EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL, POR PROVIDENCIA DE 17 DE SEPTIEMBRE ACTUAL, HA ADMITIDO A TRAMITE EL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD NUMERO 842/1986, PROMOVIDO POR EL CONSEJO EJECUTIVO DE LA GENERALIDAD DE CATALUÑA CONTRA LOS ARTICULOS 11.3; 25.2; 49; 50; 52; 54.1, 2 Y 3; 59; 61; 67.3 ULTIMO INCISO; 126.2; 129, APARTADO 1, EPIGRAFES B), C) Y D), APARTADO 2, EPIGRAFE B), NUMEROS 2, EXCEPTO LA PRIMERA PROPOSICION, 4, 6 Y 7, Y APARTADO 3; 145; 150.1.B); 158; 160.1 Y 2; 410.2; 414; 460.5, Y DISPOSICION FINAL SEPTIMA, APARTADO 1, EPIGRAFES A) Y B), PRIMERA PROPOSICION, Y APARTADO 2, DEL REAL DECRETO LEGISLATIVO 781/1986, DE 18 DE ABRIL, POR EL QUE SE APRUEBA EL TEXTO REFUNDIDO DE LAS DISPOSICIONES LEGALES VIGENTES EN MATERIA DE REGIMEN LOCAL.
LO QUE SE PUBLICA PARA GENERAL CONOCIMIENTO.
MADRID, 17 DE SEPTIEMBRE DE 1986. EL SECRETARIO DE JUSTICIA. FIRMADO Y RUBRICADO.
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