EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL POR PROVIDENCIA DE 3 DE JUNIO ACTUAL, HA ACORDADO ADMITIR A TRAMITE LA CUESTION DE INCONSTITUCIONALIDAD NUMERO 732/1987, PROMOVIDA POR EL JUZGADO DE DISTRITO DE PEÑARROYA-PUEBLONUEVO (CORDOBA), POR SUPUESTA INCONSTITUCIONALIDAD DEL ARTICULO 114, PARRAFO SEGUNDO, IN FINE, DEL CODIGO PENAL, EN CONCRETO LA PARALIZACION DEL PROCESO NO ACHACABLE AL PARTICULAR, POR OPOSICION DEL ARTICULO 24.1 DE LA CONSTITUCION.
LO QUE SE PUBLICA PARA GENERAL CONOCIMIENTO.
MADRID, 3 DE JUNIO DE 1987. EL SECRETARIO DE JUSTICIA. FIRMADO Y RUBRICADO.
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