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Documento BOE-A-1988-18537

Real Decreto 814/1988, de 20 de julio, por el que se modifica la denominación y se precisan los cometidos de dos Subdirecciones del Instituto de Estudios Fiscales.

Publicado en:
«BOE» núm. 179, de 27 de julio de 1988, páginas 23038 a 23038 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio para las Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-1988-18537
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/1988/07/20/814

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto 2440/1986, de 28 de noviembre, estableció una nueva estructura orgánica para los órganos superiores del Ministerio de Economía y Hacienda al objeto de acomodarla a las nuevas necesidades funcionales impuestas por numerosas e importantes transformaciones económicas e institucionales producidas desde que en 1982 se creo este Departamento como resultado de la fusión de los antiguos Ministerios de Hacienda y de Economía y Comercio.

El Real Decreto 222/1987, de 20 de febrero, desarrolló el anteriormente citado Real Decreto en cuanto a los Centros directivos y unidades dependientes de las Secretarías de Estado y de la Subsecretaría del Ministerio de Economía y Hacienda para garantizar el pleno logro de los propósitos que inspiraron la estructura y organización diseñada por el mismo.

El artículo 8 del Real Decreto 222/1987 reguló las actividades que tendría a su cargo el Instituto de Estudios Fiscales y que mantendría su actual organización, que es la prevista en la Orden de 20 de marzo de 1985. En este contexto, resulta ahora preciso adecuar la denominación de las Subdirecciones de Investigación y Estudios a sus nuevos cometidos.

En su virtud, a iniciativa del Ministerio de Economía y Hacienda y a propuesta del Ministro para las Administraciones Públicas, previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 20 de julio de 1988,

DISPONGO:

Artículo 1.o

La Subdirección de Estudios modifica su denominación por la de Subdirección General de Estudios Tributarios.

Sus funciones son el análisis de la evolución del sistema fiscal español y comparado, su impacto social y económico, su eficiencia y la formulación de propuestas de ajuste y reforma, en el marco del proceso de armonización fiscal europea. La Subdirección General de Estudios Tributarios es asimismo responsable del conjunto de actividades relacionadas con la documentación.

Art. 2.o

La Subdirección de Investigación modifica su denominación por la de Subdirección General de Estudios del Gasto Público.

Sus funciones son el análisis de la evolución cuantitativa y cualitativa del gasto público, sectorial y agregado, su eficacia, su impacto social y económico y su prospectiva. La Subdirección General es asimismo responsable del conjunto de actividades editoriales así como de las docentes especiales.

DISPOSICIONES FINALES
Primera.

Quedan derogadas cuantas normas de igual o inferior rango se opongan a los previsto en este Real Decreto y en especial los apartados dos y tres del artículo 7 de la Orden de 20 de marzo de 1985.

Segunda.

El presente Real Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Dado en Madrid a 20 de julio de 1988.

JUAN CARLOS R.

El Ministro para las Administraciones Públicas,

JOAQUÍN ALMUNIA AMANN

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto
  • Fecha de disposición: 20/07/1988
  • Fecha de publicación: 27/07/1988
  • Fecha de entrada en vigor: 28/07/1988
Referencias anteriores
  • DEROGA apartados 2 y 3 del art. 7 de la Orden de 20 de marzo de 1985 (Ref. BOE-A-1985-4897).
  • CITA:
Materias
  • Instituto de Estudios Fiscales
  • Ministerio de Economía y Hacienda
  • Organización de la Administración del Estado

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