Padecido error en la inserción del citado Real Decreto, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 312, de 30 de diciembre de 1986, se transcribe a continuación la oportuna rectificación:
En la página 42392, en la cuarta línea de la disposición transitoria segunda, donde dice: «... conectar, o actualizar ...», debe decir. «... concertar, o actualizar ...».
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