El Tribunal Constitucional, por auto de 6 de marzo actual, dictado en el recurso de inconstitucionalidad número 868/1985. promovido por el Presidente del Gobierno, ha acordado el levanta-miento de la suspensión de los artículos 2.3, 19.2, 21.1. 31.2, 12.2. 31.2 y 2.2 de la Ley 4/1985, de 27 de junio, de las Cortes de Aragón reguladora de la Justicia de Aragón, cuya suspensión se dispuso por providencia de 9 de octubre de 1985, al haber invocado el Presidente del Gobierno el artículo 161.2 de la Constitución.
Lo que se publica para general conocimiento.
Madrid, 6 de mano de 1986.-El Presidente del Tribunal Constitucional, en funciones. Angel Latorre Segura.-Firmado y rubricado.
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