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Padecidos errores en la inserción de la mencionada Resolución, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 89, de fecha 13 de abril de 1988, página 11088, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:
En el párrafo segundo del preámbulo, donde dice: «... con la amplitud que para cada uno de ellos se estimó conveniente ...», debe decir: «... con la amplitud que para cada uno de ellos se estime conveniente ...».
En el punto 3, donde dice: «... dietadas por el Ministerio del Interior ...», debe decir: «... dictadas por el Ministro del Interior ...»,
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