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Documento BOE-A-1986-10630

Corrección de errores del Real Decreto 2401/1985, de 27 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto Regulador de la Actividad de Distribuidor al por Mayor de Productos Petrolíferos Importados de la CEE.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 103, de 30 de abril de 1986, páginas 15467 a 15467 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Presidencia del Gobierno
Referencia:
BOE-A-1986-10630
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/1985/12/27/2401/corrigendum/19860430

TEXTO ORIGINAL

Advertidos errores en el texto remitido para su publicación del mencionado Real Decreto, inserto en el «Boletín Oficial del Estado» número 312, de fecha 30 de diciembre de 1985, se transcriben a continuación las siguientes rectificaciones:

En la página 40746, artículo 1.°, línea segunda, donde dice: «... el apartado 1, del artículo 2.°...», debe decir: «... el punto 1 del artículo 2.°...».

En la página 40746, articulo 1.°, línea tercera, donde dice: «... Monopolio de Petróleos, y que se...», debe decir «... Monopolio de Petróleos, que se...».

En la página 40746, artículo 2.°, línea primera del primer punto aparte, donde dice: «... jurídica que cumpliendo las...», debe decir: «... jurídica que, cumpliendo las...».

n la página 40746, artículo 2.° línea quinta, donde dice: «... apartado 1 del artículo 2.°», debe decir: «... punto 1 del artículo 2.°. ».

En la página 40746, artículo 4.°, línea segunda, donde dice: «... Ministerio de Industria y Energía por razón de...», debe decir. «... Ministerio de Industria y Energía, por razones de...».

En la página 40747, línea tercera, donde dice: «Fueloil», debe decir: «Fuelóleos».

En la página 40747, artículo 12, línea quinta, donde dice: «... comercio al por mayor a los operadores...», debe decir «... comercio al por menor a los operadores...».

En la página 40747, artículo 13, punto 1, líneas segunda y tercera, donde dice: «... realización de actividades con productos petrolíferos distintas de...», debe decir. «... realización de actividades, con productos petrolíferos, distintas de...».

En la página 40747, artículo 13, punto 1, línea cuarta, donde dice: «... Estatuto y que no estén...», debe decir. «... Estatuto o que no estén...».

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 30/04/1986
  • Esta norma se entiende implícitamente derogada por Real Decreto 2487/1994, de 23 de diciembre (Ref. BOE-A-1995-1741).
  • Fecha de derogación: 22/01/1995
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores del Real Decreto 2401/1985, de 27 de diciembre (Ref. BOE-A-1985-26894).
Materias
  • Carburantes y combustibles
  • Comunidad Económica Europea
  • Distribuidores
  • Estaciones de servicio
  • Estaciones invernales de montaña
  • Gas
  • Hidrocarburos
  • Importaciones
  • Ministerio de Industria y Energía
  • Monopolio de petróleos
  • Productos petrolíferos
  • Surtidores de combustible

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