Advertidos en el texto remitido para su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la Orden de este Departamento de 23 de octubre de 1986 («Boletín Oficial del Estado» del día 24) por la que se delegan atribuciones en distintas autoridades y funcionarios del Ministerio de Sanidad y Consumo, sus Organismos autónomos e Instituto Nacional de la Salud, se procede a transcribir las oportunas modificaciones:
Artículo 8.° Cuatro, donde dice: «... préstamos de interés social para la adquisición de viviendas, becas y autorización para internamientos senatoriales...», debe decir: «... préstamos de interés social para la adquisición de viviendas y autorización para internamientos sanatoriales».
Artículo 16. Uno, donde dice: «... por delegación del Secretario de Asistencia Sanitaria...», debe decir: «... por delegación del Secretario general de Asistencia Sanitaria...».
Artículo 16. Dos, 3, donde dice: «La selección, contratación y gestión de personal laboral temporal en plazas propias...», debe decir: «La selección, el nombramiento o contratación y la gestión de todo tipo de personal temporal en plazas propias...».
Artículo 16. Dos, 4, donde dice: «... préstamos de interés social para la adquisición de viviendas, becas y autorización para internamientos sanatoriales», debe decir: «... Préstamos de interés social para la adquisición de viviendas y autorización para internamientos sanatoriales».
Artículo 16. Cuatro, donde dice: «... relativas a la selección, contratación y gestión de personal laboral temporal en plazas propias...», debe decir: «... relativas a la selección, al nombramiento o contratación y a la gestión de todo tipo de personal temporal en plazas propias...».
Madrid, 13 de noviembre de 1986.
GARCIA VARGAS
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