ILUSTRISIMOS SEÑORES:
POR ORDEN DE 18 DE AGOSTODE 1978, SE CREO LA COMISION DE INFORMATICA DEL MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS Y URBANISMO, AL INTEGRARSE LOS DEPARTAMENTOS DE OBRAS PUBLICAS Y VIVIENDA.
CONSIDERANDO LO ESTABLECIDO EN EL REAL DECRETO 1654/1985, DE 3 DE JULIO, POR EL QUE SE DETERMINA LA ESTRUCTURA ORGANICA DEL MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS Y URBANISMO, Y SE SUPRIMEN DETERMINADOS ORGANISMOS AUTONOMOS DEL REFERIDO DEPARTAMENTO, PROCEDE DICTAR LAS NORMAS PERTINENTES PARA LA CONSTITUCION DE LA COMISION MINISTERIAL DE INFORMATICA DEL DEPARTAMENTO, TENIENDO EN CUENTA LO DISPUESTO EN EL REAL DECRETO 2291/1983, QUE ESTABLECE UN NUEVO SISTEMA DE ELABORACION Y DESARROLLO DE LA POLITICA INFORMATICA DEL GOBIERNO.
EN SU VIRTUD, PREVIA APROBACION DE LA PRESIDENCIA DEL GOBIERNO, HE TENIDO A BIEN DISPONER:
ARTICULO 1. LA COMISION MINISTERIAL DE INFORMATICA ESTARA INTEGRADA POR LOS SIGUIENTES MIEMBROS:
PRESIDENTE: EL SUBSECRETARIO DE OBRAS PUBLICAS Y URBANISMO, QUE PODRA DELEGAR EN EL VICEPRESIDENTE PRIMERO.
VICEPRESIDENTE PRIMERO: EL DIRECTOR GENERAL DE SERVICIOS.
VICEPRESIDENTE SEGUNDO: EL SUBDIRECTOR GENERAL DE ORGANIZACION E INFORMATICA.
VOCALES:
EL JEFE DEL AREA INFORMATICA DE LA SUBDIRECCION GENERAL DE ORGANIZACION E INFORMATICA.
UN REPRESENTANTE DEL GABINETE DEL MINISTRO.
UN REPRESENTANTE CON CATEGORIA, AL MENOS, DE JEFE DE SERVICIO, DE LA SUBSECRETARIA, DE LA SECRETARIA GENERAL TECNICA Y DE CADA UNA DE LAS DIRECCIONES GENERALES DEL DEPARTAMENTO.
UN REPRESENTANTE DEL CENTRO DE ESTUDIOS Y EXPERIMENTACION DE OBRAS PUBLICAS.
DOS REPRESENTANTES POR LOS ORGANISMOS AUTONOMOS: UNO POR EL SECTOR HIDRAULICO Y OTRO POR EL SECTOR PORTUARIO.
SECRETARIO: UNO DE LOS JEFES DE SERVICIO DE LA SUBDIRECCION GENERAL DE ORGANIZACION E INFORMATICA.
LOS VOCALES Y EL SECRETARIO SERAN DESIGNADOS POR EL SUBSECRETARIO DEL DEPARTAMENTO A PROPUESTA DE LOS TITULARES DE LOS CENTROS DIRECTIVOS CORRESPONDIENTES, ENTRE FUNCIONARIOS DE RECONOCIDA EXPERIENCIA EN INFORMATICA. ART. 2. LA COMISION MINISTERIAL DE INFORMATICA PODRA ACTUAR EN PLENO, POR MEDIO DE SU COMITE EJECUTIVO Y EN GRUPOS DE TRABAJO.
SERAN DE LA COMPETENCIA DE LA COMISION EN PLENO:
A) ELEVAR A LA COMISION INTERMINISTERIAL PARA LA ADQUISICION DE BIENES Y SERVICIOS INFORMATICOS TODOS AQUELLOS ASUNTOS QUE SEAN DE SU COMPETENCIA A TENOR DE LO DISPUESTO EN EL REAL DECRETO 2291/1983, DE 28 DE JULIO.
B) ESTUDIAR, ELABORAR E INFORMAR, EN SU CASO, LOS PLANES GENERALES PARA EL PROCESO DE LA INFORMACION DEL DEPARTAMENTO Y ESTABLECER LAS DIRECTRICES GENERALES DE ACTUACION.
C) INFORMAR LOS PROYECTOS DE ADQUISICION DE EQUIPOS PARA EL TRATAMIENTO DE LA INFORMACION, YA SEAN DE NUEVA INSTALACION, O DE AMPLIACION CUYO PRESUPUESTO DE ADQUISICION SEA SUPERIOR A 10.000.000 DE PESETAS, O BIEN SU ALQUILER MENSUAL SUPERE LAS 200.000 PESETAS, ASI COMO LA IMPLANTACION DE NUEVOS SISTEMAS.
D) INFORMAR LOS PROYECTOS DE CONTRATOS CON OFICINAS DE SERVICIOS, EMPRESAS DE ASESORAMIENTO Y ASISTENCIA TECNICA EN CUESTIONES REFERENTES AL TRATAMIENTO DE LA INFORMACION CUYO PRESUPUESTO SEA SUPERIOR A 10.000.000DE PESETAS O BIEN SU COSTE MENSUAL DE UTILIZACION SUPERE LAS 200.000 PESETAS.
E) INFORMAR LAS PROPUESTAS DE IMPLANTACION DE CLAVES Y NORMAS DE TRABAJOS GENERALES PARA SU APLICACION A LOS EQUIPOS DE TRATAMIENTO DE LA INFORMACION EN EL DEPARTAMENTO Y ORGANISMOS AUTONOMOS DEPENDIENTES DEL MISMO.
F) PROMOVER Y FOMENTAR LA ASISTENCIA DE FUNCIONARIOS DEL MINISTERIO Y DE SUS ORGANISMOS AUTONOMOS A CURSOS DE FORMACION Y PERFECCIONAMIENTO DE PERSONAL DE INFORMATICA.
G) EN GENERAL, ELABORAR Y PROMOVER CUANTAS MEDIDAS SE CONSIDEREN ADECUADAS EN ORDEN A CONSEGUIR LA MAYOR EFICACIA Y RENTABILIDAD DE LOS EQUIPOS DE TRATAMIENTO DE LA INFORMACION.
ART. 3. EL COMITE EJECUTIVO ESTARA INTEGRADO POR LOS SIGUIENTES MIEMBROS:
PRESIDENTE: EL SUBDIRECTOR GENERAL DE ORGANIZACION E INFORMATICA.
VOCALES:
EL JEFE DE AREA INFORMATICA DE LA SUBDIRECCION GENERAL DE ORGANIZACION E INFORMATICA.
DOS VOCALES DEL PLENO DE LA COMISION DE INFORMATICA.
EL SECRETARIO: QUE LO SERA EL DEL PLENO.
SERA DE COMPETENCIA DEL COMITE EJECUTIVO:
A) ELEVAR AL PLENO DE LA COMISION MINISTERIAL, TODOS LOS ASUNTOS QUE, A TENOR DE LO DISPUESTO EN EL REAL DECRETO 2291/1983, DE 28 DE JULIO, SEAN DE LA COMPETENCIA DE LA COMISION INTERMINISTERIAL PARA LA ADQUISICION DE BIENES Y SERVICIOS INFORMATICOS.
B) INFORMAR LOS PROYECTOS DE ADQUISICIONES DE EQUIPOS PARA EL TRATAMIENTO DE LA INFORMACION, YA SEAN DE NUEVA INSTALACION O DE AMPLIACION, Y CUYO PRESUPUESTO DE ADQUISICION SEA INFERIOR A 10.000.000 DE PESETAS, O BIEN SU ALQUILER MENSUAL NO SUPERE LAS 200.000 PESETAS.
C) INFORMAR LOS PROYECTOS DE CONTRATOS CON OFICINAS DE SERVICIOS, EMPRESAS DE ASESORAMIENTO Y ASISTENCIA TECNICA EN CUESTIONES REFERENTES AL TRATAMIENTO DE LA INFORMACION, Y CUYO PRESUPUESTO SEA INFERIOR A 10.000.000 DE PESETAS, O BIEN SU COSTE MENSUAL DE UTILIZACION NO SUPERE LAS 200.000 PESETAS.
D) SERVIR DE ORGANO DE ENLACE CON LA COMISION INTERMINISTERIAL PARA LA ADQUISICION DE BIENES Y SERVICIOS INFORMATICOS.
ART. 4. PARA EL ESTUDIO DE DETERMINADOS PROYECTOS, EL PLENO O EL COMITE EJECUTIVO PODRAN CONSTITUIR GRUPOS DE TRABAJO A LOS QUE SE INCORPORARAN LAS PERSONAS QUE POR SUS CONOCIMIENTOS ESPECIFICOS EN LAS MATERIAS A TRATAR SE CONSIDEREN OPORTUNAS.
LOS GRUPOS DE TRABAJO TENDRAN A SU CARGO EXCLUSIVAMENTE LAS MISIONES ESPECIFICAS QUE, EN SU CASO, LES ASIGNE EL PLENO O EL COMITE EJECUTIVO.
ART. 5. POR LA SUBSECRETARIA DEL DEPARTAMENTO SE DICTARAN LAS INSTRUCCIONES NECESARIAS PARA EL MEJOR CUMPLIMIENTO DE ESTA ORDEN.
ART. 6. QUEDA DEROGADA LA ORDEN DE 18 DE AGOSTO DE 1978, POR LA QUE SE CREABA LA COMISION DE INFORMATICA DEL MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS Y URBANISMO. LO QUE COMUNICO A VV. II. PARA SU CONOCIMIENTO Y EFECTOS.
MADRID, 27 DE FEBRERO DE 1986.
SAENZ DE COSCULLUELA ILMOS. SRES. SUBSECRETARIO, SECRETARIO GENERAL TECNICO Y DIRECTORES GENERALES DEL DEPARTAMENTO.
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