LA ORDEN DE 28 DE DICIEMBRE DE 1970 SOBRE NORMALIZACION DE DETERMINADO MATERIAL DE OFICINA NO INVENTARIABLE Y MOBILIARIO, Y CENTRALIZACION DE LA ADQUISICION DE ESTE ULTIMO SERVICIO CENTRAL DE SUMINISTROS, UNIFICA LAS COMPOSICIONES-TIPO DE MOBILIARIO PARA LOS DESPACHOS DE LOS FUNCIONARIOS, SEGUN LA CATEGORIA DE SU CARGO Y LA FUNCION QUE REALIZAN.
AL NO EXISTIR UNA CORRESPONDENCIA ENTRE LOS NIVELES DE LOS ACTUALES CATALOGOS DE PUESTOS DE TRABAJO Y LOS RECOGIDOS EN LA CITADA ORDEN, SE CONSIDERA CONVENIENTE ADAPTARLA A LAS ACTUALES CIRCUNSTANCIAS.
EN SU VIRTUD, ESTE MINISTERIO HA TENIDO A BIEN DISPONER:
PRIMERO. LAS ADQUISICIONES DE MATERIAL MOBILIARIO PARA LOS DESPACHOS DE TODOS LOS FUNCIONARIOS DE LA ADMINISTRACION DEL ESTADO Y SUS ORGANISMOS AUTONOMOS, SE REALIZARAN POR EL SERVICIO CENTRAL DE SUMINISTROS (DIRECCION GENERAL DEL PATRIMONIO DEL ESTADO).
SEGUNDO. LOS DESPACHOS Y MOBILIARIO COMPLEMENTARIO DESTINADOS A LOS PUESTOS DE TRABAJO DE NIVEL 30 SERAN EXPRESAMENTE CATALOGADOS. LOS DIRECTORES GENERALES DE LOS DISTINTOS DEPARTAMENTOS MINISTERIALES Y LOS PRESIDENTES O DIRECTORES DE LOS ORGANISMOS AUTONOMOS PODRAN ASIGNAR DICHO MOBILIARIO A LOS NIVELES 29 Y 28 CUANDO LA REPRESENTATIVIDAD DEL CARGO ASI LO ACONSEJE.
DISPOSICION DEROGATORIA
QUEDAN DEROGADAS CUANTAS NORMAS DE IGUAL O INFERIOR RANGO SE OPONGAN A LO DISPUESTO EN LA PRESENTE ORDEN.
MADRID, 4 DE MARZO DE 1987.
SOLCHAGA CATALAN
ILMO. SR. DIRECTOR GENERAL DEL PATRIMONIO DEL ESTADO.
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