Advertidos errores en el texto de la citada Orden, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 289, de 3 de diciembre de 1986, a continuación se formulan las oportunas rectificaciones:
En el artículo 1º de la Orden, página 39827, segunda columna, donde dice: «...como un servicio diaital de difusión de datos que...», debe decir: «... como un servicio de difusión de datos digitales que ...».
En el Reglamento, Especificaciones del Servicio de Teletexto, página 39828, segunda columna, punto 5, donde dice: «... (6,9375 Mbits/s ± 25 ppm) ...», debe decir: .... «...(6,9375 Mbits/s ± 25 ppm)...»
En el Reglamento, Especificaciones del Servicio de Teletexto, página 39830, segunda columna, punto 14.5.3. donde dice: «...definirán un carácter del juego de línea para... », debe decir: «...definirán un carácter del juego de líneas para ...».
En el apéndice 3, página 39832, primera columna, la llamada que hay a pie de página, debe ir colocada debajo de figura 3, «Repertorio de caracteres primario. Cuadro de caracteres comunes G O».
En el apéndice 3, página 39832, primera columna, figura 3 (a), columna "Portugués español». última línea, donde dice: «... á ...», debe decir: «... à ...».
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