LA ORDEN DE 11 DE FEBRERO DE 1988 (<BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO> DEL 20) POR LA QUE SE REGULA LA DISTRIBUCION DE LOS CUPOS DE AUTORIZACIONES DE TRANSPORTE INTERNACIONAL, TANTO DE CONTINGENTES BILATERALES COMO DEL CONTINGENTE COMUNITARIO Y DEL DE AUTORIZACIONES MULTILATERALES CEMT, PREVE EL REGIMEN DE OTORGAMIENTO DE AUTORIZACIONES BILATERALES DE TRANSPORTE INTERNACIONAL DE MERCANCIAS POR CARRETERA QUE, COMO CONSECUENCIA DE LOS DIFERENTES ACUERDOS INTERNACIONALES, PROVENGAN DE AUMENTOS RESPECTO A LOS CONTINGENTES DEL AÑO ANTERIOR.
EN SU VIRTUD, ESTA DIRECCION GENERAL, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE EL PUNTO 3 DEL ARTICULO 8. DE LA CITADA ORDEN, HA RESUELTO:
PRIMERO. PROCEDER AL REPARTO DE LOS AUMENTOS DE CONTINGENTE DE AUTORIZACIONES BILATERALES DE TRANSPORTE INTERNACIONAL DE MERCANCIAS POR CARRETERA A QUE SE REFIERE EL ARTICULO 2. DE LA ORDEN DE 11 DE FEBRERO DE 1988, CON ARREGLO A LO DISPUESTO EN EL PUNTO 2 DE DICHO ARTICULO Y EN LAS DISPOSICIONES TRANSITORIAS DE DICHA ORDEN.
SEGUNDO. PONER A DISPOSICION DE LOS INTERESADOS, EN EL SERVICIO DE TRANSPORTE INTERNACIONAL DE ESTA DIRECCION GENERAL, LAS LISTAS PROVISIONALES DEL CITADO REPARTO CON LOS AUMENTOS QUE CORRESPONDEN A CADA EMPRESA PARA QUE, DURANTE EL PLAZO DE UN MES, CONTADO A PARTIR DE LA FECHA DE ENTRADA EN VIGOR DE LA PRESENTE RESOLUCION, PUEDAN FORMULARSE LAS RECLAMACIONES QUE CONVENGAN A SU DERECHO, SIN QUE PUEDA ADMITIRSE RECLAMACION ALGUNA TRANSCURRIDO DICHO PLAZO.
TERCERO. LA PRESENTE RESOLUCION ENTRARA EN VIGOR AL DIA SIGUIENTE DE SU PUBLICACION EN EL <BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO>.
MADRID, 5 DE MAYO DE 1988. EL DIRECTOR GENERAL, MANUEL PANADERO LOPEZ.
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