LA ORDEN DE 25 DE JUNIO DE 1985 POR LA QUE SE REGULAN LOS ORGANOS ENCARGADOS DE LA FARMACOVIGILANCIA (<BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO> DE 11 DE JULIO) EN SU ARTICULO 3., APARTADO A), DESIGNA COMO VOCALES POR RAZON DE SU CARGO DE LA COMISION NACIONAL DE FARMACOVIGILANCIA A DETERMINADOSTITULARES DE DIFERENTES UNIDADES DEL DEPARTAMENTO EN FUNCION DE LAS MATERIAS QUE TENIAN ATRIBUIDAS.
LA REORDENACION DEL MINISTERIO, ESTABLECIDA POR EL REAL DECRETO 1943/1986, DE 19 DE SEPTIEMBRE, ACONSEJA ADAPTAR LAS DESIGNACIONES EFECTUADAS POR LA PRECITADA ORDEN A LAS MODIFICACIONES ESTABLECIDAS EN EL MISMO PARA MANTENER LA FUNCIONALIDAD INICIAL.
EN SU VIRTUD, PREVIA APROBACION DEL MINISTERIO PARA LAS ADMINISTRACIONES PUBLICAS Y DE ACUERDO CON LA DISPOSICION TRANSITORIA QUINTA DEL REFERIDO REAL DECRETO 1943/1986, HE TENIDO A BIEN DISPONER:
ARTICULO 1. EL ARTICULO 3. DE LA ORDEN DE 25 DE JUNIO DE 1985 POR LA QUE SE REGULAN LOS ORGANOS ENCARGADOS DE LA FARMACOVIGILANCIA (<BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO> DE 11 DE JULIO) QUEDA REDACTADO DE LA SIGUIENTE FORMA:
<ART. 3. LA COMISION NACIONAL DE FARMACOVIGILANCIA ESTARA COMPUESTA POR LOS SIGUIENTES MIEMBROS:
A) SEIS VOCALES POR RAZON DE SU CARGO:
EL DIRECTOR GENERAL DE PLANIFICACION SANITARIA O PERSONA EN QUIEN DELEGUE.
EL DIRECTOR GENERAL DE FARMACIA Y PRODUCTOS SANITARIOS O PERSONA EN QUIEN DELEGUE.
EL SUBDIRECTOR GENERAL DE CONTROL FARMACEUTICO.
EL SUBDIRECTOR GENERAL DE EVALUACION DE MEDICAMENTOS.
EL SUBDIRECTOR GENERAL DE INFORMACION SANITARIA Y EPIDEMIOLOGICA DE LA SUBSECRETARIA DEL DEPARTAMENTO.
EL DIRECTOR DEL CENTRO NACIONAL DE FARMACOBIOLOGIA.
B) UN MAXIMO DE 10 VOCALES DE LIBRE DESIGNACION POR EL MINISTERIO DE SANIDAD Y CONSUMO, PARA UN PERIODO DE TRES AÑOS, SELECCIONADOS ENTRE PROFESIONALES Y EXPERTOS CON CONOCIMIENTOS AMPLIAMENTE RECONOCIDOS EN MATERIA DE FARMACOVIGILANCIA Y EVALUACION DE MEDICAMENTOS. DE ELLOS, DOS SERAN PROPUESTOS DE COMUN ACUERDO POR LOS DIRECTORES GENERALES DE PLANIFICACION SANITARIA Y DE FARMACIA Y PRODUCTOS SANITARIOS, Y LOS DEMAS, POR ESTE ULTIMO.
EL PRESIDENTE Y EL VICEPRESIDENTE DE LA COMISION NACIONAL DE FARMACOVIGILANCIA SERAN DESIGNADOS DE ENTRE SUS MIEMBROS POR EL MINISTERIO DE SANIDAD Y CONSUMO.
LA COMISION NACIONAL DE FARMACOVIGILANCIA PODRA RECABAR LA COLABORACION DE CONSULTORES O EXPERTOS CON CONOCIMIENTOS DESTACADOS EN LA MATERIA.> ART. 2. EL ARTICULO 4. DE LA ORDEN DE 25 DE JUNIO DE 1985 QUEDA REDACTADO:
<ART. 4. LA COMISION NACIONAL DE FARMACOVIGILANCIA CONTARA CON UN COMITE PERMANENTE COORDINADOR.
EL COMITE PERMANENTE COORDINADOR ESTARA COMPUESTO POR:
EL PRESIDENTE DE LA COMISION Y, EN SU AUSENCIA, POR EL VICEPRESIDENTE.
EL SUBDIRECTOR GENERAL DE EVALUACION DEL MEDICAMENTO.
EL SUBDIRECTOR GENERAL DE CONTROL FARMACEUTICO.
EL SUBDIRECTOR GENERAL DE INFORMACION SANITARIA Y EPIDEMIOLOGICA.
EL DIRECTOR DEL CENTRO NACIONAL DE FARMACOBIOLOGIA.
LO QUE COMUNICO A VV. II. PARA SU CONOCIMIENTO Y EFECTOS.
MADRID, 8 DE ENERO DE 1987.GARCIA VARGAS ILMOS. SRES. SUBSECRETARIO, DIRECTORES GENERALES DE PLANIFICACION SANITARIA, FARMACIA Y PRODUCTOS SANITARIOS Y DIRECTOR DEL INSTITUTO DE SALUD <CARLOS III>.
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