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Documento BOE-A-1986-3249

Real Decreto 2680/1985, de 9 de octubre, sobre servicios provinciales y regionales del Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo.

Publicado en:
«BOE» núm. 33, de 7 de febrero de 1986, páginas 5070 a 5071 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Presidencia del Gobierno
Referencia:
BOE-A-1986-3249
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/1985/10/09/2680

TEXTO ORIGINAL

LA CULMINACION DEL PROCESO DE TRANSFERENCIA A LAS COMUNIDADES AUTONOMAS HACE NECESARIO LA ADAPTACION DE LOS SERVICIOS PROVINCIALES Y REGIONALES DEL MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS Y URBANISMO, A LAS NUEVAS CIRCUNSTANCIAS QUE DE AQUEL SE DERIVAN, DOTANDOLOS DE UN MARCO ORGANICO Y FUNCIONAL ACORDE CON LAS ACTUACIONES ENCOMENDADAS AL DEPARTAMENTO.

POR OTRA PARTE, EN EL REAL DECRETO 1223/1983, DE 4 DE MAYO, SE DISPONE QUE LAS DIRECCIONES PROVINCIALES DE LOS DISTINTOS DEPARTAMENTOS MINISTERIALES SE SUPRIMIRAN POR REAL DECRETO ACORDADO EN CONSEJOS DE MINISTROS, ATENDIENDO EL VOLUMEN DE LAS FUNCIONES Y SERVICIOS PROPIOS DE AQUELLOS QUE HAYAN SIDO TRANSFERIDOS A LAS CORRESPONDIENTES COMUNIDADES AUTONOMAS.

EN SU VIRTUD, A INICIATIVA DEL MINISTRO DE OBRAS PUBLICAS Y URBANISMO Y A PROPUESTA DEL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA PREVIA DELIBERACION DEL CONSEJO DE MINISTROS EN SU REUNION DEL DIA 9 DE OCTUBRE DE 1985,DISPONGO:

ARTICULO 1. SE SUPRIMEN LAS DIRECCIONES PROVINCIALES DEL MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS Y URBANISMO Y LOS CENTROS DE ESTUDIO Y APOYO TECNICO DEPENDIENTES DE LA DIRECCION GENERAL DE CARRETERAS.

ART. 2. LAS FUNCIONES Y SERVICIOS PROVINCIALES O REGIONALES, NO AFECTADOS POR LAS TRANSFERENCIAS, DEPENDIENTES DE LAS DIRECCIONES PROVINCIALES Y DE LOS CENTROS DE ESTUDIO Y APOYO TECNICO SUPRIMIDOS, SE DESARROLLARAN POR LAS UNIDADES ADMINISTRATIVAS DEPENDIENTES DE AQUELLAS DIRECCIONES Y CENTROS QUE QUEDARAN ENCUADRADAS ORGANICAMENTE EN LAS DELEGACIONES DEL GOBIERNO EN EL TERRITORIO DE LAS COMUNIDADES AUTONOMAS, EN LOS GOBIERNOS CIVILES O EN LAS DELEGACIONES DEL GOBIERNO EN CEUTA Y MELILLA, SEGUN SEA EL NIVEL DE SU COMPETENCIA TERRITORIAL, SIN PERJUICIO DE LA DEPENDENCIA FUNCIONAL DEL MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS Y URBANISMO.

ART. 3. LA ESTRUCTURA Y FUNCIONES DE DICHAS UNIDADES, ASI COMO LA ARTICULACION DE SU DEPENDENCIA ORGANICA Y FUNCIONAL SE ESTABLECERAN POR ORDEN DE LA PRESIDENCIA DEL GOBIERNO A INICIATIVA DEL MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS Y URBANISMO Y A PROPUESTA CONJUNTA DE ESTE MINISTERIO Y DE LOS DE INTERIOR Y ADMINISTRACION TERRITORIAL.

DISPOSICION TRANSITORIA LAS UNIDADES Y PUESTOS DE TRABAJO CON NIVEL ORGANICO INFERIOR A LOS TITULARES DE LAS DIRECCIONES Y CENTROS SUPRIMIDOS QUEDARAN SUBSISTENTES HASTA TANTO SE ADOPTEN LAS MEDIDAS DE DESARROLLO DE ESTE REAL DECRETO.

DISPOSICION FINAL QUEDAN DEROGADOS LOS REALES DECRETOS 2765/1979, DE 16 DE NOVIEMBRE; 2766/1979, DE 16 DE NOVIEMBRE; 3314/1981, DE 29 DE DICIEMBRE Y CUANTAS OTRAS DISPOSICIONES DE IGUAL O INFERIOR RANGO SE OPONGAN A LO ESTABLECIDO EN EL PRESENTE REAL DECRETO QUE ENTRARA EN VIGOR AL DIA SIGUIENTE DE SU PUBLICACION EN EL <BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO>.

DADO EN MADRID A 9 DE OCTUBRE DE 1985.

JUAN CARLOS R.

EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA,JAVIER MOSCOSO DEL PRADO Y MUÑOZ

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto
  • Fecha de disposición: 09/10/1985
  • Fecha de publicación: 07/02/1986
  • Fecha de entrada en vigor: 08/02/1986
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DICTA EN RELACIÓN, regulando la Estructura de Ciertos servicios Centrales y Periféricos: Real Decreto 726/1990, de 8 de junio (Ref. BOE-A-1990-13320).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD, estableciendo la ESTRUCTURA y funciones de los servicios: Orden de 7 de febrero de 1986 (Ref. BOE-A-1986-3380).
Referencias anteriores
Materias
  • Delegaciones del Gobierno en las Comunidades Autónomas
  • Dirección General de Carreteras
  • Gobiernos civiles
  • Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo

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