ILUSTRISIMO SEÑOR:
EL REAL DECRETO 1485/1985, DE 28 DE AGOSTO, POR EL QUE SE DETERMINA LA ESTRUCTURA ORGANICA BASICA DEL MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, Y SE SUPRIME DETERMINADO ORGANISMO AUTONOMO DEL DEPARTAMENTO, SEÑALA EN SU DISPOSICION TRANSITORIA PRIMERA, 2, QUE <LAS UNIDADES Y PUESTOS DE TRABAJO CON NIVEL ORGANICO INFERIOR A SUBDIRECTOR GENERAL DE LOS ORGANOS SUPERIORES, CENTROS DIRECTIVOS Y ORGANISMOS AUTONOMOS, REFORMADOS O SUPRIMIDOS, CONTINUAN SUBSISTENTES EN TANTO NO SE ADOPTEN LAS CORRESPONDIENTES MEDIDAS DE DESARROLLO>.
POR OTRO LADO, LA DISPOSICION FINAL PRIMERA SEÑALA QUE: <EL MINISTRO DE ASUNTOS EXTERIORES DICTARA CUANTAS DISPOSICIONES SEAN NECESARIAS PARA LA EJECUCION Y CUMPLIMIENTO DE LO PREVISTO EN ESTE REAL DECRETO, PREVIA APROBACION DE LA PRESIDENCIA DEL GOBIERNO>.
LA DISPOSICION FINAL SEGUNDA SEÑALA TAMBIEN QUE <SIN PERJUICIO DE LO PREVISTO EN LA DISPOSICION FINAL ANTERIOR, EL MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, CON EL CONCURSO DE LA PRESIDENCIA DEL GOBIERNO, PROCEDERA EN EL PLAZO DE SEIS MESES, A PROMOVER LAS MEDIDAS NECESARIAS PARA EL PERFECCIONAMIENTO DE LA ACTIVIDAD DEL DEPARTAMENTO Y DE LAS ENTIDADES ADSCRITAS AL MISMO>.
POR TODO ELLO RESULTA NECESARIO COMPLETAR LA ESTRUCTURA BASICA ORGANICA DEL MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES HASTA EL NIVEL DE NEGOCIADO, DOTANDOLE ASI DE LOS INSTRUMENTOS ORGANIZATIVOS QUE LE PERMITAN UN PLENO Y EFICAZ DESARROLLO DE SUS FUNCIONES.
EN SU VIRTUD Y CON LA APROBACION DE LA PRESIDENCIA DEL GOBIERNO, DISPONGO:
ARTICULO 1.
MINISTRO.
UNO. COMO ORGANO DE ASISTENCIA INMEDIATA AL MINISTRO EXISTE UN GABINETE, CUYO TITULAR TIENE RANGO DE DIRECTOR GENERAL, DE ACUERDO CON LO QUE SE DETERMINA EN EL REAL DECRETO 3775/1982, DE 22 DE DICIEMBRE, Y NORMAS COMPLEMENTARIAS.
DOS. DEPENDEN DIRECTAMENTE DEL TITULAR DEL DEPARTAMENTO LOS ORGANOS SIGUIENTES:
SERVICIOS DE PROTOCOLO, CANCILLERIA Y ORDENES, CUYA JEFATURA CORRESPONDE AL INTRODUCTOR DE EMBAJADORES, CON CATEGORIA DE DIRECTOR GENERAL. CUENTA CON DOS JEFES ADJUNTOS CON CATEGORIA DE SUBDIRECTOR GENERAL, UNO DE LOS CUALES ESTARA ADSCRITO A LA SECRETARIA DE SU MAJESTAD EL REY.
DIRECCION GENERAL DE LA OFICINA DE INFORMACION DIPLOMATICA, DE LA QUE DEPENDE UNA SUBDIRECCION GENERAL DE LA OFICINA DE INFORMACION DIPLOMATICA.
GABINETE DE ANALISIS Y PREVISION DE POLITICA EXTERIOR, CON NIVEL ORGANICO DE SUBDIRECCION GENERAL.
TRES. CORRESPONDE AL GABINETE DE ANALISIS Y PREVISION, EN EL MARCO FIJADO POR EL TITULAR DEL DEPARTAMENTO:
EL ESTUDIO Y VALORACION DE CUESTIONES RELACIONADAS CON LA POLITICA EXTERIOR, COMO ELEMENTO PARA LA ADOPCION DE DECISIONES EN ESTE CAMPO.
LA OBTENCION Y PROCEDIMIENTO DE INFORMACION, RELEVANTE PARA SUS ANALISIS, YA SEA DE CARACTER DOCUMENTAL O MEDIANTE LA RELACION CON OTROS ORGANOS DE LA ADMINISTRACION, INSTITUCIONES ACADEMICAS Y CENTROS DE INVESTIGACION, O CUALQUIER OTRA FUENTE INFORMATIVA, TANTO EN ESPAÑA COMO EN EL EXTRANJERO.
LA ELABORACION DE INFORMES O DE PROPUESTAS CONCRETAS A SOLICITUD DEL TITULAR DEL DEPARTAMENTO, DE SUS CENTROS DIRECTIVOS O A INICIATIVA PROPIA.
DEL GABINETE DE ANALISIS Y PREVISION DE POLITICA EXTERIOR DEPENDEN LAS SIGUIENTES UNIDADES: 1. SECCION DE ANALISIS DE POLITICA INTERNACIONAL.
2. SECCION DE ASUNTOS ECONOMICOS Y TECNOLOGICOS INTERNACIONALES.
3. NEGOCIADO DE DOCUMENTACION.
CUATRO. ASISTE AL TITULAR DEL DEPARTAMENTO UN CONSEJO SUPERIOR DE ASUNTOS EXTERIORES, CUYA COMPOSICION Y FUNCIONES SE REGULAN POR SUS DISPOSICIONES ESPECIFICAS.
ART. 2.
SERVICIOS DE PROTOCOLO, CANCILLERIA Y ORDENES.
UNO. DE LOS SERVICIOS DE PROTOCOLO, CANCILLERIA Y ORDENES, CUYA JEFATURA SUPERIOR CORRESPONDERA AL INTRODUCTOR DE EMBAJADORES, CON CATEGORIA DE DIRECTOR GENERAL, Y QUE TENDRA EL TRATAMIENTO DE EMBAJADOR DE ESPAÑA POR LA DURACION DEL CARGO, DEPENDEN LAS SIGUIENTES UNIDADES:
PRIMERA JEFATURA ADJUNTA DE PROTOCOLO, CON CATEGORIA DE SUBDIRECCION GENERAL.
SEGUNDA JEFATURA ADJUNTA DE PROTOCOLO, DESTACADA EN LA CASA DE SU MAJESTAD EL REY, CON CATEGORIA DE SUBDIRECCION GENERAL.
DIRECCION DE ASUNTOS GENERALES, CON NIVEL ORGANICO DE SERVICIO, DE LA QUE DEPENDE EL NEGOCIADO DE:
REGISTRO Y ARCHIVO.
DOS. DE LA PRIMERA JEFATURA ADJUNTA DE PROTOCOLO DEPENDEN LAS SIGUIENTES UNIDADES: 1. DIRECCION CEREMONIAL, CON NIVEL ORGANICO DE SERVICIO.
1.1. SECCION DE ORDENES Y CONDECORACIONES, CANCILLERIA DE LAS ORDENES DE ISABEL LA CATOLICA Y DEL MERITO CIVIL CON DOS NEGOCIADOS DE:
PROTOCOLO.
CREDENCIALES Y PLENIPOTENCIAS.
2. DIRECCION DE CANCILLERIA, CON NIVEL ORGANICO DE SERVICIO.
2.1. SECCION DE SEGURIDAD DIPLOMATICA CON UN NEGOCIADO DE:
INTERVENCION DE ARMAS.
2.2. SECCION DE PERSONAL DE MISIONES DIPLOMATICAS Y ORGANISMOS INTERNACIONALES, 2.3. SECCION DE PERSONAL DE CONSULADOS.
2.4. SECCION DE FRANQUICIAS GENERALES.
2.5. SECCION DE FRANQUICIAS DE AUTOVEHICULOS.
3. DIRECCION DE VIAJES Y VISITAS OFICIALES CON NIVEL ORGANICO DE SERVICIO, CON TRES NEGOCIADOS DE:
VIAJES.
VISITAS.
VEHICULOS OFICIALES.
ART. 3.
OFICINA DE INFORMACION DIPLOMATICA.
UNO. DE LA DIRECCION GENERAL DE LA OFICINA DE INFORMACION DIPLOMATICA, DEPENDEN LAS SIGUIENTES UNIDADES:
SUBDIRECCION GENERAL DE LA OFICINA DE INFORMACION DIPLOMATICA.
DIRECCION DE ASUNTOS GENERALES CON NIVEL ORGANICO DE SERVICIO, DE LA QUE DEPENDE EL NEGOCIADO DE:
REGISTRO Y ARCHIVO.
DOS. DE LA SUBDIRECCION GENERAL DE LA OFICINA DE INFORMACION DIPLOMATICA DEPENDEN LAS SIGUIENTES UNIDADES:
1. DIRECCION DE RELACIONES CON LOS MEDIOS DE COMUNICACION CON EL NIVEL ORGANICO QUE SE LE ATRIBUYE EN EL CATALOGO.
1.1. SECCION DE MEDIOS DE COMUNICACION CON UN NEGOCIADO DE:
SEGUIMIENTO AUDIOVISUAL.
2. DIRECCION DE ORGANIZACION TECNICA CON NIVEL ORGANICO DE SERVICIO.
2.1. SECCION DE CLASIFICACION Y ENVIOS AL EXTRANJERO CON UN NEGOCIADO DE:
CLASIFICACION Y ENVIOS AL EXTRANJERO.
2.2. SECCION DE PRODUCCION INFORMATIVA CON TRES NEGOCIADOS DE:
PRODUCCION.
COMPOSICION.
COORDINACION TECNICA.
3. SECCION DE DIFUSION INFORMATIVA CON UN NEGOCIADO DE:
REDACCION DE INFORMACIONES.
4. SECCION DE DOCUMENTACION INFORMATIVA Y TRADUCCIONES CON TRES NEGOCIADOS TRADUCCIONES.
ANALISIS INFORMATIVO.
ESTUDIOS MONOGRAFICOS.
TRES. DE LA SUBDIRECCION GENERAL DE LA OFICINA DE INFORMACION DIPLOMATICA DEPENDEN, ASIMISMO, DOS SECCIONES DE GUARDIA DE RECEPCION Y TRANSMISION DE INFORMACIONES Y TRES NEGOCIADOS DE GUARDIA DE RECEPCION Y TRANSMISION DE INFORMACIONES.
ART. 4.
SECRETARIA DE ESTADO PARA LAS COMUNIDADES EUROPEAS.
UNO. LA SECRETARIA DE ESTADO PARA LAS COMUNIDADES EUROPEAS, CUYAS COMPETENCIAS SE SEÑALAN EN EL ARTICULO 2. , UNO, DEL REAL DECRETO 1485/1985, DE 28 DE AGOSTO, SE ESTRUCTURA EN:
SECRETARIA GENERAL PARA LAS COMUNIDADES EUROPEAS, CON RANGO DE SUBSECRETARIA. DOS. COMO ORGANO DE ASISTENCIA INMEDIATA AL SECRETARIO DE ESTADO EXISTE UN GABINETE, DE ACUERDO CON LO QUE SE DETERMINA EN EL REAL DECRETO 3775/1982, DE 22 DE DICIEMBRE.
ART. 5.
SECRETARIA GENERAL PARA LAS COMUNIDADES EUROPEAS.
UNO. LA SECRETARIA GENERAL PARA LAS COMUNIDADES EUROPEAS, CUYAS COMPETENCIAS SE SEÑALAN EN EL ARTICULO 3. , UNO, DEL REAL DECRETO 1485/1985, DE 28 DE AGOSTO, SE ESTRUCTURA EN LOS SIGUIENTES CENTROS DIRECTIVOS:
DIRECCION GENERAL DE COORDINACION TECNICA COMUNITARIA.
DIRECCION GENERAL DE COORDINACION JURIDICA E INSTITUCIONAL COMUNITARIA.
DOS. COMO ORGANO DE ASISTENCIA INMEDIATA AL SECRETARIO GENERAL EXISTE UN GABINETE TECNICO, CON EL NIVEL ORGANICO DE SUBDIRECCION GENERAL, DEL QUE DEPENDEN:
1. SERVICIO DE DOCUMENTACION, ARCHIVO Y BIBLIOTECA.
1.1. SECCION DE DOCUMENTACION Y BIBLIOTECA CON UN NEGOCIADO DE:
ARCHIVO.
2. UNIDAD TECNICA DE SISTEMAS ADMINISTRATIVOS. BASE DE DATOS.
2.1. SECCION DE SISTEMAS INFORMATIVOS, CON DOS NEGOCIADOS DE:
INFORMATICA.
PROGRAMACION.
3. SECCION DE REGISTRO Y DISTRIBUCION, CON TRES NEGOCIADOS DE:
REGISTRO.
CODIFICACION.
DISTRIBUCION INTERMINISTERIAL.
4. SECCION DE CAJA-CONTADURIA, CON UN NEGOCIADO DE:
CONTABILIDAD.
5. NEGOCIADO DE DESPACHO.
ART. 6.
DIRECCION GENERAL DE COORDINACION TECNICA COMUNITARIA.
UNO. LA DIRECCION GENERAL DE COORDINACION TECNICA COMUNITARIA, CUYAS COMPETENCIAS SE SEÑALAN EN EL ARTICULO 4. , UNO, DEL REAL DECRETO 1485/1985, DE 28 DE AGOSTO, SE ESTRUCTURA EN LAS SIGUIENTES UNIDADES:
SUBDIRECCION GENERAL DE COORDINACION COMUNITARIA PARA ASUNTOS AGRICOLAS Y DE SUBDIRECCION GENERAL DE COORDINACION COMUNITARIA PARA ASUNTOS ECONOMICOS, FINANCIEROS Y SOCIALES.
SUBDIRECCION GENERAL DE COORDINACION COMUNITARIA PARA ASUNTOS ADUANEROS Y COMERCIALES.
SUBDIRECCION GENERAL DE COORDINACION COMUNITARIA PARA ASUNTOS INDUSTRIALES, ENERGETICOS Y DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES.
DOS. DE LA DIRECCION GENERAL DE COORDINACION TECNICA COMUNITARIA DEPENDE, ASIMISMO, LA SIGUIENTE UNIDAD:
1. SECCION DE COORDINACION TECNICA COMUNITARIA, CON UN NEGOCIADO DE:
COORDINACION.
TRES. DE LA SUBDIRECCION GENERAL DE COORDINACION COMUNITARIA PARA ASUNTOS AGRICOLAS Y DE PESCA DEPENDEN LAS SIGUIENTES UNIDADES:
1. SERVICIO DE AGRICULTURA, CON UN NEGOCIADO DE:
AGRICULTURA.
2. SERVICIO DE PESCA.
CUATRO. DE LA SUBDIRECCION GENERAL DE COORDINACION COMUNITARIA PARA ASUNTOS ECONOMICOS, FINANCIEROS Y SOCIALES DEPENDEN LAS SIGUIENTES UNIDADES:
1. SERVICIO DE ASUNTOS FISCALES Y PRESUPUESTARIOS, CON UN NEGOCIADO DE:
ASUNTOS FISCALES Y PRESUPUESTARIOS.
2. SERVICIO DE ASUNTOS ECONOMICOS Y FONDOS ESTRUCTURALES.
CINCO. DE LA SUBDIRECCION GENERAL DE COORDINACION COMUNITARIA PARA ASUNTOS ADUANEROS Y COMERCIALES DEPENDEN LAS SIGUIENTES UNIDADES:
2. SERVICIO DE ASUNTOS COMERCIALES.
SEIS. DE LA SUBDIRECCION GENERAL DE COORDINACION COMUNITARIA PARA ASUNTOS INDUSTRIALES, ENERGETICOS Y DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES DEPENDE LA SIGUIENTE UNIDAD: 1. SERVICIO DE ASUNTOS ENERGETICOS.
ART. 7.
DIRECCION GENERAL DE COORDINACION JURIDICA E INSTITUCIONAL COMUNITARIA.
UNO. LA DIRECCION GENERAL DE COORDINACION JURIDICA E INSTITUCIONAL COMUNITARIA, CUYAS COMPETENCIAS SE SEÑALAN EN EL ARTICULO 5., UNO, DEL REAL DECRETO 1485/1985, DE 28 DE AGOSTO, SE ESTRUCTURA EN LAS SIGUIENTES UNIDADES:
SUBDIRECCION GENERAL DE COORDINACION COMUNITARIA PARA ASUNTOS JURIDICOS.
SUBDIRECCION GENERAL DE COORDINACION COMUNITARIA PARA LAS RELACIONES INSTITUCIONALES.
DOS. DE LA DIRECCION GENERAL DE COORDINACION JURIDICA E INSTITUCIONAL COMUNITARIA DEPENDE, ASIMISMO, LA SIGUIENTE UNIDAD:
1. SECCION DE COORDINACION JURIDICA E INSTITUCIONAL COMUNITARIA, CON UN NEGOCIADO DE:
COORDINACION.
TRES. DE LA SUBDIRECCION GENERAL DE COORDINACION COMUNITARIA PARA ASUNTOS JURIDICOS DEPENDEN LAS SIGUIENTES UNIDADES:
1. SERVICIO DE DERECHO COMUNITARIO, CON UN NEGOCIADO DE:
DERECHO COMUNITARIO.
2. SERVICIO DE COMPETENCIA, ACCIONES Y RECURSOS.
CUATRO. DE LA SUBDIRECCION GENERAL DE COORDINACION COMUNITARIA PARA LAS RELACIONES INSTITUCIONALES DEPENDE LA SIGUIENTE UNIDAD:
1. SERVICIO DE INSTITUCIONES COMUNITARIAS, CON UN NEGOCIADO DE:
INSTITUCIONES COMUNITARIAS.
ART. 8.
SECRETARIA DE ESTADO PARA LA COOPERACION INTERNACIONAL Y PARA IBEROAMERICA.
UNO. LA SECRETARIA DE ESTADO PARA LA COOPERACION INTERNACIONAL Y PARA IBEROAMERICA, CUYAS COMPETENCIAS SE SEÑALAN EN EL ARTICULO 6. , UNO, DEL REAL DECRETO 1485/1985 DE 28 DE AGOSTO, SE ESTRUCTURA EN LOS SIGUIENTES CENTROS DIRECTIVOS:
DIRECCION GENERAL DE RELACIONES CULTURALES.
DIRECCION GENERAL DE COOPERACION TECNICA INTERNACIONAL.
DIRECCION GENERAL DE RELACIONES ECONOMICAS INTERNACIONALES.
DOS. A TRAVES DE ESTA SECRETARIA DE ESTADO ESTAN ADSCRITOS AL DEPARTAMENTO, LOS ORGANISMOS AUTONOMOS: INSTITUTO DE COOPERACION IBEROAMERICANO E INSTITUTO HISPANO-ARABE DE CULTURA.
TRES. LA SECRETARIA DE ESTADO PARA LA COOPERACION INTERNACIONAL Y PARA IBEROAMERICA TIENE COMO ORGANO DE APOYO Y ASISTENCIA INMEDIATA UN GABINETE, CON NIVEL ORGANICO DE DIRECCION GENERAL, DE ACUERDO CON LO QUE SE DETERMINA EN EL REAL DECRETO 3775/1982, DE 22 DE DICIEMBRE.
CUATRO. DEPENDE DIRECTAMENTE DE LA SECRETARIA DE ESTADO PARA LA COOPERACION INTERNACIONAL Y PARA IBEROAMERICA LA OFICINA DE COOPERACION CON GUINEA ECUATORIAL, CON NIVEL ORGANICO DE SUBDIRECCION GENERAL.
CINCO. ESTA ADSCRITA A ESTA SECRETARIA DE ESTADO LA COMISION NACIONAL PARA LA CONMEMORACION DEL V CENTENARIO DEL DESCUBRIMIENTO DE AMERICA, QUE SE REGULA POR SUS DISPOSICIONES ESPECIFICAS.
ART. 9.
DIRECCION GENERAL DE RELACIONES CULTURALES.
UNO. LA DIRECCION GENERAL DE RELACIONES CULTURALES, CUYAS COMPETENCIAS SE SEÑALAN EN EL ARTICULO 7. , UNO, DEL REAL DECRETO 1485/1985, DE 28 DE AGOSTO, SE ESTRUCTURA EN LAS SIGUIENTES UNIDADES:
SUBDIRECCION GENERAL DE ACCION Y COOPERACION CULTURAL.
SUBDIRECCION GENERAL DE SERVICIOS CULTURALES.
DIRECCION DE ASUNTOS GENERALES CON NIVEL ORGANICO DE SERVICIO, CON TRES NEGOCIADOS DE:
GESTION CONTABLE.
CONTABILIDAD.
ARCHIVO.
SECRETARIA DE LA COMISION NACIONAL ESPAÑOLA DE COOPERACION CON LA UNESCO, CON NIVEL ORGANICO DE SERVICIO.
DOS. DE LA SUBDIRECCION GENERAL DE ACCION Y COOPERACION CULTURAL DEPENDEN LAS SIGUIENTES UNIDADES:
1. DIRECCION DE COOPERACION CULTURAL CON NIVEL ORGANICO DE SERVICIO.
1.1 SECCION DE COMISIONES MIXTAS, CON UN NEGOCIADO DE:
GESTION ADMINISTRATIVA.
1.2 SECCION DE ORGANISMOS Y CONFERENCIAS CULTURALES, CON UN NEGOCIADO DE:
GESTION ADMINISTRATIVA.
2. DIRECCION DE ACCION CULTURAL INSTITUCIONAL,CON NIVEL ORGANICO DE SERVICIO, CON DOS NEGOCIADOS DE:
INSTITUCIONES CUTURALES Y LECTORADOS.
OFICINAS CULTURALES.
CUATRO. DE LA SUBDIRECCION GENERAL DE SERVICIOS CULTURALES DEPENDEN LAS SIGUIENTES UNIDADES:
1. DIRECCION DE INTERCAMBIOS Y BECAS, CON NIVEL ORGANICO DE SERVICIO.
1.1 SECCION DE INTERCAMBIOS, CON UN NEGOCIADO.
1.2 SECCION DE BECAS Y ASISTENCIA UNIVERSITARIA, CON UN NEGOCIADO.
2. DIRECCION DE ACTIVIDADES ARTISTICAS, CON NIVEL ORGANICO DE SERVICIO.
2.1 SECCION DE GIRAS ARTISTICAS, CON UN NEGOCIADO.
2.2 SECCION DE EXPOSICIONES, CON DOS NEGOCIADOS DE:
EXPOSICIONES.
CINE Y VIDEO.
3. SECRETARIA EJECUTIVA DEL COMITE CULTURAL HISPANO-NORTEAMERICANO, CON NIVEL ORGANICO DE SERVICIO.
ART. 10.
DIRECCION GENERAL DE COOPERACION TECNICA INTERNACIONAL.
UNO. LA DIRECCION GENERAL DE COOPERACION TECNICA INTERNACIONAL, CUYAS COMPETENCIAS SE SEÑALAN EN EL ARTICULO 8. , UNO, DEL REAL DECRETO 1485/1985, DE 28 DE AGOSTO, SE ESTRUCTURA EN LAS SIGUIENTES UNIDADES:
SUBDIRECCION GENERAL DE COOPERACION TECNICA Y CCIENTIFICA.
SUBDIRECCION GENERAL DE COOPERACION TERRESTRE, MARITIMA Y AEREA.
SUBDIRECCION GENERAL DE ASUNTOS ENERGETICOS.
DIRECCION DE ASUNTOS GENERALES, CON NIVEL ORGANICO DE SERVICIO, CON UN NEGOCIADO DE:
REGISTRO Y ARCHIVO.
DOS. DE LA SUBDIRECCION GENERAL DE COOPERACION TECNICA Y CIENTIFICA DEPENDEN LAS SIGUIENTES UNIDADES:
1. DIRECCION DE COOPERACION CON IBEROAMERICA, CON NIVEL ORGANICO DE SERVICIO.
2. DIRECCION DE COOPERACION CON AFRICA, ASIA Y OCEANIA, CON NIVEL ORGANICO DE SERVICIO.
3. SECCION DE COOPERACION CON EUROPA Y AMERICA DEL NORTE, CON UN NEGOCIADO COOPERACION CIENTIFICA CON NORTEAMERICA.
4. SECCION DE EJECUCION DE ACUERDOS Y PROGRAMAS DE COOPERACION Y ASISTENCIA TECNICA, CON UN NEGOCIADO DE:
CONTABILIDAD Y GESTION ADMINISTRATIVA.
5. SECCION DE RECLUTAMIENTO Y COORDINACION.
TRES. DE LA SUBDIRECCION GENERAL DE COOPERACION TERRESTRE, MARITIMA Y AEREA DEPENDEN LAS SIGUIENTES UNIDADES:
1. DIRECCION DE COOPERACION TERRESTRE Y MARITIMA, CON NIVEL ORGANICO DE SERVICIO, CON UN NEGOCIADO DE:
DOCUMENTACION TERRESTRE Y MARITIMA.
2. DIRECCION DE COOPERACION AEREA Y ESPACIAL, CON NIVEL ORGANICO DE SERVICIO, CON UN NEGOCADO DE:
DOCUMENTACION AEREA Y ESPACIAL.
CUATRO. DE LA SUBDIRECCION GENERAL DE ASUNTOS ENERGETICOS DEPENDEN LAS SIGUIENTES UNIDADES:
1. DIRECCION DE ASUNTOS TECNICOS ENERGETICOS, CON NIVEL ORGANICO DE SERVICIO.
1.1 SECCION DE ENERGIA NUCLEAR Y NUEVAS FUENTES ENERGETICAS.
ART. 11.
DIRECCION GENERAL DE RELACIONES ECONOMICAS INTERNACIONALES.
UNO. LA DIRECCION GENERAL DE RELACIONES ECONOMICAS INTERNACIONALES, CUYAS COMPETENCIAS SE SEÑALAN EN EL ARTICULO 9. , UNO, DEL REAL DECRETO 1485/1985, DE 28 DE AGOSTO, SE ESTRUCTURA EN LAS SIGUIENTES UNIDADES:
SUBDIRECCION GENERAL DE RELACIONES ECONOMICAS MULTILATERALES.
SUBDIRECCION GENERAL DE RELACIONES ECONOMICAS BILATERALES CON PAISES NO EUROPEOS.
SUBDIRECCION GENERAL DE RELACIONES ECONOMICAS BILATERALES CON PAISES EUROPEOS Y ZONAS EUROPEAS DE LIBRE CAMBIO.
DOS. DE LA DIRECCION GENERAL DE RELACIONES ECONOMICAS INTERNACIONALES DEPENDE, ASIMISMO, LA SIGUIENTE UNIDAD:
1. SECCION DE ESTUDIOS Y DOCUMENTACION, CON TRES NEGOCIADOS DE:
ARCHIVO.
DOCUMENTACION.
COORDINACION ADMINISTRATIVA.
TRES. DE LA SUBDIRECCION GENERAL DE RELACIONES ECONOMICAS MULTILATERALES DEPENDEN LAS SIGUIENTES UNIDADES:
1. DIRECCION DE ORGANISMOS INTERNACIONALES COMERCIALES, CON NIVEL ORGANICO DE SERVICIO.
2. DIRECCION DE ORGANISMOS INTERNACIONALES DE COOPERACION Y DESARROLLO, FINANCIEROS, DE ESTUDIOS Y COORDINACION, CON NIVEL ORGANICO DE SERVICIO.
2.1 SECCION DE ORGANISMOS FINANCIEROS INTERNACIONALES DE COOPERACION Y DESARROLLO.
2.2 SECCION DE ORGANISMOS ECONOMICOS INTERNACIONALES DE ESTUDIO Y COORDINACION DE LAS POLITICAS DE COOPERACION Y DESARROLLO.
3. NEGOCIADO DE GESTION ADMINISTRATIVA.
4. NEGOCIADO DE DOCUMENTACION.
CUATRO. DE LA SUBDIRECCION GENERAL DE RELACIONES ECONOMICAS BILATERALES CON PAISES NO EUROPEOS DEPENDEN LAS SIGUIENTES UNIDADES:
1. DIRECCION DE RELACIONES ECONOMICAS, CON AMERICA CON NIVEL ORGANICO DE SERVICIO.
1.1 SECCION DE RELACIONES ECONOMICAS CON PAISES DE IBEROAMERICA.
2. DIRECCION DE RELACIONES ECONOMICAS CON ASIA Y PACIFICO, CON NIVEL ORGANICO DE SERVICIO.
3. DIRECCION DE RELACIONES ECONOMICAS CON AFRICA Y MEDIO ORIENTE, CON NIVEL ORGANICO DE SERVICIO.
3.1 SECCION DE RELACIONES ECONOMICAS CON PAISES SUBSAHARIANOS.
4. NEGOCIADO DE GESTION ADMINISTRATIVA.
5. NEGOCIADO DE DOCUMENTACION.
CINCO. DE LA SUBDIRECCION GENERAL DE RELACIONES ECONOMICAS BILATERALES CON PAISES EUROPEOS Y ZONAS EUROPEAS DE LIBRE CAMBIO DEPENDEN LAS SIGUIENTES UNIDADES:
1. DIRECCION DE RELACIONES ECONOMICAS CON EUROPA OCCIDENTAL, CON NIVEL ORGANICO DE SERVICIO.
1.1 SECCION DE RELACIONES ECONOMICAS CON ZONAS DE LIBRE CAMBIO.
2. DIRECCION DE RELACIONES ECONOMICAS CON EUROPA ORIENTAL CON NIVEL ORGANICO DE SERVICIO.
2.1 SECCION DE RELACIONES ECONOMICAS CON ZONAS DE INTEGRACION Y DE COOPERACION ECONOMICA.
3. NEGOCIADO DE GESTION ADMINISTRATIVA.
4. NEGOCIADO DE DOCUMENTACION.
T. 12.
SUBSECRETARIA DE ASUNTOS EXTERIORES.
UNO. LA SUBSECRETARIA DE ASUNTOS EXTERIORES, CON LAS COMPETENCIAS QUE SE SEÑALAN EN EL ARTICULO 10, UNO, DEL REAL DECRETO 1485/1985, DE 28 DE AGOSTO, SE ESTRUCTURA EN LOS SIGUIENTES CENTROS DIRECTIVOS:
SECRETARIA GENERAL TECNICA.
DIRECCION GENERAL DEL SERVICIO EXTERIOR.
DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS CONSULARES.
DOS. DEPENDEN DIRECTAMENTE DE LA SUBSECRETARIA LAS SIGUIENTES SUBDIRECCIONES GENERALES:
GABINETE TECNICO.
OFICINA PRESUPUESTARIA.
ASESORIA JURIDICA INTERNACIONAL.
INSPECCION GENERAL DE SERVICIOS.
TRES. EL GABINETE TECNICO, CUYO JEFE TIENE NIVEL ORGANICO DE SUBDIRECTOR GENERAL, ES EL ORGANO DE ASISTENCIA INMEDIATA DE LA SUBSECRETARIA.
DEL GABINETE TECNICO DEPENDEN LAS SIGUIENTES UNIDADES:
1. DIRECCION DE ASUNTOS POLITICOS, CON NIVEL ORGANICO DE SERVICIO.
1.1 SECCION DE DESPACHO.
2. SECCION DE ESTUDIOS.
3. NEGOCIADO DE ARCHIVO.
CUATRO. DE LA OFICINA PRESUPUESTARIA, QUE EJERCE LAS FUNCIONES QUE LE ATRIBUYE EL REAL DECRETO 2855/1979, DE 21 DE DICIEMBRE, DEPENDEN LAS SIGUIENTES UNIDADES:
1. DIRECCION DE PRESUPUESTOS Y PROGRAMAS, CON NIVEL ORGANICO DE SERVICIO.
1.1 SECCION DE ELABORACION DEL PRESUPUESTO, CON DOS NEGOCIADOS DE:
PRESUPUESTOS DEL DEPARTAMENTO.
PRESUPUESTOS DE ORGANISMOS AUTONOMOS.
2. DIRECCION DE SEGUIMIENTO DEL PRESUPUESTO Y CONTABILIDAD, CON NIVEL ORGANICO DE SERVICIO.
2.1 SECCION DE ANALISIS Y COSTES, CON UN NEGOCIADO DE:
REVISION Y CONTROL.
CINCO. LA ASESORIA JURIDICA INTERNACIONAL CUENTA CON UNA JEFATURA ADJUNTA Y CON ASESORES JURIDICOS EN EL NUMERO Y CON LOS NIVELES QUE SE DETERMINEN EN EL CATALOGO.
DE LA ASESORIA JURIDICA INTERNACIONAL DEPENDE LA SIGUIENTE UNIDAD:
NEGOCIADO DE ARCHIVO Y REGISTRO.
SEIS. LA INSPECCION GENERAL DE SERVICIOS, CUYO JEFE TIENE RANGO DE EMBAJADOR EN EL EJERCICIO DE SU FUNCION EN EL EXTRANJERO, CUENTA CON INSPECTORES GENERALES DE SERVICIO CON EL NIVEL ORGANICO Y EN EL NUMERO QUE SE DETERMINEN EN EL CATALOGO.
DE LA INSPECCION GENERAL DE SERVICIOS DEPENDE LA SIGUIENTE UNIDAD:
1. SECCION DE ASUNTOS GENERALES.
SIETE. ASIMISMO DEPENDEN DIRECTAMENTE DE LA SUBSECRETARIA, CON EL NIVEL ORGANICO QUE SE DETERMINE EN EL CATALOGO, LAS SIGUIENTES UNIDADES:
DIRECCION DE RELACIONES CON LA SANTA SEDE, DE LA QUE DEPENDEN LAS SIGUIENTES UNIDADES: 1. NEGOCIADO DE ASUNTOS CONCORDATORIOS.
2. NEGOCIADO DE OBRA PIA.
DIRECCION DE SEGURIDAD.
OCHO. SIN PERJUICIO DE LA DEPENDENCIA FUNCIONAL DE LOS CORRESPONDIENTES MINISTERIOS, QUEDAN ADSCRITAS A LA SUBSECRETARIA LAS SIGUIENTE UNIDADES:
INTERVENCION DELEGADA DE LA INTERVENCION GENERAL DEL ESTADO.
ASESORIA ECONOMICA, CON NIVEL ORGANICO DE SUBDIRECCION GENERAL. DE LA ASESORIA ECONOMICA DEPENDE LA SIGUIENTE UNIDAD:
1. SECCION DE ASESORIA ECONOMICA SERVICIO JURIDICO DEL ESTADO EN EL MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, CON LA COMPETENCIA Y COMPOSICION ESTABLECIDA EN LOS REALES DECRETOS 849/1985 Y 850/1985, AMBOS DE 5 DE JUNIO. DEL SERVICIO JURIDICO DEL ESTADO EN EL MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES DEPENDE LA SIGUIENTE UNIDAD:
NEGOCIADO DE ARCHIVO Y REGISTRO.
NUEVE. AL SUBSECRETARIO DE ASUNTOS EXTERIORES LE CORRESPONDE LA PRESIDENCIA DE LOS SIGUIENTES ORGANOS COLEGIADOS:
JUNTA DE RETRIBUCIONES DE ASUNTOS EXTERIORES.
COMISION PRESUPUESTARIA.
COMISION ASESORA DE PUBLICACIONES.
DIEZ. QUEDAN ADSCRITAS A LA SUBSECRETARIA LAS COMISIONES INTERMINISTERIALES DE LIMITES CON PORTUGAL Y FRANCIA, DE FERROCARRILES TRANSPIRENAICOS Y DE RIOS FRONTERIZOS, CUYA PRESIDENCIA TENDRA EL NIVEL ORGANICO QUE SE DETERMINE EN EL CATALOGO.
LAS COMISIONES CUENTAN CON UNA SECRETARIA TECNICA, CON NIVEL ORGANICO DE SECCION.
ONCE. DEPENDE, ASIMISMO, DE LA SUBSECRETARIA LA ESCUELA DIPLOMATICA, QUE SE RIGE POR SUS DISPOSICIONES ESPECIFICAS.
ART. 13.
SECRETARIA GENERAL TECNICA.
UNO. LA SECRETARIA GENERAL TECNICA, CON LAS COMPETENCIAS QUE SE SEÑALAN EN EL ARTICULO 11, UNO, DEL REAL DECRETO 1485/1985, DE 28 DE AGOSTO, Y LAS QUE DERIVAN DEL REAL DECRETO 1434/1985, DE 1 DE AGOSTO, SE ESTRUCTURA EN LAS SIGUIENTES UNIDADES:
VICESECRETARIA GENERAL TECNICA, CON NIVEL ORGANICO DE SUBDIRECCION GENERAL.
SUBDIRECCION GENERAL DE PLANIFICACION Y ORGANIZACION.
SUBDIRECCION GENERAL DE INFORMATICA.
GABINETE DE RELACIONES INSTITUCIONALES, CON EL NIVEL ORGANICO QUE DETERMINE EL CATALOGO.
GABINETE DE TRATADOS, CON EL NIVEL ORGANICO QUE DETERMINE EL CATALOGO.
CENTRO DE PUBLICACIONES, CON EL NIVEL ORGANICO QUE DETERMINE EL CATALOGO.
DIRECCION DE ASUNTOS GENERALES, CON NIVEL ORGANICO DE SERVICIO Y CON UN NEGOCIADO DE:
ARCHIVO Y REGISTRO.
DOS. AL SECRETARIO GENERAL TECNICO LE CORRESPONDE LA PRESIDENCIA DE LOS SIGUIENTES ORGANOS COLEGIADOS:
COMISION MINISTERIAL DE INFORMATICA.
COMISION MINISTERIAL DE MOVILIZACION.
COMISION ASESORA DE PUBLICACIONES (PRESIDIDA POR DELEGACION DEL SUBSECRETARIO).
TRES. DE LA VICESECRETARIA GENERAL TECNICA DEPENDEN LAS SIGUIENTES UNIDADES:
1. DIRECCION DE INFORMES Y LEGISLACION, CON NIVEL ORGANICO DE SERVICIO.
1.1 SECCION DE ESTUDIOS E INFORMES DEL CONSEJO DE MINISTROS, CON UN NEGOCIADO DE: TRAMITACION DE ASUNTOS DEL CONSEJO DE MINISTROS.
1.2 SECCION DE COORDINACION LEGISLATIVA, CON UN NEGOCIADO DE:
TRAMITACION DE DISPOSICIONES GENERALES.
2. OFICINA DE INTERPRETACION DE LENGUAS CON NIVEL ORGANICO DE SERVICIO.
2.1 SECCION DE INTERPRETACION ESCRITA AL ESPAÑOL.
2.2 SECCION DE TRADUCCION A IDIOMAS EXTRANJEROS E INTERPRETACION ORAL.
LA OFICINA DE INTERPRETACION DE LENGUAS CUENTA, ASIMISMO, CON FUNCIONARIOS DE LA CARRERA DE INTERPRETACION DE LENGUAS, EN EL NUMERO Y CON EL NIVEL QUE SE DETERMINA EN EL CATALOGO DE PUESTOS DE TRABAJO DEL MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES.
CUATRO. DE LA SUBDIRECCION GENERAL DE PLANIFICACION Y ORGANIZACION DEPENDERAN LAS SIGUIENTES UNIDADES:
1. DIRECCION DE PLANIFICACION, CON NIVEL ORGANICO DE SERVICIO.
1.1 SECCION DE ANALISIS DE LAS ESTRUCTURAS ORGANICAS, CON UN NEGOCIADO DE:
DOCUMENTACION.
1.2 SECCION DE ESTUDIOS DEL SERVICIO EXTERIOR, CON UN NEGOCIADO DE:
ESTUDIOS.
CINCO. DE LA SUBDIRECCION GENERAL DE INFORMATICA DEPENDEN LAS SIGUIENTES UNIDADES: 1. SERVICIO DE INFORMATICA.
1.1 SECCION DE CONTROL DE PRODUCCION.
1.2 SECCION DE SEGUIMIENTO DE PROYECTOS.
2. NEGOCIADO DE ASUNTOS GENERALES ASIMISMO DEPENDE DE LA SUBDIRECCION GENERAL DE INFORMATICA EL CENTRO DE PROCESO DE DATOS.
SEIS. DEL GABINETE DE RELACIONES INSTITUCIONALES DEPENDEN LAS SIGUIENTES UNIDADES: 1. SECCION DE RELACIONES CON LAS CORTES, CON UN NEGOCIADO DE:
TRAMITACION DE ASUNTOS DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS.
2. SECCION DE RELACIONES CON LAS COMUNIDADES AUTONOMAS, CON UN NEGOCIADO ASISTENCIA TECNICA.
SIETE. DEL GABINETE DE TRATADOS DEPENDEN LAS SIGUIENTES UNIDADES:
1. SECCION DE TRATADOS BILATERALES, CON UN NEGOCIADO DE:
TRAMITACION Y REGISTRO DE TRATADOS.
2. SECCION DE TRATADOS MULTILATERALES, CON UN NEGOCIADO DE:
TRAMITACION Y REGISTRO DE TRATADOS.
OCHO. DEL CENTRO DE PUBLICACIONES Y DOCUMENTACION DEPENDEN LAS UNIDADES SIGUIENTES: 1. SERVICIO DE PUBLICACIONES 1.1 SECCION DE PUBLICACIONES, CON UN NEGOCIADO DE:
PUBLICACIONES.
1.2 SECCION DE ARCHIVO GENERAL Y BIBLIOTECA, CON DOS NEGOCIADOS DE:
ARCHIVO GENERAL.
BIBLIOTECA.
NUEVE. QUEDARA ADSCRITA A LA SECRETARIA GENERAL TECNICA LA DELEGACION DEL INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA.
ART. 14.
DIRECCION GENERAL DEL SERVICIO EXTERIOR.
UNO. LA DIRECCION GENERAL DEL SERVICIO EXTERIOR, CUYAS COMPETENCIAS SE SEÑALAN EN EL ARTICULO 12, UNO, DEL REAL DECRETO 1485/1985, DE 28 DE AGOSTO, SE ESTRUCTURA EN LAS SIGUIENTES UNIDADES:
OFICIALIA MAYOR, CON NIVEL ORGANICO DE SUBDIRECCION GENERAL.
SUBDIRECCION GENERAL DE PERSONAL.
SUBDIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION DE LA GESTION ECONOMICA.
SUBDIRECCION GENERAL DE CONTROL DE LA GESTION.
DIRECCION DE ASUNTOS GENERALES, CON NIVEL ORGANICO DE SERVICIO Y CON DOS NEGOCIADOS DE:
ARCHIVO.
ACCION SOCIAL.
DOS. EL DIRECTOR GENERAL DEL SERVICIO EXTERIOR ES EL PRESIDENTE DE LOS SIGUIENTES ORGANOS COLEGIADOS:
JUNTA DE COMPRAS Y MESA DE CONTRATACION.
JUNTA DE PERSONAL CONTRATADO EN EL EXTRANJERO.
TRES. DE LA OFICIALIA MAYOR DEPENDEN LAS SIGUIENTES UNIDADES:
1. CENTRO DE COMUNICACIONES, CON EL NIVEL ORGANICO QUE SE DETERMINE EN EL CATALOGO.
1.1 SECCION DE CIFRA, CON DOS NEGOCIADOS DE:
CODIGOS Y CLAVES.
CLAVES MECANICAS.
1.2 CINCO SECCIONES DE GUARDIA DE CIFRA.
1.3 SECCION DE COMUNICACIONES ELECTRONICAS.
1.4 SECCION DE REGISTRO OTAN, CON UN NEGOCIADO DE:
REGISTRO OTAN.
1.5 SECCION DE COMUNICACIONES OTAN, CON DOS NEGOCIADOS DE:
CRIPTO-CUSTODIO.
CRIPTO-CUSTODIO SUPLENTE.
2. DIRECCION DE CORREO DIPLOMATICO, CON NIVEL ORGANICO DE SERVICIO.
2.1 SECCION DE VALIJAS, CON DOS NEGOCIADOS DE:
ENTRADA DE VALIJAS.
SALIDA DE VALIJAS.
2.2 SECCION DE REGISTRO GENERAL, CON CUATRO NEGOCIADOS DE:
RECEPCION, CLASIFICACION Y DISTRIBUCION.
COMUNICACIONES OFICIALES Y CORRESPONDENCIA GENERAL.
DESPACHO DE EMBAJADAS Y CONSULADOS.
ARCHIVO Y DOCUMENTACION.
3. DIRECCION DE REGIMEN INTERIOR, CON NIVEL ORGANICO DE SERVICIO.
3.1 SECCION DE CONSERVADURIA Y OBRAS, CON TRES NEGOCIADOS DE:
MANTENIMIENTO Y MOBILIARIO.
OBRAS DE LOS SERVICIOS CENTRALES.
SUMINISTRO Y ALMACEN 3.2 SECCION DE REGIMEN INTERIOR, CON UN NEGOCIADO DE:
REGIMEN INTERIOR.
3.3 OFICINA DE INFORMACION ADMINISTRATIVA, CON NIVEL ORGANICO DE SECCION, Y CON DOS NEGOCIADOS DE:
INFORMACION.
DOCUMENTACION.
4. SECCION DE SEGURIDAD EN LOS SERVICIOS CENTRALES, CON DOS NEGOCIADOS DE:
IDENTIFICACION.
MATERIAS CLASIFICADAS.
5. SECCION DE SEGURIDAD EN LOS SERVICIOS EN EL EXTERIOR, CON UN NEGOCIADO SEGURIDAD DE LOS SERVICIOS EN EL EXTERIOR CUATRO. DE LA SUBDIRECCION GENERAL DE PERSONAL DEPENDEN LAS SIGUIENTES UNIDADES: 1. DIRECCION DE PERSONAL FUNCIONARIO CON NIVEL ORGANICO DE SERVICIO.
1.1 SECCION DE PERSONAL DE LA CARRERA DIPLOMATICA, CON SIETE NEGOCIADOS ESCALAFONES, HOJAS DE SERVICIO Y VICECONSULES HONORARIOS.
JUNTA DE LA CARRERA DIPLOMATICA.
PERSONAL DIPLOMATICO.
TRIENIOS Y JUBILACIONES.
COMISIONES DE SERVICIO Y AGREGADOS.
PASAPORTES Y CARTAS POTENTES.
ARCHIVO Y DOCUMENTACION 1.2 SECCION DE CUERPOS GENERALES, CON DOS NEGOCIADOS DE:
FUNCIONARIOS EN LA ADMINISTRACION CENTRAL.
FUNCIONARIOS EN EL EXTRANJERO Y OTROS FUNCIONARIOS.
2. DIRECCION DE PERSONAL CONTRATADO, CON NIVEL ORGANICO DE SERVICIO.
2.1 SECCION DE PERSONAL CONTRATADO EN EL EXTRANJERO, CON DOS NEGOCIADOS CONTRATACION Y GESTION.
RELACIONES DE PUESTOS DE TRABAJO.
2.2 SECCION DE PERSONAL CONTRATADO EN LA ADMINISTRACION CENTRAL, CON UN NEGOCIADO DE:
PROVISION DE PUESTOS.
3. DIRECCION DE SEGURIDAD SOCIAL Y AYUDA FAMILIAR, CON NIVEL ORGANICO DE SERVICIO.
3.1 SECCION DE SEGURIDAD SOCIAL, CON DOS NEGOCIADOS DE:
SEGURIDAD SOCIAL.
SEGURIDAD SOCIAL ESPAÑOLA EN EL EXTRANJERO.
4. DIRECCION DE RETRIBUCIONES, CON NIVEL ORGANICO DE SERVICIO.
4.1 SECCION DE RETRIBUCIONES DE PERSONAL FUNCIONARIO, CON DOS NEGOCIADOS RETRIBUCIONES DE PERSONAL FUNCIONARIO EN EL EXTRANJERO.
RETRIBUCIONES DE PERSONAL FUNCIONARIO.
4.2 SECCION DE RETRIBUCIONES DE PERSONAL CONTRATADO, CON DOS NEGOCIADOS RETRIBUCIONES DE PERSONAL CONTRATADO EN LA ADMINISTRACION CENTRAL.
RETRIBUCIONES DE PERSONAL CONTRATADO EN EL EXTRANJERO.
4.3 SECCION DE HABILITACION DE HABERES, CON DOS NEGOCIADOS DE:
HABILITACION DE PERSONAL.
HABILITACION DE MATERIAL Y FONDOS.
5. DIRECCION DE ORGANIZACION Y NORMATIVA DE PERSONAL, CON NIVEL ORGANICO DE SERVICIO Y CON UN NEGOCIADO DE:
ESTUDIOS Y DOCUMENTACION.
CINCO. DE LA SUBDIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION DE LA GESTION ECONOMICA DEPENDEN LAS SIGUIENTES UNIDADES:
1. DIRECCION DE LA GESTION ECONOMICA, CON NIVEL ORGANICO DE SERVICIO.
1.1 SECCION DE COMUNICACIONES Y SOCIALES, CON TRES NEGOCIADOS DE:ALQUILERES.
CORRESPONDENCIA Y VALIJAS.
GASTOS SOCIALES Y VARIOS.
1.2 SECCION DE SUMINISTROS Y ADQUISICIONES, CON TRES NEGOCIADOS DE:
ADQUISICIONES ESPECIALES.
SUMINISTROS AL EXTRANJERO.
GASTOS DE OFICINA.
1.3 SECCION DE VIAJES, CON DOS NEGOCIADOS DE:
COMISIONES DE SERVICIO.
TRASLADOS.
2. DIRECCION DE ADMINISTRACION CONTABLE-PRESUPUESTARIA CON NIVEL ORGANICO DE SERVICIO.
2.1 SECCION DE BALANCES, CON DOS NEGOCIADOS DE:
BALANCES Y RECAUDACION.
PROGRAMACION DEL GASTO.
2.2 SECCION DE LIBRAMIENTOS, CON DOS NEGOCIADOS DE:
ACCION DIPLOMATICA.
ACCION CONSULAR.
2.3 SECCION DE HABILITACION, CON TRES NEGOCIADOS DE:
HABILITACION.
PAGOS.
PAGADURIA DE CULTURALES.
3. DIRECCION DE ASUNTOS PATRIMONIALES CON NIVEL ORGANICO DE SERVICIO.
3.1 SECCION DE OBRAS DE ARTE, CON UN NEGOCIADO DE:
RESTAURACION E INVENTARIOS.
3.2 SECCION DE AMUEBLAMIENTOS, CON TRES NEGOCIADOS DE:
INVENTARIOS.
COMPRAS.
3.3 SECCION DE OBRAS EN EL EXTERIOR, CON UN NEGOCIADO DE:
MANTENIMIENTO.
3.4 SECCION DE ARQUITECTURA, CON UN NEGOCIADO DE:
PROYECTOS TECNICOS.
3.5 SECCION DE ESTUDIOS Y ANALISIS DE INVERSIONES, CON UN NEGOCIADO DE:
PLANIFICACION.
SEIS. DE LA SUBDIRECCION GENERAL DE CONTROL DE LA GESTION DEPENDEN LA SIGUIENTES UNIDADES:
1. DIRECTOR DE CONTROL CONTABLE-PRESUPUESTARIO DE LA ZONA A, CON NIVEL ORGANICO DE SERVICIO.
1.1 SECCION DE CONTROL DE ACTIVIDADES ECONOMICO-ADMINISTRATIVAS PARA PAISES DE LA CEE.
1.2 SECCION DE CONTROL DE ACTIVIDADES ECONOMICO-ADMINISTRATIVAS PARA RESTO DE EUROPA.
1.3 SECCION DE CONTROL DE ACTIVIDADES ECONOMICO-ADMINISTRATIVAS PARA AFRICA.
1.4 NEGOCIADO DE RECEPCION Y ARCHIVO INFORMES ZONA A.
2. DIRECTOR DE CONTROL CONTABLE-PRESUPUESTARIO DE LA ZONA B, CON NIVEL ORGANICO DE SERVICIO.
2.1 SECCION DE CONTROL DE ACTIVIDADES ECONOMICO-ADMINISTRATIVAS PARA AMERICA DEL NORTE Y PACIFICO.
2.2 SECCION DE CONTROL DE ACTIVIDADES ECONOMICO-ADMINISTRATIVAS PARA IBEROAMERICA.
2.3 SECCION DE CONTROL DE ACTIVIDADES ECONOMICO-ADMINISTRATIVAS PARA ASIA CONTINENTAL.
2.4 NEGOCIADO DE RECEPCION Y ARCHIVO INFORMES ZONA B.
ART. 15.
DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS CONSULARES.
UNO.-LA DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS CONSULARES CUYAS COMPETENCIAS SE SEÑALAN EN EL ARTICULO 13,UNO, DEL REAL DECRETO 1485/1985, DE 2 DE AGOSTO, SE ESTRUCTURA EN LAS SIGUIENTES UNIDADES:
SUBDIRECCION GENERAL DE ASUNTOS CONSULARES.
SUBDIRECCION GENERAL DE EMIGRACION Y PARTICIPACION.
SUBDIRECCION GENERAL DE CONVENIOS Y ORGANISMOS INTERNACIONALES DE CARACTER CONSULAR.
SUBDIRECCION GENERAL DE EXTRANJERIA, REFUGIADOS Y PASAPORTES.
DIRECCION DE ASUNTOS GENERALES, CON NIVEL ORGANICO DE SERVICIO CON LAS SIGUIENTES UNIDADES:
1. SECCION DE ESTUDIOS Y PLANIFICACION CONSULAR, CON DOS NEGOCIADOS DE:
ARCHIVO.
PERSONAL.
DOS. DE LA SUBDIRECCION GENERAL DE ASUNTOS CONSULARES DEPENDEN LAS SIGUIENTES UNIDADES:
1. DIRECCION DE ASUNTOS JURIDICOS CON NIVEL ORGANICO DE SERVICIO.
1.1 SECCION DE ASUNTOS JUDICIALES Y SUCESIONES.
1.2 SECCION DE ASUNTOS REGISTRALES Y NOTARIALES.
1.3 SECCION DE LEGALIZACIONES.
1.4 NEGOCIADO DE DOCUMENTACION.
2. DIRECCION DE ACCION CONSULAR CON NIVEL ORGANICO DE SERVICIO.
2.1 SECCION DE ASISTENCIA CONSULAR, CON DOS NEGOCIADOS DE:
ASUNTOS MILITARES.
NAVEGACION.
TRES. DE LA SUBDIRECCION GENERAL DE EMIGRACION Y PARTICIPACION DEPENDEN LAS SIGUIENTES UNIDADES:
1. DIRECCION DE EMIGRACION Y ASUNTOS EDUCATIVOS CON NIVEL ORGANICO DE SERVICIO.
1.1. SECCION DE EMIGRACION, CON DOS NEGOCIADOS DE:
REPATRIACION.
EDUCACION.
1.2 SECCION DE SEGURIDAD SOCIAL.
2. DIRECCION DE PARTICIPACION, CON NIVEL ORGANICO DE SERVICIO.
2.1 SECCION DE PLANES ASISTENCIALES Y ASUNTOS ELECTORALES, CON DOS NEGOCIADOS PLANES ASISTENCIALES.
ASUNTOS ELECTORALES.
CUATRO. DE LA SUBDIRECCION GENERAL DE CONVENIOS Y ORGANISMOS INTERNACIONALES DE CARACTER CONSULAR, DESPENDEN LAS SIGUIENTES UNIDADES:
1. DIRECCION DE POLITICA CONSULAR EN CONFERENCIAS Y ORGANISMOS INTERNACIONALES CON NIVEL ORGANICO DE SERVICIO.
1.1 SECCION DEL CONSEJO DE EUROPA.
2. DIRECCION DE CONVENIOS BILATERALES CON NIVEL ORGANICO DE SERVICIO, CON UN NEGOCIADO DE:
DOCUMENTACION.
CINCO. DE LA SUBDIRECCION GENERAL DE EXTRANJERIA, REFUGIADOSY PASAPORTES DEPENDEN LAS SIGUIENTES UNIDADES:
1. DIRECCION DE PASAPORTES Y VISADOS CON NIVEL ORGANICO DE SERVICIO.
1.1 DIRECCION DE PASAPORTES Y VISADOS, CON DOS NEGOCIADOS DE:
PASAPORTES Y SALVOCONDUCTOS.
VISADOS ESPECIALES.
2. DIRECCION DE EXTRANJEROS Y REFUGIADOS CON NIVEL ORGANICO DE SERVICIO.
2.1 SECCION DE INMIGRACION EXTRANJERA, CON UN NEGOCIADO DE:
REFUGIADOS.
3. NEGOCIADO DE ARCHIVO.
ART. 16.
SECRETARIA GENERAL DE POLITICA EXTERIOR, CON RANGO DE SUBSECRETARIA. UNO. LA SECRETARIA GENERAL DE POLITICA EXTERIOR, CUYAS COMPETENCIAS SE SEÑALAN EN EL ARTICULO 14, UNO, DEL REAL DECRETO 1485/1985, DE 28 DE AGOSTO, SE ESTRUCTURA EN LOS SIGUIENTES CENTROS DIRECTIVOS:
DIRECCION GENERAL DE POLITICA EXTERIOR PARA EUROPA.
DIRECCION GENERAL DE POLITICA EXTERIOR PARA AMERICA DEL NORTE Y ASIA.
DIRECCION GENERAL DE POLITICA EXTERIOR PARA AFRICA Y MEDIO ORIENTE.
DIRECCION GENERAL DE ORGANISMOS Y CONFERENCIAS INTERNACIONALES.
DIRECCION GENERAL DE ASUNTOSINTERNACIONALES DE SEGURIDAD Y DESARME.
DOS. DEPENDEN, ASIMISMO, DE LA SECRETARIA GENERAL DE POLITICA EXTERIOR LAS SIGUIENTES UNIDADES, CON NIVEL ORGANICO DE SUBDIRECCION GENERAL:
GABINETE TECNICO.
OFICINA DE DERECHOS HUMANOS.
SUBDIRECCION GENERAL DE COOPERACION POLITICA EUROPEA.
TRES. EL GABINETE TECNICO ES EL ORGANO DE ASISTENCIA INMEDIATA AL SECRETARIO GENERAL DEL QUE DEPENDE LA SIGUIENTE UNIDAD:
1. JEFATURA DE DESPACHO, CON NIVEL ORGANICO DE SERVICIO.
CUATRO. LA OFICINA DE DERECHOS HUMANOS ES EL ORGANO AL QUE CORRESPONDEN LAS SIGUIENTES FUNCIONES:
1. ASESORAR AL MINISTRO DEL DEPARTAMENTO EN TODAS AQUELLAS MATERIAS RELATIVAS A LOS DERECHOS HUMANOS A EFECTOS DE LA ELABORACION Y EJECUCION DE LA POLITICA EXTERIOR.
2. ELABORAR A SOLICITUD DEL MINISTRO DEL DEPARTAMENTO INFORMES RELATIVOS AL RESPETO INTERNACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS.
3. PROMOVER UNA MAYOR COORDINACION ENTRE LOS DISTINTOS CENTROS DIRECTIVOS DEL DEPARTAMENTO EN MATERIA DE DERECHOS HUMANOS.
4. ORGANIZAR, EN COLABORACION CON LA DIRECCION GENERAL DE ORGANISMOS Y CONFERENCIAS INTERNACIONALES, LA PARTICIPACION DEL ESTADO ESPAÑOL EN LAS REUNIONES Y CONFERENCIAS INTERNACIONALES RELATIVAS A LOS DERECHOS HUMANOS.
5. MANTENER RELACIONES CON LAS OFICINAS GUBERNAMENTALES HOMOLOGAS Y ORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALES SOBRE DERECHOS HUMANOS.
6. VELAR POR EL CUMPLIMIENTO DE LOS TRATADOS Y CONVENIOS INTERNACIONALES SUSCRITOS POR ESPAÑA EN MATERIA DE DERECHOS HUMANOS.
7. PROMOVER ESTUDIOS Y ACTIVIDADES EN EL AMBITO ESPECIFICO DE SUS COMPETENCIAS.
DE LA OFICINA DE DERECHOS HUMANOS DEPENDE LA SIGUIENTE UNIDAD:
DIRECCION DE COORDINACION, CON NIVEL ORGANICO DE SERVICIO.
CINCO. LA SUBDIRECCION GENERAL DE COOPERACION POLITICA EUROPEA ES EL ORGANO AL QUE CORRESPONDEN LAS SIGUIENTES FUNCIONES:
COORDINAR LA COOPERACION POLITICA QUE DESARROLLA EL DEPARTAMENTO EN EL MARCO DE LAS INSTITUCIONES COMUNITARIAS COMPETENTES.
REALIZAR LA PREPARACION Y SEGUIMIENTO DE LAS REUNIONES DE COOPERACION POLITICA EUROPEA.
COORDINAR EN EL DEPARTAMENTO LA RED DE INFORMACION COMUNITARIA (CORRESPONDENCIA EUROPEA), SOBRE COOPERACION POLITICA.
DE LA SUBDIRECCION GENERAL DE COOPERACION POLITICA EUROPEA DEPENDEN LAS SIGUIENTES UNIDADES:
1. DIRECCION DE COOPERACION POLITICA EUROPEA, CON EL NIVEL ORGANICO QUE DETERMINE EL CATALOGO.
2. DIRECCION DE COORDINACION, CON NIVEL ORGANICO DE SERVICIO, CON TRES NEGOCIADOS DE:
ESTUDIOS Y DOCUMENTACION.
COMUNICACIONES.
ARCHIVO.
ART. 17.
DIRECCION GENERAL DE POLITICA EXTERIOR PARA EUROPA.
UNO. LA DIRECCION GENERAL DE POLITICA EXTERIOR PARA EUROPA, CUYAS COMPETENCIAS SE SEÑALAN EN EL ARTICULO 15, UNO, DEL REAL DECRETO 1485/1985, DE 28 DE AGOSTO, SE ESTRUCTURA EN LAS SIGUIENTES UNIDADES:
SUBDIRECCION GENERAL DE EUROPA OCCIDENTAL.
SUBDIRECCION GENERAL DE EUROPA ORIENTAL.
SECRETARIA DE LA COMISION INTERMINISTERIAL PERMANENTE DE LOS VALLES DE ANDORRA, CON NIVEL ORGANICO DE SECCION.
SECCION DE ASUNTOS DE GIBRALTAR.
NEGOCIADO DE ARCHIVO Y DOCUMENTACION.
DOS. EL DIRECTOR GENERAL DE POLITICA EXTERIOR PARA EUROPA PRESIDE LA COMISION INTERMINISTERIAL PERMANENTE DE LOS VALLES DE ANDORRA.
TRES. DE LA SUBDIRECCION GENERAL DE EUROPA OCCIDENTAL DEPENDEN LAS SIGUIENTES UNIDADES:
1. DIRECCION DE PAISES LIMITROFES CON NIVEL ORGANICO DE SERVICIO, CON UN NEGOCIADO DE:
DOCUMENTACION.
2. SECCION DE EUROPA MERIDIONAL, CON UN NEGOCIADO DE:
DOCUMENTACION.
3. SECCION DE EUROPA SEPTENTRIONAL, CON UN NEGOCIADO DE:
DOCUMENTACION.
4. DIRECCION DEL CONSEJO DE EUROPA CON NIVEL ORGANICO DE SERVICIO.
4.1 SECCION DE ASUNTOS DEL CONSEJO DE EUROPA, CON UN NEGOCIADO DE:
DOCUMENTACION DEL CONSEJO DE EUROPA.
5. DIRECCION DE CONFERENCIAS EUROPEAS, CON NIVEL ORGANICO DE SERVICIO Y CON UN NEGOCIADO DE:
ESTUDIO DE CONFERENCIAS EUROPEAS.
6. NEGOCIADO DE ESTUDIOS Y COORDINACION.
CUATRO. DE LAS SUBDIRECCION GENERAL DE EUROPA ORIENTAL DEPENDEN LAS SIGUIENTES UNIDADES: 1. DIRECCION DE ASUNTOS BILATERALES DE EUROPA ORIENTAL, CON NIVEL ORGANICO DE SERVICIO.
2. SECCION DE ASUNTOS MULTILATERALES DE EUROPA ORIENTAL, CON UN NEGOCIADO DOCUMENTACION.
ART. 18.
DIRECCION GENERAL DE POLITICA EXTERIOR PARA IBEROAMERICA.
UNO. LA DIRECCION GENERAL DE POLITICA EXTERIOR PARA IBEROAMERICA, CUYAS COMPETENCIAS SE SEÑALAN EN EL ARTICULO 16, UNO, DEL REAL DECRETO 1485/1985, DE 28 DE AGOSTO, SE ESTRUCTURA EN LAS SIGUIENTES UNIDADES:
SUBDIRECCION GENERAL DE MEJICO, CENTROAMERICA Y PAISES DEL CARIBE.
SUBDIRECCION GENERAL DE PAISES ANDINOS, BRASIL Y CUENCA DEL PLATA.
DIRECCION DE ASUNTOS INTERAMERICANOS, CON NIVEL ORGANICO DE SERVICIO, Y CON LAS SIGUIENTES UNIDADES:
1. SECCION DE ASUNTOS INTERAMERICANOS, CON UN NEGOCIADO DE:
ORGANIZACION DE ESTADOS AMERICANOS.
DIRECCION DE ASUNTOS GENERALES, CON NIVEL ORGANICO DE SERVICIO, Y CON LA SIGUIENTE UNIDAD: 1. NEGOCIADO DE REGISTRO Y ARCHIVO.
DOS. DE LA SUBDIRECCION GENERAL DE MEJICO, CENTROAMERICA Y PAISES DEL CARIBE DEPENDEN LAS SIGUIENTES UNIDADES:
1. DIRECCION DE CENTROAMERICA Y CARIBE CON NIVEL ORGANICO DE SERVICIO.
1.1 SECCION DE CENTROAMERICA, CON UN NEGOCIADO DE:
DOCUMENTACION.
1.2 SECCION DEL CARIBE, CON UN NEGOCIADO DE:
DOCUMENTACION.
TRES. DE LA SUBDIRECCION GENERAL DE PAISES ANDINOS, BRASIL Y CUENCA DEL PLATA DEPENDEN LAS SIGUIENTE UNIDADES:
1. DIRECCION DE AMERICA DEL SUR, CON NIVEL ORGANICO DE SERVICIO.
1.1 SECCION DE PAISES ANDINOS, CON UN NEGOCIADO DE:
DOCUMENTACION.
1.2 SECCION DE PAISES DE LA CUENCA DEL PLATA Y BRASIL, CON UN NEGOCIADO DE:
DOCUMENTACION.
ART. 19.
DIRECCION GENERAL DE POLITICA EXTERIOR PARA AMERICA DEL NORTE Y ASIA UNO. LA DIRECCION GENERAL DE POLITICA EXTERIOR PARA AMERICA DEL NORTE Y ASIA, CUYAS COMPETENCIAS SE SEÑALAN EN EL ARTICULO 17, UNO, DEL REAL DECRETO 1485/1985, DE 2 DE AGOSTO, SE ESTRUCTURA EN LAS SIGUIENTES UNIDADES:
SUBDIRECCION GENERAL DE AMERICA DEL NORTE.
SUBDIRECCION GENERAL DE FILIPINAS Y ASUNTOS DEL PACIFICO.
DIRECCION GENERAL DE ASIA CONTINENTAL.
SECRETARIA PERMANENTE DEL CONSEJO HISPANO-NORTEAMERICANO, CON NIVEL ORGANICO DE SUBDIRECCION GENERAL, Y CON LA SIGUIENTE UNIDAD:
1. SECRETARIA PERMANENTE ADJUNTA, CON NIVEL ORGANICO DE SERVICIO.
DIRECCION DE ASUNTOS GENERALES, CON NIVEL ORGANICO DE SERVICIO, Y CON TRES NEGOCIADOS DE:
COORDINACION ADMINISTRATIVA.
DOCUMENTACION.
REGISTRO Y ARCHIVO.
DOS. DE LA SUBDIRECCION GENERAL DE AMERICA DEL NORTE DEPENDEN LAS SIGUIENTES UNIDADES:
1. DIRECCION DE ASUNTOS POLITICOS DE AMERICA DEL NORTE, CON NIVEL ORGANICO DE SERVICIO.
1.1 SECCION DE CANADA.
2. DIRECCION DE COORDINACION DE ASUNTOS BILATERALES CON AMERICA DEL NORTE, CON NIVEL ORGANICO DE SERVICIO.
TRES.
DE LA SUBDIRECCION GENERAL DE FILIPINAS Y ASUNTOS DE PACIFICO DEPENDE LA UNIDAD SIGUIENTE:
1. DIRECCION DE ASUNTOS DEL PACIFICO, CON NIVEL ORGANICO DE SERVICIO.
CUATRO. DE LA SUBDIRECCION GENERAL DE ASIA CONTINENTAL DEPENDEN LAS SIGUIENTES UNIDADES: 1. DIRECCION DE ASUNTOS POLITICOS DE ASIA CONTINENTAL, CON NIVEL ORGANICO DE SERVICIO.
1.1 SECCION DE CHINA, CON UN NEGOCIADO DE:
COORDINACION.
ART. 20.
DIRECCION GENERAL DE POLITICA EXTERIOR PARA AFRICA Y MEDIO ORIENTE.
UNO. LA DIRECCION GENERAL DE POLITICA EXTERIOR PARA AFRICA Y MEDIO ORIENTE, CUYAS COMPETENCIAS SE SEÑALAN EN EL ARTICULO 18, UNO, DEL REAL DECRETO 1485/1985, DE 28 DE AGOSTO, SE ESTRUCTURA EN LAS SIGUIENTES UNIDADES:
SUBDIRECCION GENERAL DE AFRICA DEL NORTE Y DEL PROXIMO Y MEDIO ORIENTE.
SUBDIRECCION GENERAL DE AFRICA SUBSAHARIANA.
DIRECCION DE ASUNTOS GENERALES, CON NIVEL ORGANICO DE SERVICIO, CON DOS NEGOCIADOS DE:
ARCHIVO Y REGISTRO.
DOCUMENTACION.
DOS. DE LA SUBDIRECCION GENERAL DE AFRICA DEL NORTE Y DEL PROXIMO Y MEDIO ORIENTE DEPENDEN LAS SIGUIENTES UNIDADES:
1. DIRECCION DE AFRICA DEL NORTE, CON NIVEL ORGANICO DE SERVICIO.
1.1 SECCION DE MAGREB OCCIDENTAL.
1.2 SECCION DE MAGREB ORIENTAL.
2. DIRECCION DEL PROXIMO ORIENTE, CON NIVEL ORGANICO DE SERVICIO.
2.1 SECCION DEL PROXIMO ORIENTE.
2.2 SECCION DE MEDIO ORIENTE.
3. NEGOCIADO DE DOCUMENTACION.
TRES. DE LA SUBDIRECCION GENERAL DE AFRICA SUBSAHARIANA DEPENDEN LAS SIGUIENTES UNIDADES:
1. DIRECCION DE AFRICA SUBSAHARIANA, CON NIVEL ORGANICO DE SERVICIO.
1.1 SECCION DE AFRICA MERIDIONAL.
2. NEGOCIADO DE DOCUMENTACION.
ART. 21.
DIRECCION GENERAL DE ORGANIZACIONES Y CONFERENCIAS INTERNACIONALES.
UNO. LA DIRECCION GENERAL DE ORGANIZACIONES Y CONFERENCIAS INTERNACIONALES, CUYAS COMPETENCIAS SE SEÑALAN EN EL ARTICULO 19, UNO, DEL REAL DECRETO 1485/1985, DE 28 DE AGOSTO, SE ESTRUCTURA EN LAS SIGUIENTES UNIDADES:
SUBDIRECCION GENERAL DE NACIONES UNIDAS.
SUBDIRECCION GENERAL DE ORGANISMOS INTERNACIONALES TECNICOS Y PARA EL DESARROLLO.
DIRECCION DE ASUNTOS GENERALES, CON NIVEL ORGANICO DE SERVICIO, Y CON LAS SIGUIENTES UNIDADES:
1. SECCION DE FUNCIONARIOS INTERNACIONALES Y DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS Y PRESUPUESTARIOS.
2. SECCION DE COORDINACION ADMINISTRATIVA.
NEGOCIADO DE DOCUMENTACION.
4. NEGOCIADO DE ARCHIVO.
DOS. DE LA SUBDIRECCION GENERAL DE NACIONES UNIDAS DEPENDEN LAS SIGUIENTES UNIDADES: 1. DIRECCION DE ASUNTOS POLITICOS, CON NIVEL ORGANICO DE SERVICIO.
1.1 SECCION DE ASUNTOS DE SEGURIDAD.
1.2 NEGOCIADO DE ARCHIVO.
2. DIRECCION DE ASUNTOS JURIDICOS, SOCIALES Y HUMANITARIOS, CON NIVEL ORGANICO DE SERVICIO.
2.1 SECCION DE ASUNTOS SOCIALES, HUMANITARIOS Y CULTURALES.
3. NEGOCIADO DE ARCHIVO.
4. NEGOCIADO DE DOCUMENTACION.
TRES. DE LA SUBDIRECCION GENERAL DE ORGANISMOS INTERNACIONALES TECNICOS Y PARA EL DESARROLLO DEPENDEN LAS SIGUIENTES UNIDADES:
1. DIRECCION DE ORGANISMOS PARA EL DESARROLLO, CON NIVEL ORGANICO DE SERVICIO. 1.1 SECCION DE ORGANISMOS DE AGRICULTURA, ALIMENTACION Y MEDIO AMBIENTE.
2. DIRECCION DE ORGANISMOS TECNICOS, CON EL NIVEL ORGANICO DE SERVICIO.
2.1 SECCION DE ORGANISMOS LABORALES.
3. NEGOCIADO DE DOCUMENTACION.
4. NEGOCIADO DE ARCHIVO.
ART. 22.
DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS INTERNACIONALESDE SEGURIDAD Y DESARME.
UNO. LA DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS INTERNACIONALES DE SEGURIDAD Y DESARME, CUYAS COMPETENCIAS SE SEÑALAN EN EL ARTICULO 20, UNO, DEL REAL DECRETO 1485/1985, DE 28 DE AGOSTO, SE ESTRUCTURA EN LAS SIGUIENTES UNIDADES:
SUBDIRECCION GENERAL DE ASUNTOS INTERNACIONALES DE SEGURIDAD.
SUBDIRECCION GENERAL DE ASUNTOS INTERNACIONALES DE DESARME.
DIRECCION DE ASUNTOS GENERALES, CON NIVEL ORGANICO DE SERVICIO, Y CON DOS NEGOCIADOS DE:
ARCHIVO.
DOCUMENTACION.
DOS. DE LA SUBDIRECCION GENERAL DE ASUNTOS INTERNACIONALES DE SEGURIDAD DEPENDEN LAS SIGUIENTES UNIDADES:
1. DIRECCION DE ASUNTOS ATLANTICOS, CON NIVEL ORGANICO DE SERVICIO.
1.1 SECCION DE COOPERACION DE DEFENSA.
2. DIRECCION DE ASUNTOS POLITICOS-MILITARES, CON NIVEL ORGANICO DE SERVICIO.
2.1 SECCION DE ASUNTOS BILATERALES DE DEFENSA.
TRES. DE LA SUBDIRECCION GENERAL DE ASUNTOS INTERNACIONALES DE DESARME DEPENDEN LAS UNIDADES SIGUIENTES:
1. SECCION DE PLANIFICACION DE DESARME. 2. SECCION DE CUESTIONES EUROPEAS DE DESARME.
DISPOSICIONES ADICIONALES PRIMERA. LA ESTRUCTURA DEL MINISTERIO CUENTA CON LOS ASESORES EJECUTIVOS, VOCALES, ASESORES, CONSEJEROS TECNICOS, DIRECTORES DE PROGRAMA Y DEMAS PUESTOS SINGULARES, EN EL NUMERO Y CON LOS NIVELES QUE SE DETERMINAN EN EL CATALOGO DE PUESTOS DE TRABAJO.
SEGUNDA. LO DISPUESTO EN LA PRESENTE ORDEN SE ENTIENDE SIN PERJUICIO DEL CUMPLIMIENTO DE LO PREVISTO EN EL ARTICULO 23 DE LA LEY 46/1985, DE 27 DE DICIEMBRE, DE PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO, PARA EL EJERCICIO DE 1986, EN RELACION CON EL CORRESPONDIENTE CATALOGO DE PUESTOS DE TRABAJO, Y DE LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 15 DE LA LEY 3/1984, DE 2 DE AGOSTO, DE MEDIDAS PARA LA REFORMA DE LA FUNCION PUBLICA, SOBRE RELACIONES DE PUESTOS DE TRABAJO, EN LA FORMA QUE DETERMINEN LAS NORMAS RELATIVAS A SU CONFECCION Y ACTUALIZACION.
DISPOSICION DEROGATORIA QUEDA DEROGADA LA ORDEN DE 26 DE ENERO DE 1977, POR LA QUE SE MODIFICA Y DESARROLLA LA ESTRUCTURA ORGANICA DEL MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, Y CUANTAS DISPOSICIONES DE IGUAL O INFERIOR RANGO SE OPONGAN A LO DISPUESTO EN LA PRESENTE ORDEN.
DISPOSICION FINAL LA PRESENTE ORDEN ENTRARA EN VIGOR AL DIA SIGUIENTE DE SU PUBLICACION EN EL <BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO>.
LO QUE COMUNICO A V. I. PARA SU CONOCIMIENTO Y EFECTOS.
MADRID, 12 DE MAYO DE 1986.
FERNANDEZ ORDOÑEZ ILMO. SR. SUBSECRETARIO.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid