRO 1,00
D) CURSO DE MECANICO ESPECIALISTA EN TRANSMISIONES 0,75
E) CURSO DE MECANICO DE AUTOMOVILES 0,75
F) CURSO DE MECANICO DE HELICOPTEROS 0,75
G) CURSO DE AYUDANTE TECNICO DE TRANSMISIONES 0,75
H) CURSO DE ESPECIALISTA DE ARMAMENTO POLICIAL 0,75
I) CURSO DE AUXILIAR DE ESPECIALISTA EN ARMAMENTO POLICIAL 0,50
J) CURSO DE AUXILIAR DE MANTENIMIENTO DE AUTOMOVILES 0,50
K) CURSO DE RADIO-TELEGRAFISTA 0,75
L) CURSO DE INSTRUCTOR DE EDUCACION FISICA 0,75
M) OTROS CURSOS DE ESPECIALIZACION O PERFECCIONAMIENTO POLICIAL CON DURACION MINIMA DE QUINCE DIAS Y SUPERACION DE EXAMENES:
DESDE 0,25
HASTA UN MAXIMO TOTAL DE 1,00
N) OTRAS ACTIVIDADES DE FORMACION CONVALIDADAS POR LA DIVISION DE ENSEÑANZA Y PERFECCIONAMIENTO:
DESDE 0,05
HASTA UN MAXIMO TOTAL DE 0,50
SER AUTOR DE LIBROS, ARTICULOS, SEPARATAS O REPORTAJES CINEMATOGRAFICOS O DE TELEVISION, O HABER PRONUNCIADO CONFERENCIAS O PARTICIPADO EN COLOQUIOS, TODO ELLO RELACIONADO CON LA FUNCION POLICIAL Y ACREDITADO FEHACIENTEMENTE, HASTA UN MAXIMO TOTAL DE 1,50
O) HABER IMPARTIDO CLASES EN CURSOS PROGRAMADOS POR LA DIVISION DE ENSEÑANZA Y PERFECCIONAMIENTO:
DESDE 0,05
HASTA UN MAXIMO TOTAL DE 1,00
P) ESTAR EN POSESION DE ALGUNOS DE LOS CINTURONES DE JUDO O KARATE SIGUIENTES:
NEGRO 1,00
MARRON 0,50
AZUL 0,30
VERDE 0,20
NARANJA 0,10
Q) ESTAR EN POSESION DE ALGUNO DE LOS SIGUIENTES TITULOS DE APTITUD DEPORTIVA:
DISTINTIVO DE ORO 0,20
DISTINTIVO DE PLATA 0,15
DISTINTIVO DE BRONCE 0,10
LA APRECIACION DE ALGUNO DE LOS MERITOS CONTENIDOS EN LOS APARTADOS P) Y Q) EXCLUYE LA DE LOS INFERIORES.
6. DEMERITOS
A) POR SANCIONES DISCIPLINARIAS NO CANCELADAS SE DESCONTARA DE LAS PUNTUACIONES TOTALES 1,00 PUNTO POR CADA FALTA LEVE.
B) LAS SANCIONES DISCIPLINARIAS NO CANCELADAS DE ENTIDAD SUPERIOR A FALTA LEVE SUPONDRAN LA NO ADMISIBILIDAD A LAS PRUEBAS PARA ASCENSO POR CONCURSO OPOSICION.
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