EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL, POR PROVIDENCIA DE 20 DE JUNIO ACTUAL, HA ADMITIDO A TRAMITE EL CONFLICTO POSITIVO DE COMPETENCIA NUMERO 1125/1988, PROMOVIDO POR EL CONSEJO EJECUTIVO DE LA GENERALIDAD DE CATALUÑA, EN RELACION CON LOS ARTICULOS 3.3; 11.1, SEGUNDO PARRAFO; 11.2, DOS ULTIMOS PARRAFOS; 11.5, SEGUNDO PARRAFO, Y 13 DE LA ORDEN DEL MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS Y URBANISMO DE 12 DE FEBRERO DE 1988, SOBRE TRAMITACION DE MEDIDAS DE FINANCIACION DE ACTUACIONES PROTEGIBLES EN MATERIA DE VIVIENDA, ESTABLECIDAS EN EL REAL DECRETO 1494/1987, DE 4 DE DICIEMBRE.
LO QUE SE PUBLICA PARA GENERAL CONOCIMIENTO.
MADRID, 20 DE JUNIO DE 1988.
EL SECRETARIO DE JUSTICIA. FIRMADO Y RUBRICADO.
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