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Documento BOE-A-1987-7974

Circular número 960, de 25 de febrero de 1987, de la Dirección General de Aduanas e Impuestos Especiales, referente al control de mistelas y vinos especiales.

Publicado en:
«BOE» núm. 77, de 31 de marzo de 1987, páginas 9298 a 9299 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1987-7974
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/cir/1987/02/25/960

TEXTO ORIGINAL

EL APARTADO 4 DEL ARTICULO 17 DEL REGLAMENTO DE LOS IMPUESTOS ESPECIALES, APROBADO POR REAL DECRETO 2442/1985, DE 27 DE DICIEMBRE (<BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO> DEL 31 Y DEL 2 DE ENERO DE 1986), ESTABLECE QUE LOS TITULARES DE LAS ACTIVIDADES Y LOCALES SOMETIDOS A INTERVENCION NO PERMANENTE ESTARAN OBLIGADOS A PRESENTAR UN RESUMEN, SUJETO A MODELO APROBADO POR LA DIRECCION GENERAL DE ADUANAS E IMPUESTOS ESPECIALES, DEL MOVIMIENTO HABIDO EN CADA TRIMESTRE NATURAL.

EL ARTICULO 8 DEL REGLAMENTO PROVISIONAL PARA LA APLICACION DEL IMPUESTO SOBRE EL ALCOHOL Y BEBIDAS DERIVADAS A LAS MISTELAS Y LOS VINOS ESPECIALES, APROBADO POR REAL DECRETO 154/1987, DE 23 DE ENERO DE 1987 (<BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO> DEL 2 DE FEBRERO) SOMETE A INTERVENCION DE CARACTER NO PERMANENTE A LAS BODEGAS ELABORADORAS DE MISTELAS Y VINOS ESPECIALES, ASI COMO A LOS DEPOSITOS FISCALES DE DICHOS PRODUCTOS. EN CONSECUENCIA, ES NECESARIO APROBAR EL MODELO DE RESUMEN TRIMESTRAL QUE DEBERAN RENDIR LOS TITULARES DE DICHOS ESTABLECIMIENTOS.

POR OTRA PARTE, ES PRECISO ASIGNAR UNA CLAVE A LOS ELABORADORES DE MISTELAS Y VINOS ESPECIALES CON EL FIN DE CONFIGURAR EL CODIGO DE ACTIVIDAD Y DEL ESTABLECIMIENTO (CAE), A QUE SE REFIERE LA CIRCULAR 936, DE ESTE CENTRO DIRECTIVO, DE 23 DE DICIEMBRE DE 1985 (<BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO> DEL 3 DE ENERO DE 1986), A ASIGNAR A DICHOS ELABORADORES.

POR TODO ELLO, ESTA DIRECCION GENERAL HA ACORDADO LO SIGUIENTE:

PRIMERO. A EFECTOS DE LO DISPUESTO EN EL NUMERO 4 DEL ARTICULO 17 DEL REGLAMENTO DE LOS IMPUESTOS ESPECIALES, SE APRUEBA EL MODELO E-55, QUE SE INCLUYE COMO ANEXO UNICO A LA PRESENTE CIRCULAR, DE RESUMEN TRIMESTRAL DEL MOVIMIENTO DE MISTELAS Y VINOS ESPECIALES.

SEGUNDO. EN EL ANEXO II DE LA CIRCULAR 936, DE ESTE CENTRO DIRECTIVO, DE 23 DE DICIEMBRE DE 1985, Y DENTRO DEL IMPUESTO SOBRE EL ALCOHOL Y BEBIDAS DERIVADAS, SE INCLUYE UN NUEVO CODIGO <B-9 ELABORADORES DE MISTELAS Y VINOS ESPECIALES>.

LA PRESENTE CIRCULAR ENTRARA EN VIGOR AL DIA SIGUIENTE DE SU PUBLICACION EN EL <BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO>.

MADRID, 25 DE FEBRERO DE 1986.

EL DIRECTOR GENERAL, HUMBERTO RIOS RODRIGUEZ.

ILMOS. SRES.: DELEGADO DE HACIENDA ESPECIAL Y DELEGADO DE HACIENDA Y SRES.

JEFE DEPENDENCIA REGIONAL DE ADUANAS E II. EE. Y ADMINISTRADOR DE ADUANAS E II. EE.

ANÁLISIS

  • Rango: Circular
  • Fecha de disposición: 25/02/1987
  • Fecha de publicación: 31/03/1987
  • Fecha de entrada en vigor: 01/04/1987
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DICTA EN RELACIÓN, aprobando modelo de Resumen Trimestral de Movimientos: Circular 4/1993, de 23 de abril (Ref. BOE-A-1993-12168).
  • CORRECCIÓN de errores, con rectificación del título, en BOE núm. 102 de 29 de abril de 1987 (Ref. BOE-A-1987-10241).
Referencias anteriores
  • AÑADE nuevo Código al Anexo II de la Circular 936 de 23 de diciembre de 1985 (Ref. BOE-A-1986-96).
  • DE CONFORMIDAD con el núm. 4 del art. 17 del Reglamento aprobado por Real Decreto 2442/1985, de 27 de diciembre (Ref. BOE-A-1985-26973).
Materias
  • Impuesto Especial sobre el Alcohol y Bebidas derivadas
  • Vinos

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