EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL, POR PROVIDENCIA DE 25 DE MARZO ACTUAL, HA ADMITIDO A TRAMITE EL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD NUMERO 361 1987, PROMOVIDO POR EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO CONTRA EL ARTICULO 2, PARRAFO SEGUNDO; ULTIMO INCISO DEL ARTICULO 3.2; ARTICULO 9 Y DISPOSICION TRANSITORIA DE LA LEY 6 1986, DE 15 DE DICIEMBRE, DE LA GENERALIDAD VALENCIANA, SOBRE ARRENDAMIENTOS HISTORICOS VALENCIANOS. Y SE HACE SABER QUE EN EL MENCIONADO RECURSO SE HA INVOCADO POR EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO EL ARTICULO 161.2 DE LA CONSTITUCION, LO QUE PRODUCE LA SUSPENSION DE LA VIGENCIA Y APLICACION DE LOS MENCIONADOS PRECEPTOS IMPUGNADOS, DESDE EL DIA 18 DE MARZO ACTUAL, FECHA DE FORMALIZACION DEL RECURSO.
LO QUE SE PUBLICA PARA GENERAL CONOCIMIENTO.
MADRID, 25 DE MARZO DE 1987. EL PRESIDENTE DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL, FRANCISCO TOMAS Y VALIENTE.
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