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Documento BOE-A-1986-24128

Orden de 31 de julio de 1986 por la que se delegan determinadas atribuciones en relación a la aplicación de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 216, de 9 de septiembre de 1986, páginas 31216 a 31216 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio para las Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-1986-24128
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1986/07/31/(6)

TEXTO ORIGINAL

EXCMO. E ILMO. SRES.: EL REAL DECRETO 1519/1986, DE 25 DE JULIO, DE REESTRUCTURACION DE DEPARTAMENTOS MINISTERIALES, EN SU ARTICULO 3., APARTADO 2, ATRIBUYE AL MINISTERIO PARA LAS ADMINISTRACIONES PUBLICAS LAS FUNCIONES QUE ANTERIORMENTE TENIA ATRIBUIDAS EL MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA EN MATERIA DE INCOMPATIBILIDADES POR LA LEY 53/1984, DE 26 DE DICIEMBRE, Y EL REAL DECRETO 598/1985, DE 30 DE ABRIL.

RAZONES DE CELERIDAD Y EFICACIA ACONSEJAN MANTENER LA DELEGACION DE ATRIBUCIONES EFECTUADA ANTERIORMENTE EN FAVOR DE LOS ORGANOS DIRECTAMENTE ENCARGADOS DE LA NORMATIVA DE INCOMPATIBILIDADES.

EN SU VIRTUD, Y DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN EL ARTICULO 22 DE LA LEY DE REGIMEN JURIDICO DE LA ADMINISTRACION DEL ESTADO, ESTE MINISTERIO HA RESUELTO LO SIGUIENTE:

PRIMERO. QUEDAN DELEGADAS EN EL SECRETARIO DE ESTADO PARA LA ADMINISTRACION PUBLICA LAS FACULTADES DE RESOLUCION A QUE SE REFIEREN LOS ARTICULOS 9. Y 14 DE LA LEY 53/1984.

SEGUNDO. QUEDAN ASIMISMO DELEGADAS EN EL DIRECTOR GENERAL DE LA INSPECCION GENERAL DE SERVICIOS DE LA ADMINISTRACION PUBLICA:

1. LAS FACULTADES DE RESOLUCION DE LAS OPCIONES EJERCITADAS POR EL PERSONAL AL SERVICIO DE LA ADMINISTRACION DEL ESTADO, EN APLICACION DE LAS DISPOSICIONES TRANSITORIAS DE LA LEY 53/1984, INCLUIDAS LAS SITUACIONES RESULTANTES TRAS EL DESARROLLO DE LA DISPOSICION TRANSITORIA CUARTA DE LA MISMA.

2. LA EMISION DE LOS INFORMES QUE CORRESPONDAN A PETICIONES DE COMPATIBILIDAD EN EL SECTOR PUBLICO, CUANDO EL SEGUNDO PUESTO SEA DE LA ADMINISTRACION DEL ESTADO Y DEBAN RESOLVERSE EN EL AMBITO DE COMPETENCIAS DE UNA COMUNIDAD AUTONOMA O DE UNA CORPORACION LOCAL, A QUE SE REFIERE EL ARTICULO 6., 3, DEL REAL DECRETO 598/1985.

TERCERO. LAS RESOLUCIONES ADMINISTRATIVAS, DICTADAS EN VIRTUD DE DELEGACION, A QUE SE REFIERE EL APARTADO ANTERIOR, AGOTARAN LA VIA ADMINISTRATIVA, SIENDO SUSCEPTIBLES DE RECURSO DE REPOSICION PREVIO AL CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO ANTE ESTE MINISTERIO.

CUARTO. SIEMPRE QUE SE HAGA USO DE LA DELEGACION PREVISTA EN ESTA ORDEN DEBERA HACERSE CONSTAR ASI EXPRESAMENTE EN LA RESOLUCION CORRESPONDIENTE.

QUINTO. LA DELEGACION DE COMPETENCIAS ESTABLECIDA EN LA PRESENTE ORDEN NO SERA OBSTACULO PARA QUE EN CUALQUIER MOMENTO SE PRODUZCA LA AVOCACION DE LA RESOLUCION DE LOS EXPEDIENTES QUE SE CONSIDERE OPORTUNO.

SEXTO. LA PRESENTE DELEGACION ENTRARA EN VIGOR EL MISMO DIA DE SU PUBLICACION EN EL <BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO>.

LO QUE COMUNICO A V. E. Y A V. I. PARA SU CONOCIMIENTO Y EFECTOS.

MADRID, 31 DE JULIO DE 1986.

ALMUNIA AMANN EXCMO. SR. SECRETARIO DE ESTADO PARA LA ADMINISTRACION PUBLICA E ILUSTRISIMO SEÑOR DIRECTOR GENERAL DE LA INSPECCION GENERAL DE SERVICIOS DE LA ADMINISTRACION DEL ESTADO.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 31/07/1986
  • Fecha de publicación: 09/09/1986
  • Fecha de entrada en vigor: 09/09/1986
  • Fecha de derogación: 30/05/1987
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE MODIFICA la Delegación, por la Orden de 31 de enero de 1991 (Ref. BOE-A-1991-3314).
  • SE DEROGA por Orden de 25 de mayo de 1987 (Ref. BOE-A-1987-13008).
Referencias anteriores
Materias
  • Delegación de atribuciones
  • Incompatibilidades
  • Inspección General de Servicios de la Administración Pública
  • Ministerio para las Administraciones Públicas
  • Secretaría de Estado para la Administración Publica

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