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Documento BOE-A-1986-7909

Orden de 31 de enero de 1986 por la que se regulan el Consejo Científico y los Departamentos de Conservación y Restauración del Organismo Autónomo «Museo Nacional del Prado».

Publicado en:
«BOE» núm. 73, de 26 de marzo de 1986, páginas 11216 a 11216 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Cultura
Referencia:
BOE-A-1986-7909
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1986/01/31/(2)

TEXTO ORIGINAL

ILUSTRISIMOS SEÑORES:

EL REAL DECRETO 1432/1985, DE 1 DE AGOSTO, POR EL QUE SE CONSTITUYE EL ORGANISMO AUTONOMO <MUSEO NACIONAL DEL PRADO> Y SE ESTABLECEN SUS NORMAS ESTATUTARIAS, CREA EN SUS ARTICULOS 3. 2 Y 8. 3, EL CONSEJO CIENTIFICO, COMO ORGANO ASESOR SUPERIOR DE LOS ORGANOS RECTORES DEL MUSEO Y LOS DEPARTAMENTOS DE CONSERVACION Y DE RESTAURACION, COMO UNIDADES BASICAS PARA LA GESTION CIENTIFICA DEL MISMO, RESPECTIVAMENTE.

EN SU VIRTUD, AL AMPARO DE LO PREVISTO EN LA DISPOSICION FINAL PRIMERA DEL CITADO REAL DECRETO, OIDO EL REAL PATRONATO DEL MUSEO NACIONAL DEL PRADO Y CON LA APROBACION DE LA PRESIDENCIA DEL GOBIERNO, HE TENIDO A BIEN DISPONER:

SECCION PRIMERA. CONSEJO CIENTIFICO PRIMERO. COMPOSICION UNO. EL CONSEJO CIENTIFICO, ORGANO COLEGIADO SUPERIOR DE CONSULTA Y ASESORAMIENTO MUSEOLOGICO DE LOS ORGANOS RECTORES DEL MUSEO, ESTARA COMPUESTO POR LOS SIGUIENTES MIEMBROS A) PRESIDENTE: EL DIRECTOR DEL MUSEO.

B) CONSEJEROS NATOS:

EL SUBDIRECTOR DE CONSERVACION E INVESTIGACION DEL MUSEO. LOS JEFES DE LOS DEPARTAMENTOS DE CONSERVACION Y EL DE RESTAURACION DEL MUSEO.

C) CONSEJEROS POR DESIGNACION, ENTRE PERSONAS DE RECONOCIDA COMPETENCIA.

HASTA TRES CONSEJEROS DESIGNADOS POR EL PLENO DEL REAL PATRONATO.

HASTA TRES CONSEJEROS DESIGNADOS POR EL MINISTRO DE CULTURA.

DOS. LOS CONSEJEROS POR DESIGNACION DESEMPEÑARAN SUS CARGOS POR UN PERIODO DE TRES AÑOS, A CONTAR DESDE LA FECHA DE SUS RESPECTIVOS NOMBRAMIENTOS.

SEGUNDO. REGIMEN DE FUNCIONAMIENTO UNO. LAS SESIONES DEL CONSEJO CIENTIFICO SON ORDINARIAS Y EXTRAORDINARIAS.

1. LAS ORDINARIAS SE CELEBRARAN, AL MENOS, CADA CUATRO MESES.

2. LAS EXTRAORDINARIAS SE CELEBRARAN PREVIA CONVOCATORIA DEL DIRECTOR DEL MUSEO, DEL PRESIDENTE DEL REAL PATRONATO O DEL PRESIDENTE DEL ORGANISMO AUTONOMO.

DOS. EL CONSEJO CIENTIFICO PODRA CREAR EN SU SENO LAS COMISIONES DE TRABAJO QUE CONSIDERE NECESARIAS PARA EL MEJOR LOGRO DE LAS FUNCIONES QUE LE SON PROPIAS.

TRES. EL PRESIDENTE DEL REAL PATRONATO PODRA ASISTIR A LAS SESIONES DEL CONSEJO CIENTIFICO CUANDO LO CONSIDERE CONVENIENTE.

CUATRO. EN TODO LO NO PREVISTO EN ESTA DISPOSICION EL CONSEJO CIENTIFICO AJUSTARA SU ACTUACION Y REGIMEN DE ADOPCION DE ACUERDOS A LO ESTABLECIDO EN EL CAPITULO 2. DEL TITULO PRIMERO DE LA LEY DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO.

TERCERO. FUNCIONES EL CONSEJO CIENTIFICO TENDRA LAS SIGUIENTES FUNCIONES:

A) ELABORAR ESTUDIOS O EMITIR INFORMES SOBRE CUANTOS ASUNTOS SOMETAN A SU CONSIDERACION LOS ORGANOS RECTORES DEL MUSEO EN EL EJERCICIO DE SUS RESPECTIVAS ATRIBUCIONES.

B) FORMULAR LAS PROPUESTAS QUE JUZGUE OPORTUNAS PARA SU INCORPORACION AL PLAN GENERAL DE ACTUACION ANUAL DEL MUSEO O PARA PROMOVER MEJORAS E INNOVACIONES EN LA GESTION CIENTIFICA DEL MISMO.

SECCION SEGUNDA. DEPARTAMENTOS DE CONSERVACION Y DE RESTAURACION.

CUARTO.

UNO. PARA LA EJECUCION DE LAS FUNCIONES DETERMINADAS POR EL APARTADO TRES DEL ARTICULO 8. DEL REAL DECRETO 1432/1985, DE1 DE AGOSTO, SE CREAN SEIS DEPARTAMENTOS DE CONSERVACION Y UNO DE RESTAURACION, CON EL NIVEL ORGANICO DE SERVICIO.

DOS. EL REAL PATRONATO DETERMINARA, A PROPUESTA DEL DIRECTOR DEL MUSEO, LAS COLECCIONES QUE SERAN ENCOMENDADAS A CADA UNO DE LOS DEPARTAMENTOS DE CONSERVACION.

TRES. LAS JEFATURAS DE LOS DEPARTAMENTOS SE PROVEERAN POR EL PROCEDIMIENTO DE CONVOCATORIA PUBLICA Y LIBRE DESIGNACION, DE ACUERDO CON LA LEGISLACION VIGENTE SOBRE LA FUNCION PUBLICA. SUS TITULARES SERAN NOMBRADOS POR EL MINISTRO DE CULTURA, PREVIOS LOS ASESORAMIENTOS QUE ESTIME OPORTUNOS.

LO QUE COMUNICO A VV. II. PARA SU CONOCIMIENTO Y EFECTOS.

MADRID, 31 DE ENERO DE 1986.

SOLANA MADARIAGA ILMOS. SRES. SUBSECRETARIO DE CULTURA Y DIRECTOR DEL ORGANISMO AUTONOMO <MUSEO NACIONAL DEL PRADO>.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 31/01/1986
  • Fecha de publicación: 26/03/1986
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con la disposición final primera del Real Decreto 1432/1985, de 1 de agosto (Ref. BOE-A-1985-17300).
Materias
  • Ministerio de Cultura
  • Museo Nacional del Prado

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