Padecida omisión en la inserción de la corrección de errores del citado Real Decreto, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 87, de 11 de abril de 1988, se transcribe la siguiente rectificación:
Página 8642, anexo 1, Grupo 2.°, donde dice: «... personal de los Cuerpo de la Guardia Civil y Nacional de Policía con proporcionalidad dieciocho....». debe decir: «...personal de los Cuerpos de la Guardia Civil y Nacional de Policía con proporcionalidad diez y ocho....» .
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