ILUSTRISIMOS SEÑORES:
A PARTIR DEL PROXIMO DIA 1 DE MARZO LA IMPORTACION DE UNA SERIE DE PRODUCTOS AGRICOLAS TRANSFORMADOS EXPERIMENTARA UN CAMBIO MUY NOTABLE TANTO EN LO QUE SE REFIERE A LOS ARANCELES APLICABLES COMO A LA TRAMITACION ADMINISTRATIVA DE SU IMPORTACION. SE TRATA, POR OTRA PARTE, DE PRODUCTOS ALTAMENTE SENSIBLES PARA LA ECONOMIA DE UN GRAN NUMERO DE EMPRESAS DE LOS SECTORES AFECTADOS Y ES NECESARIO, POR TANTO, SEGUIR CUIDADOSAMENTE EL COMPORTAMIENTO DEL MERCADO PARA PODER TOMAR A TIEMPO LAS MEDIDAS DE PRECAUCION QUE PUDIERAN RESULTAR ACONSEJABLES.
EN SU VIRTUD, DISPONGO:
ARTICULO UNICO. SE AMPLIAN LAS LISTAS DEL ANEXO II (LISTAS DE MERCANCIAS SOMETIDAS A NOTIFICACION PREVIA DE IMPORTACION) DE LA ORDEN DE 21 DE FEBRERO DE 1986 (<BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO> DEL 25), POR LA QUE SE REGULA EL PROCEDIMIENTO Y TRAMITACION DE LAS IMPORTACIONES, CON INCLUSION, PARA TODAS LAS ZONAS, DE LOS PRODUCTOS RELACIONADOS EN EL ANEXO DE ESTA ORDEN.
LA PRESENTE ORDEN ENTRARA EN VIGOR EL DIA 1 DE MARZO DE 1986.
LO QUE COMUNICO A VV. II.
MADRID, 26 DE FEBRERO DE 1986.
SOLCHAGA CATALAN ILMOS. SRES. SECRETARIO DE ESTADO DE COMERCIO Y DIRECTOR GENERAL DE COMERCIO EXTERIOR.
PARTIDA ARANCELARIA 17.04.B.
17.04.C.
17.04.D.
18.06.
21.02.C.II.
21.02.D.II.
21.06.A.II.
21.06.B.
22.02.
29.04.C.II.
29.04.C.III.
35.05.
38.12.A.I.
38.19.T.
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