ILUSTRISIMO SEÑOR:
EL ARTICULO 24 DE LA LEY 30/1972, DE 22 DE JULIO, SOBRE REGIMEN ECONOMICO-FISCAL DE CANARIAS, CREO, Y REGULO EN SUS TERMINOS GENERALES, EL ARBITRIO INSULAR SOBRE EL LUJO, DISPONIENDO EN SU APARTADO 2-F), QUE LA ORDENANZA GENERAL PARA LA EXACCION DE AQUEL SERIA APROBADA POR EL MINISTERIO DE HACIENDA.
A TAL FIN, Y AL AMPARO DE LO PREVISTO EN LA DISPOSICION FINAL SEGUNDA DE LA CITADA LEY 30/1972, EL MINISTERIO DE HACIENDA APROBO LA ORDEN DE 10 DE OCTUBRE DE 1972, POR LA QUE SE DICTARON LAS NORMAS PARA LA ELABORACION Y APROBACION DE LA MENCIONADA ORDENANZA FISCAL, CUYA ULTIMA REDACCION FUE APROBADA POR RESOLUCION DEL MINISTERIO DE HACIENDA DE 27 DE MARZO DE 1981.
EN ESTOS MOMENTOS, AL HABERSE MANTENIDO VIGENTE EL ARBITRIO INSULAR SOBRE EL LUJO POR VIRTUD DEL REAL DCRETO-LEY 6/1985, DE 18 DE DICIEMBRE, SOBRE ADAPTACION DE LA IMPOSICION INDIRECTA EN CANARIAS, CEUTA Y MELILLA, ES NECESARIO AGILIZAR EL PROCEDIMIENTO REGULADO EN LA ORDEN DE 10 DE OCTUBRE DE 1972, PARA LA MODIFICACION DE LA ORDENANZA FISCAL DEL ARBITRIO, A LOS SOLOS EFECTOS DE PERMITIR UNA MAYOR RAPIDEZ EN LA REDUCCION DE LOS TIPOS DE GRAVAMEN, CON EL FIN DE LOGRAR UNA MAYOR ADECUACION DE ESTE TRIBUTO A LA NUEVA DINAMICA DE LA IMPOSICION INDIRECTA.
POR TODO ELLO, ESTE MINISTERIO, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA DISPOSICION FINAL SEGUNDA DE LA LEY 30/1972, DE 22 DE JULIO, HA TENIDO A BIEN DISPONER:
PRIMERO. SIN PERJUICIO DE LO DISPUESTO EN LA ORDEN DEL MINISTERIO DE HACIENDA DE 10 DE OCTUBRE DE 1972, CUANDO LA PROPUESTA DE MODIFICACION DEL ARBITRIO INSULAR SOBRE EL LUJO CONSISTA EN LA REDUCCION DE LOS TIPOS DE GRAVAMEN DEL ARBITRIO, EL PROCEDIMIENTO A SEGUIR PARA SU APROBACION DEFINITIVA SERA EL SIGUIENTE:
LA PROPUESTA DE REDUCCION DE LOS TIPOS DE GRAVAMEN, ELABORADA POR EL GOBIERNO DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE CANARIAS, SERA REMITIDA, SIN MAS TRAMITES, AL MINISTERIO DE ECONOMIA Y HACIENDA, EL CUAL EN EL PLAZO MAXIMO DE UN MES, RESOLVERA SOBRE SU APROBACION DEFINITIVA.
SEGUNDO. LA PRESENTE ORDEN ENTRARA EN VIGOR EL MISMO DIA DE SU PUBLICACION EN EL <BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO>.
LO QUE COMUNICO A V. I.
MADRID, 24 DE JULIO DE 1986.
SOLCHAGA CATALAN ILMO. SR. DIRECTOR GENERAL DE COORDINACION CON LAS HACIENDAS TERRITORIALES.
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